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<publicacion>
<metadatos>
<identificador>2026081778</identificador>
<titulo>ANUNCIO de 15 de octubre de 2026 sobre aprobación definitiva de Estudio de Detalle. </titulo>
<numeroDoe>207</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20261027</fecha_publicacion>
<apartado>IV ANUNCIOS</apartado>
<organismo>AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ</organismo>
<rango>ANUNCIO</rango>
<pagina_inicial>44706</pagina_inicial>
<pagina_final>44710</pagina_final>
<descriptor>Urbanismo</descriptor> 
<url_pdf>2026/2070o/26081778.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>El Pleno del Excelentísimo Ayuntamiento de Badajoz en sesión celebrada con fecha 23 de julio de 2026 y tras la tramitación del oportuno procedimiento, adoptó acuerdo de aprobación definitiva del siguiente Estudio de Detalle:</p>
<table>
<tr>
<td>
Clase de instrumento urbanístico
</td>
<td>
Estudio de Detalle
</td>
</tr>
<tr>
<td>
Expediente
</td>
<td>
2026/2195
</td>
</tr>
<tr>
<td>
Instrumento que desarrolla o complementa
</td>
<td>
Plan General Municipal
</td>
</tr>
<tr>
<td>
Clasificación del suelo
</td>
<td>
Urbano
</td>
</tr>
<tr>
<td>
Delimitación del ámbito afectado
</td>
<td>
Parcela 23.1 perteneciente ACO 5.5 del PGM de Badajoz, de forma poligonal irregular y con una superficie de suelo de 60.019,76 m², linda al norte con la c/ Sierra de San Pedro, al sur con avenida de las Vaguadas y Colegio Puertapalma, al este con c/ Pantano de la Serena y al oeste con c/ Sierra de Gata. La parcela descrita es una finca independiente, en virtud del Plan General Municipal de Badajoz.
</td>
</tr>
<tr>
<td>
Promotor y arquitecto redactor
</td>
<td>
Promotor: Sociedad Casino de Badajoz
Arquitectos: Arquitectos, SLP (D. Daniel Jiménez Ferrera y D. Jaime Olivera Quintanilla)
</td>
</tr>
<tr>
<td>
Objeto
</td>
<td>
La reordenación de los volúmenes de las futuras edificaciones en la parcela citada, al haber sido aprobada la modificación puntual de la ordenación estructural del PGM M-OE-03/20162 para la ampliación de edificabilidad de la parcela 23.1 del ACO 5.5 para posibilitar la ampliación de las instalaciones del club del campo de la Sociedad Casino de Badajoz. 
</td>
</tr>
<tr>
<td>
Justificación
</td>
<td>
La ordenación propuesta no modifica el destino urbanístico del suelo, no incrementa los aprovechamientos urbanísticos del suelo y no modifica determinaciones estructurales, ni establece nuevos usos y ordenanzas, ni afecta negativamente a las dotaciones públicas, de acuerdo a los artículos 54 de la LOTUS y 65 del RGLOTUS.
</td>
</tr>
</table>
<p>De acuerdo con el artículo 25.2 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana se procede a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva, con el tenor literal siguiente:</p>
<p> Certifico: Que el Excelentísimo Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada el día 23 de julio de 2026, adoptó acuerdo, por UNANIMIDAD de los asistentes, por el que se procedió a APROBAR definitivamente el Estudio de Detalle de la parcela 23.1 del ACO-5.5 (Casino de Badajoz) . </p>
<p>Habiéndose procedido el 14/10/2026 y con n.º BA/038/2026, al depósito del citado Estudio de Detalle en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, dependiente de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, se hace público dicho acuerdo mediante la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, Boletín Oficial de la Provincia y sede electrónica de este Excelentísimo Ayuntamiento de acuerdo con los artículos 57 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (LOTUS), 69 del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (RGLOTUS), y artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.</p>
<p>De acuerdo con los artículos 57 LOTUS y 69 RGLOTUS, el texto íntegro y la documentación completa del Estudio de Detalle aprobado definitivamente, debidamente diligenciado, se encuentra accesible a través de la siguiente dirección electrónica:</p>
<p class = "centro">www.aytobadajoz.es/es/ayto/planeamiento/60364/Planeamiento-aprobado</p>
<p>Asimismo, puede accederse a la inscripción en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura a través del siguiente enlace.</p>
<p class = "centro">https://sitex.juntaex.es/SITEX/planeamiento?ptofigura=41162</p>
<p>El contenido normativo y/o articulado del Estudio de Detalle se detalla en el anexo I.</p>
<p>Contra el presente acuerdo, en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que aprueba una disposición de carácter general, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la presente publicación, de conformidad con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime conveniente.</p>
<lugarfirma>Badajoz, 15 de octubre de 2026. El Alcalde, PD, Decreto de Alcaldía 23/10/2025 (BOP n.º 208, de 31/10/2025), El Teniente-Alcalde Primero, Concejal Delegado de Urbanismo, CARLOS URUEÑA FERNÁNDEZ.</lugarfirma>
</texto>
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