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<identificador>2026080119</identificador>
<titulo>ANUNCIO de 22 de enero de 2026 por el que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo del Decreto 144/2024, de 19 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a impulsar la digitalización de las pymes en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria. </titulo>
<numeroDoe>23</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260204</fecha_publicacion>
<apartado>IV ANUNCIOS</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL</organismo>
<rango>ANUNCIO</rango>
<pagina_inicial>6511</pagina_inicial>
<pagina_final>6518</pagina_final>
<descriptor>Transformación digital</descriptor> 
<descriptor>Subvenciones</descriptor>
<url_pdf>2026/230o/26080119.pdf</url_pdf>
</metadatos>
<texto>
 <p>Mediante Decreto 144/2024, de 19 de noviembre (DOE n.º 4, de 8 de enero), se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a impulsar la digitalización de las pymes en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria. </p>
<p>De conformidad con lo establecido en el artículo 24.2 del citado decreto, las subvenciones concedidas serán publicadas en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma:</p>
<p>https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index , en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.</p>
<p>El artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, contempla que los órganos administrativos publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma, las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, y de existir financiación con cargo a Fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que les sea de aplicación.</p>
<p>En el mismo sentido el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, determina que las administraciones concedentes deberán remitir a la Base de Datos Nacional de Subvenciones información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión.</p>
<p>Las ayudas destinadas a impulsar la digitalización de las pymes en la Comunidad Autónoma de Extremadura se han concedido por importe total de 1.487.190,64 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 140070000G/332A/77000, código fondo FD211A1203, proyecto de gasto 20240120,  Digitalización del Sector Servicios , con una cofinanciación de hasta el 85%, con cargo al  Programa Extremadura FEDER 2021-2027 , Objetivo Político OP1 “Una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad regional a las tecnologías de la información y de las comunicaciones” Prioridad P1A: “Transición digital e inteligente”, Objetivo Específico: RSO1.2: “Aprovechar las ventajas que ofrece la digitalización a los ciudadanos, las empresas, las organizaciones de investigación y las administraciones públicas”.</p>
<p>En virtud de lo dispuesto, se procede a dar publicidad en el anexo que se acompaña, indicando el número de expediente, la entidad beneficiaria y subvención concedida, de las ayudas destinadas a impulsar la digitalización de las pymes en la Comunidad Autónoma de Extremadura concedidas al amparo del Decreto 144/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprobó la primera convocatoria en 2024. </p>
<lugarfirma>Mérida, 22 de enero de 2026. El Director General de Digitalización Regional, JESÚS COSLADO SANTIBÁNEZ.</lugarfirma>
</texto>
</publicacion>