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<publicacion>
<metadatos>
<identificador>2025040326</identificador>
<titulo>EXTRACTO de la convocatoria de las subvenciones del programa autonómico de rehabilitación de vivienda, correspondiente a la anualidad 2026. </titulo>
<numeroDoe>3</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260107</fecha_publicacion>
<apartado>I DISPOSICIONES GENERALES</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA</organismo>
<rango>EXTRACTO</rango>
<pagina_inicial>667</pagina_inicial>
<pagina_final>668</pagina_final>
<descriptor>Vivienda</descriptor> 
<descriptor>Ayudas</descriptor>
<url_pdf>2026/30o/25040326.pdf</url_pdf>
</metadatos>
<texto>
 <p>BDNS(Identif.):877917</p>
<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente DOE </p>
<p>(http://doe.juntaex.es).</p>
<p class="negrita">Primero. Objeto.</p>
<p>Convocatoria de las subvenciones del programa autonómico de rehabilitación de vivienda, correspondiente a la anualidad 2026, que tiene por objeto la financiación de la ejecución de las actuaciones subvencionables reguladas en el apartado 3.2 de la convocatoria, que se ejecuten en viviendas unifamiliares -aisladas o agrupadas en fila, ya sean urbanas o rurales-, en el interior de viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva y en inmuebles destinados a otros usos, siempre que las viviendas e inmuebles referidos, y las actuaciones ejecutadas en los mismos, cumplan los requisitos señalados en el apartado 3.1 de la convocatoria.</p>
<p class="negrita">Segundo. Personas beneficiarias.</p>
<p>Personas físicas mayores de edad que sean titulares del 100 % del pleno dominio o del usufructo vitalicio de la vivienda objeto de la actuación subvencionable, y que reúnan el resto de los requisitos señalados en el apartado 2 de la convocatoria.</p>
<p class="negrita">Tercero. Bases reguladoras.</p>
<p>Decreto 177/2025, de 9 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones del programa autonómico de rehabilitación de vivienda, y se aprueba la primera convocatoria de dicho programa de subvención.</p>
<p class="negrita">Cuarto. Cuantía.</p>
<p>1.  A esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 4.000.000,00 €, de los cuales 300.000,00 € se imputarán al ejercicio 2026, 1.637.976,00 € al ejercicio 2027, 2.037.976,00 € al ejercicio 2028, y 24.048,00 € al ejercicio 2029 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con cargo a la aplicación presupuestaria 160020000 G/261A/78000, código de proyecto de gasto 20250235, y fuente de financiación CA.</p>
<p>2.  La subvención será del 50 % del presupuesto protegido, con carácter general, y del 70% si concurre a la fecha de la solicitud alguna de las circunstancias señaladas en el apartado 7 de la convocatoria. </p>
<p>     En todo caso, la subvención tendrá un tope cuantitativo de 14.000 euros por vivienda, cuando se trate de actuaciones en viviendas unifamiliares, y de 9.000 euros por vivienda, cuando se trate de actuaciones en el interior de viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva.</p>
<p class="negrita">Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes.</p>
<p>El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de tres meses y se iniciará el 1 de marzo de 2026; no admitiéndose a trámite las que se presenten fuera de este plazo.</p>
<p>Las solicitudes de la subvención se dirigirán a la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana de forma electrónica, utilizando el modelo normalizado de solicitud disponible en la dirección electrónica https://www.juntaex.es/w/0723125 , acompañando la documentación exigida, a través del procedimiento telemático habilitado al efecto en la misma y según las instrucciones establecidas.</p>
<lugarfirma>Mérida, 15 de diciembre de 2025.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>La Secretaria General,</cargofirmante>
<firmante>LAURA CASTELL VIVAS</firmante>
 </firma>
</texto>
</publicacion>