<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-15"?>
<publicacion>
<metadatos>
<identificador>2026080212</identificador>
<titulo>ANUNCIO de 5 de febrero de 2026 por el que se da publicidad a las subvenciones directas destinadas a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la realización de actuaciones de exhumación, identificación y dignificación de víctimas de la guerra civil en Extremadura, concedidas en la anualidad 2025. </titulo>
<numeroDoe>33</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260218</fecha_publicacion>
<apartado>IV ANUNCIOS</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, JÓVENES Y DEPORTES</organismo>
<rango>ANUNCIO</rango>
<pagina_inicial>8066</pagina_inicial>
<pagina_final>8068</pagina_final>
<descriptor>Subvenciones</descriptor> 
<descriptor></descriptor>
<url_pdf>2026/330o/26080212.pdf</url_pdf>
</metadatos>
<texto>
 <p>El artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Au­tónoma de Extremadura posibilita, con carácter excepcional, la concesión de subvenciones mediante procedimiento de concesión directa y sin convocatoria, previa acreditación de razo­nes de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. Asimismo, el artículo 32.1 de dicha ley establece que se considerarán supuestos excepcionales de concesión directa;  d) Aquellos otros supuestos excepcionales que reuniendo los requisitos del artículo 22.4.c) de esta ley sean acordados de forma singular mediante decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería correspondiente y previo informe favorable de la Consejería competente en materia de hacienda .</p>
<p>De conformidad con dichos preceptos se aprobó el Decreto 175/2025, de 9 de diciembre, por el que se acuerda de forma singular la concesión directa de subvenciones destinadas a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la realización de actuaciones de exhumación, identificación y dignificación de víctimas de la guerra civil en Extremadura, y se regula su concesión, en cuyo artículo 8. 6 establece que:  Las subvenciones concedidas serán publicadas en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura ( https://www.juntaex.es/transparencia ), en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, en el Portal de Sub­venciones de la Comunidad Autónoma de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en el Diario Oficial de Extremadura ( http://doe.juntaex.es ) en la forma establecida en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo .</p>
<p>Por todo ello, correspondiendo a esta Secretaría General de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, la resolución de los procedimientos de concesión de subvenciones en materia de memoria histórica y democrática, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 8.1 del referido Decreto 175/2025, de 9 de diciembre, y el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autó­noma de Extremadura,</p>
<p class = "centro">ACUERDO:</p>
<p>Dar publicidad a las subvenciones directas destinadas a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la realización de actuaciones de exhumación, identificación y dignificación de víctimas de la guerra civil en Extremadura que se relacionan en el anexo I concedidas por la Consejería de Cultura, Turis­mo, Jóvenes y Deportes durante la anualidad 2025, con indicación del beneficiario, aplicación presupuestaria y proyecto de gasto de imputación, finalidad de la subvención y cantidad concedida.</p>
<lugarfirma>Mérida, 5 de febrero de 2026. El Secretario General, JOSÉ LUIS GIL SOTO.</lugarfirma>
</texto>
</publicacion>