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<identificador>2025064700</identificador>
<titulo>EXTRACTO de la Resolución por la que se convocan las ayudas a personas jurídico-privadas sin ánimo de lucro, con fines culturales, para la realización de proyectos de actividades de carácter cultural en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2026. </titulo>
<numeroDoe>5</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260109</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, JÓVENES Y DEPORTES</organismo>
<rango>EXTRACTO</rango>
<pagina_inicial>1166</pagina_inicial>
<pagina_final>1168</pagina_final>
<descriptor>Actividades culturales</descriptor> 
<descriptor>Ayudas</descriptor>
<url_pdf>2026/50o/25064700.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>BDNS(Identif.):878178</p>
<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 20.8.a) y 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.gob.es), y en este DOE.</p>
<p class="negrita">Primero. Beneficiarios.</p>
<p>1.  Podrán acceder al régimen de estas ayudas las personas jurídico-privadas que reúnan los siguientes requisitos:</p>
<p class = "tab">	 —  Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Oficial autonómico o nacional correspondiente con anterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria.</p>
<p class = "tab">	 —  No tener ánimo de lucro.</p>
<p class = "tab">	 —  Estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda Autonómica.</p>
<p class = "tab">	 —  No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.</p>
<p>2.  No podrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en esta convocatoria, aquellas personas jurídico-privadas:</p>
<p class = "tab">	a)  Cuyo proyecto esté integrado en otros programas que promociona la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes</p>
<p class = "tab">	b)  Cuyo proyecto no se desarrolle exclusivamente en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.</p>
<p class = "tab">	c)  Cuyos programas incluyan:</p>
<p class = "tab">	 	 —  Actividades docentes, previstas en los planes de estudios vigentes, así como viajes de fin de curso u otras actividades extraescolares de similar naturaleza. </p>
<p class = "tab">	 	 —  Aquellos que contengan preceptos que infrinjan alguna normativa vigente.</p>
<p class="negrita">Segundo. Objeto.</p>
<p>1.  Estas ayudas están destinadas a financiar la realización de proyectos que fomenten actividades o acciones que contribuyan a generar contenidos de interés cultural en los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura por parte de personas jurídico-privadas sin ánimo de lucro, con fines culturales, que desarrollen actividades en el ámbito territorial de Extremadura y que contribuyan a la participación de los extremeños en la vida cultural de su territorio.</p>
<p>2.  La finalidad de estas ayudas es dinamizar, fomentar, analizar, desarrollar y gestionar acciones culturales en su ámbito competencial; impulsar de una forma definitiva el sector asociativo cultural y a la comunidad cultural extremeña; ofrecer herramientas que favorezcan la capacidad para generar empleo potenciando la formación, profesionalización y vertebración del sector cultural; estimular la participación del sector privado en la financiación de proyectos culturales, así como afianzar la conciencia de la identidad extremeña a través de la investigación, difusión y conocimiento de los valores culturales del pueblo extremeño, y la promoción y fomento de la cultura en todas sus manifestaciones y expresiones.</p>
<p class="negrita">Tercero. Bases reguladoras.</p>
<p>La convocatoria de estas ayudas se regirá por lo previsto en el Decreto168/2024, de 26 de diciembre (DOE n.º 10, de 16 de enero 2025) por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de ayudas a personas jurídico-privadas sin ánimo de lucro, con fines culturales, para la realización de proyectos de actividades de carácter cultural en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria, en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, siendo igualmente de aplicación las disposiciones de carácter básico contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. y en su normativa de desarrollo, así como en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.</p>
<p class="negrita">Cuarto. Cuantía.</p>
<p>La cantidad máxima de la ayuda no superará los 12.000 euros por proyecto y beneficiario (IVA excluido) y para su financiación se destinará la cantidad máxima de cuatrocientos cincuenta mil euros (450.000,00 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 150020000G/273A/48000/20150249/CAG0000001, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2026.</p>
<p class="negrita">Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p>
<p>El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria y el extracto de la misma en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p>
<p>No serán admitidas a trámite, sin posibilidad de subsanación y procediéndose a su archivo, las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido en esta convocatoria.</p>
<lugarfirma>Mérida, 28 de noviembre de 2025.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>El Secretario General,</cargofirmante>
<firmante>JOSÉ LUIS GIL SOTO</firmante>
 </firma>
</texto>
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