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<identificador>2026060578</identificador>
<titulo>MODIFICACIÓN del Extracto por el que se da publicidad a la ampliación de plazo de la presentación de las solicitudes de la I convocatoria de ayudas en aplicación de la EDLP y la metodología Leader 2023-2027 para proyectos productivos de acciones de inversiones en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales, en el ámbito de actuación de la Asociación para el Desarrollo Integral del Tajo Salor Almonte (TAGUS). </titulo>
<numeroDoe>52</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260317</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE</organismo>
<rango>MODIFICACIÓN</rango>
<pagina_inicial>10348</pagina_inicial>
<pagina_final>10348</pagina_final>
<descriptor>Desarrollo rural</descriptor> 
<descriptor>Ayudas</descriptor>
<url_pdf>2026/520o/26060578.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>BDNS(Identif.): 874343</p>
<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 241 de fecha 16 de diciembre de 2025, Extracto de 5 de diciembre de 2025, referido a la I Convocatoria de ayudas Leader en el marco de la EDLP y la metodología Leader 2023-2027 para proyectos productivos de inversiones en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales, en el ámbito de actuación de TAGUS, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones </p>
<p>(http://www.infosubvenciones.gob.es ).</p>
<p>Para proyectos en acciones de inversiones en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales, se aprobó un plazo de presentación de solicitudes de tres meses contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Diario Oficial de Extremadura.</p>
<p>La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas determina en su artículo 32, que la Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a la petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero.</p>
<p>Aprobada la ampliación del plazo del plazo de presentación de solicitudes por resolución de la presidencia de TAGUS, el pasado 4 de marzo de 2026 y, tras su autorización por parte de la Dirección General de Desarrollo Rural con fecha 5 de marzo de 2026, se procede a la modificación del extracto de 5 de diciembre de 2025 en el siguiente apartado:  Quinto. Plazo de presentación de solicitudes , quedará redactado de la siguiente manera:  Cuatro meses y medio contados a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura .</p>
<lugarfirma>Mérida, 6 de marzo de 2026.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>La Secretaria General,</cargofirmante>
<firmante>MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ</firmante>
 </firma>
</texto>
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