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<identificador>2026080401</identificador>
<titulo>ANUNCIO de 11 de marzo de 2026 por el que se da publicidad a las subvenciones directas concedidas en la anualidad 2025 para la realización de actuaciones en materia de turismo. </titulo>
<numeroDoe>54</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260319</fecha_publicacion>
<apartado>IV ANUNCIOS</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, JÓVENES Y DEPORTES</organismo>
<rango>ANUNCIO</rango>
<pagina_inicial>10653</pagina_inicial>
<pagina_final>10658</pagina_final>
<descriptor>Subvenciones</descriptor> 
<url_pdf>2026/540o/26080401.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>El Estatuto de Autonomía de Extremadura establece en su artículo 9.1.19 que corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia exclusiva en materia de turismo, la cual está atribuida a la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de conformidad con el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.</p>
<p>En virtud del artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Secretaría General de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes es el órgano competente para la concesión de subvenciones, dentro de su ámbito de competencia y previa consignación presupuestaria.</p>
<p>El artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, posibilita, con carácter excepcional, la concesión de subvenciones mediante procedimiento de concesión directa y sin convocatoria, previa acreditación de razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. </p>
<p>Por su parte, el artículo 32.1 de la mencionada ley establece que se consideran supuestos excepcionales de concesión directa:  a) Cuando, por razón de la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, o las especiales características del perceptor, no sea posible promover la concurrencia pública y siempre que se trate de entidades públicas o entidades privadas sin fines de lucro  y  b) Cuando el perceptor sea una entidad pública territorial de Extremadura y los fondos presupuestarios señalen genéricamente una finalidad cuya competencia esté atribuida a las corporaciones locales y a la autónoma , </p>
<p>Asimismo, el artículo 32.1 de dicha ley establece que se considerarán supuestos excepcionales de concesión directa;  d) Aquellos otros supuestos excepcionales que reuniendo los requisitos del artículo 22.4.c) de esta ley sean acordados de forma singular mediante decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería correspondiente y previo informe favorable de la Consejería competente en materia de hacienda .</p>
<p>A tal efecto, con fecha 19 de diciembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura n.º 244 el Decreto 189/2025, de 16 de diciembre, por el que se acuerda de forma singular la concesión directa de subvenciones en materia de turismo durante el ejercicio presupuestario 2025 y se regula su concesión. </p>
<p>El artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, dispone que los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, las subvenciones concedidas con la expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención, pronunciándose en el mismo sentido el artículo 8.6 del citado Decreto 189/2025, de 16 de diciembre. </p>
<p>Por todo ello, correspondiendo a esta Secretaría General de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, la resolución de los procedimientos de concesión de subvenciones en materia de turismo en virtud de las competencias atribuidas por el referido Decreto 189/2025, de 16 de diciembre y el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autó­noma de Extremadura,</p>
<p class = "centro">ACUERDO:</p>
<p>Dar publicidad a las subvenciones directas para actuaciones de interés en materia de turismo que se relacionan en el anexo concedidas por la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes durante la anualidad 2025, con indicación del beneficiario, aplicación presupuestaria y proyecto de gasto de imputación, finalidad de la subvención y cantidad concedida.</p>
<p>Merida, 11 de marzo de 2026. El Secretario General, JOSÉ LUIS GIL SOTO.</p>
</texto>
</publicacion>