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<identificador>2026080402</identificador>
<titulo>ANUNCIO de 12 de marzo de 2026 sobre aprobación inicial de la modificación puntual del Plan General Municipal. </titulo>
<numeroDoe>55</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260320</fecha_publicacion>
<apartado>IV ANUNCIOS</apartado>
<organismo>AYUNTAMIENTO DE NAVALMORAL DE LA MATA</organismo>
<rango>ANUNCIO</rango>
<pagina_inicial>10813</pagina_inicial>
<pagina_final>10813</pagina_final>
<descriptor>Información pública</descriptor> 
<url_pdf>2026/550o/26080402.pdf</url_pdf>
</metadatos>
<texto>
 <p>El Pleno del Excelentísimo Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, en sesión ordinaria celebrada el día 9 de febrero de 2026, adoptó acuerdo de aprobación inicial modificación puntual Plan General Municipal, que se publica para su general conocimiento y en cumplimiento de los artículos 57 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura y 69 del Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, aprobado por Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Extremadura: </p>
<table>
<tr>
<td>
Tipo de instrumento
</td>
<td>
Plan General Municipal
</td>
</tr>
<tr>
<td>
Ámbito
</td>
<td>
Municipio
</td>
</tr>
<tr>
<td>
Tipo de modificación
</td>
<td>
Estructural
</td>
</tr>
<tr>
<td>
Objeto de la modificación
</td>
<td>
Modificación puntual del Plan General Municipal
</td>
</tr>
</table>
<p>Habiéndose instruido por los servicios competentes de este Ayuntamiento, expediente de modificación del Plan General Municipal que se detalla a continuación, se convoca, por plazo de 45 días trámite de información pública, a fin de que quienes pudieran tenerse por interesados en dicho expediente, puedan comparecer y formular cuantas alegaciones, sugerencias o reclamaciones tengan por conveniente.</p>
<p>A su vez, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://aytonavalmoral.sedelectronica.es ].</p>
<p>El presente anuncio servirá de notificación a los interesados, en caso de que no pueda efectuarse la notificación personal del otorgamiento del trámite de audiencia.</p>
<p>Asimismo, se comunica que según se establece en el informe de los Servicios Técnicos Municipales, a los efectos del artículo 49.3.c) de la LOTUS, no procede acordar la suspensión de licencias, toda vez que la modificación se limita exclusivamente a la definición de la altura de las edificaciones. En consecuencia, aquellas solicitudes de licencia que superen los parámetros establecidos por la normativa urbanística vigente no quedarían sujetas a un régimen de suspensión, sino que habrían de ser objeto de denegación.</p>
<lugarfirma>Navalmoral de la Mata, 12 de marzo de 2026. El Alcalde, ENRIQUE HUESO RETAMOSA.</lugarfirma>
</texto>
</publicacion>