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<publicacion>
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<identificador>2026060646</identificador>
<titulo>RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2026, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la primera Adenda al Convenio por el que se articula la concesión directa de una subvención por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura al Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales "Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres-MÁSMEDIO", para el desarrollo del Plan Provincial de Puntos Limpios de la provincia de Cáceres, financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Next-Generation EU". </titulo>
<numeroDoe>60</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260327</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL</organismo>
<rango>RESOLUCIÓN</rango>
<pagina_inicial>11522</pagina_inicial>
<pagina_final>11527</pagina_final>
<descriptor>Convenios</descriptor> 
<url_pdf>2026/600o/26060646.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>Habiéndose firmado el día 17 de marzo de 2026, la primera Adenda al Convenio por el que se articula la concesión directa de una subvención por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura al Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales  Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres - MÁSMEDIO , para el desarrollo del Plan Provincial de Puntos Limpios de la provincia de Cáceres, financiado por el  Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Next-Generation EU , de conformidad con lo previsto en el artículo 19 del Decreto 154/2025, de 18 de noviembre, por el que se regula la actividad convencional y el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,</p>
<p class = "centro">RESUELVO:</p>
<p>La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.</p>
<lugarfirma>Mérida, 20 de marzo de 2026.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>El Secretario General,</cargofirmante>
<firmante>DAVID GONZÁLEZ GIL</firmante>
 </firma>
<p class = "centro">PRIMERA ADENDA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO POR EL QUE SE ARTICULA LA CONCESION DIRECTA DE UNA SUBVENCION POR LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA AL CONSORCIO PARA LA GESTIÓN DE SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES  MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES - MÁSMEDIO , PARA EL DESARROLLO DEL PLAN PROVINCIAL DE PUNTOS LIMPIOS DE LA PROVINCIA DE CÁCERES, FINANCIADO POR EL  PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA - NEXT-GENERATION EU .</p>
<p>Expediente: MR202512006MAS.</p>
<p>17 de marzo de 2026.</p>
<p class = "centro">REUNIDOS</p>
<p>De una parte, D. Germán Puebla Ovando, Director General de Sostenibilidad en virtud del Decreto 127/2023, de 2 de agosto, por el que se dispone su nombramiento, y facultado para este acto por Resolución de 2 de agosto de 2023, de la Secretaría General, por la que se delegan determinadas competencias, así como la firma de resoluciones y actos, en los órganos administrativos de la Consejería (DOE n.º 152, de 8 de agosto de 2023), modificada mediante Resolución de 9 de agosto de 2024.</p>
<p>La presente Adenda de modificación del convenio ha sido autorizado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día 10 de marzo de 2026.</p>
<p>Y de otra parte, el Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales  Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres - MásMedio  (MASMEDIO) con NIF P1000044F y sede en el Edifico Julián Murillo, calle Ronda de San Francisco n.º 3 CP 10002 de Cáceres y en su nombre y representación D. Miguel Ángel Morales Sánchez, con DNI ***4361**, Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, con poderes suficientes para la firma de este Convenio, de acuerdo con lo establecido en su toma de posesión del referido cargo, en sesión constitutiva de 1 de julio de 2023, fecha en la que asumió todos los derechos, deberes y demás obligaciones que al cargo le confiere el actual ordenamiento jurídico.</p>
<p>Intervienen ambos en el ejercicio de las facultades que legalmente les confieren los cargos que respectivamente desempeñan, reconociéndose legitimación para la suscripción del presente Convenio y, al efecto,</p>
<p class = "centro">MANIFIESTAN</p>
<p><span class="negrita">Primero. </span><span class="normal">La Junta de Extremadura, a través de su Estatuto de Autonomía, tiene atribuidas las competencias para la protección del medio ambiente y de los ecosistemas, debiendo adoptar las medidas necesarias para garantizar la conservación, protección y recuperación de las especies de fauna y flora que viven en el estado silvestre en su territorio. </span></p>
<p>Conforme se establece en el Decreto 77/2023, de 21 de julio (DOE núm. 145 de 28 de julio), por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, entre los órganos directivos que constituyen la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible se encuentra la Dirección General de Sostenibilidad, la cual llevará a cabo la promoción, ejecución y control en materia de conservación de la naturaleza y el medio ambiente. Así mismo, es competente en la programación y propuesta de actuaciones en relación con las áreas naturales protegidas y la biodiversidad. Además, le corresponden, la planificación, gestión y control de las actividades y proyectos con repercusiones en el medio ambiente, la evaluación ambiental de planes, programas y proyectos, así como, el otorgamiento de las autorizaciones ambientales a que se encuentren sujetas los proyectos y actividades, así como su control y seguimiento.</p>
<p>Asimismo, le corresponde las funciones en materia de calidad del aire y protección de la atmósfera, protección del paisaje, así como en materia de contaminación acústica, lumínica y radiológica.</p>
<p>Para prevenir la contaminación ocasionada por distinto tipos de residuos y asegurar la conservación de los valores naturales presentes en Extremadura resulta indispensable el mantenimiento y creación de instalaciones cerradas y ambientalmente controladas, ubicadas en zonas urbanas o periurbanas, en las que se disponga de contenedores específicos para la recogida selectiva de aquellos residuos asimilables a urbanos que requieren una recogida y tratamiento especializados, llamados  Punto limpio .</p>
<p><span class="negrita">Segundo. </span><span class="normal">Los Puntos Limpios de la provincia de Cáceres se implantaron principalmente entre los años 2010 y 2015, fomentados por diferentes ayudas, destinadas a las entidades locales, y que tenían por objeto la construcción de estas instalaciones en aquellos municipios que lo solicitasen, entre otras mediante el Decreto 114/2012 y Orden 6 de noviembre de 2014. Sin embargo, una vez transcurrido el tiempo, algunos de estos Puntos Limpios presentan deficiencias, tanto en aspectos relativos a su mantenimiento y conservación, como aquellos relacionados con la gestión de las instalaciones. </span></p>
<p>En este sentido, se debe destacar que un número importante de municipios que disponían estas instalaciones han transmitido a la Diputación de Cáceres y MASMEDIO la gestión de las mismas. Todo ello debido a que la falta de medios, la imposibilidad de alcanzar una economía de escala en la gestión, el elevado peso de los costes fijos en este tipo de instalaciones y la imposibilidad de lograr la recuperación de costes, hacen inviable la gestión de estos Puntos Limpios para la mayoría de los municipios, problema que se agudiza en los municipios de menor población. </p>
<p>Debido a esta circunstancia, MASMEDIO tiene en planificación el desarrollo de un Plan Provincial de Puntos Limpios en la provincia de Cáceres, que permita la gestión unificada de treinta y dos instalaciones de Puntos Limpios, que incluirá tanto instalaciones existentes (que requieren de acciones de adecuación y/o reforma) como instalaciones de nueva construcción.</p>
<p><span class="negrita">Tercero. </span><span class="normal">Con fecha 30 de diciembre de 2024, se firmó el Convenio por el que se articula la concesión directa de una subvención por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura al Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales  Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres - MÁSMEDIO , para el desarrollo del Plan Provincial de Puntos Limpios de la provincia de Cáceres, financiado por el  Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Next-Generation EU . </span></p>
<p><span class="negrita">Cuarto. </span><span class="normal">Mediante escrito de fecha de 3 de diciembre de 2025 dirigido a la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura, la entidad Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales  Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres - MásMedio  efectúa una Solicitud modificación de la Memoria Técnica inicial sobre el convenio formalizado por el que se articula la concesión directa de una subvención por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura al Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales  Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres - MásMedio , para el desarrollo del Plan Provincial de Puntos Limpios de la provincia de Cáceres, financiado por el  Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Next-Generation-EU  (Expediente: MR202512006MAS). </span></p>
<p>Manifestando la ampliación del plazo de ejecución de las inversiones financiadas con cargo a la subvención hasta el 10 de mayo de 2026, habida cuenta de los plazos legales de los procedimientos de licitación, así como de los plazos razonables de ejecución de los trabajos. Ello teniendo presente que dicho cambio en ningún caso desvirtúa ni la naturaleza ni los objetivos de la subvención ni de las inversiones financiadas con cargo a la misma.</p>
<p><span class="negrita">Quinto. </span><span class="normal">De conformidad con la cláusula sexta del convenio, se prevé la posibilidad de modificar el mismo previa valoración técnica por el Director Técnico, emitida con fecha de 12 de febrero de 2026. </span></p>
<p>Por todo ello, las partes acuerdan formalizar la presente adenda con arreglo a las siguientes:</p>
<p class = "centro">CLÁUSULAS</p>
<p class="negrita">Primera. Objeto.</p>
<p>La presente Adenda tiene por Objeto la modificación del Convenio por el que se articula la concesión directa de una subvención por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura al Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales  Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres - MásMedio  con el objeto de ampliación de plazo de ejecución y vigencia.</p>
<p>En concreto se modifica el clausulado del convenio en los términos recogidos en la cláusula siguiente.</p>
<p class="negrita">Segunda. Modificación del convenio.</p>
<p>Uno. Se modifica la cláusula segunda referida a la vigencia que queda redactada de la siguiente manera:</p>
<p class = "tab">	  La vigencia del presente convenio se extenderá desde la firma hasta el 15 de mayo de 2026, plazo máximo de justificación, siendo plazo máximo de ejecución de las actuaciones hasta el 10 de mayo de 2026 . </p>
<p>Dos: Se modifica el último apartado de la cláusula sexta, quedando redactado de la siguiente manera:</p>
<p class = "tab">	  El período de ejecución referentes a las actividades incluidas en este convenio será desde la firma del convenio hasta el 10 de mayo de 2026 .</p>
<p>Tres. Se modifican los párrafos segundos y terceros  de la cláusula octava que se refiere al régimen de justificación y pagos quedando redactados de la siguiente manera:</p>
<p class = "tab">	  El período de ejecución referentes a las actividades incluidas en este convenio será el siguiente desde la firma del convenio hasta el 10 de mayo de 2026.</p>
<p class = "tab">	  El periodo de justificación de los gastos y pagos referentes a las actividades incluidas en este convenio será desde la firma del convenio hasta el 15 de mayo de 2026 .</p>
<p class="negrita">Tercera. Vigencia del resto de clausulado y anexos.</p>
<p>Los restantes términos y condiciones del convenio suscrito con fecha 30 de diciembre de 2024, mantienen su vigencia, salvo lo modificado en la presente Adenda.</p>
<p class="negrita">Cuarta. Eficacia de la Adenda.</p>
<p>La presente adenda será eficaz desde la fecha de su firma por las partes y extenderá su vigencia hasta el 15 de mayo de 2026.</p>
<p>En prueba de conformidad se firma a fecha de firma electrónica.</p>
<firma class="colizq">
<cargo>El Director General de Sostenibilidad,</cargo>
<norma>(PD, Resolución de 2 de agosto de 2023, DOE n.º152 de 8/8/2023)</norma>
<cargofirmante></cargofirmante>
<firmante>GERMÁN PUEBLA OVANDO</firmante>
 </firma>
<firma class="colder">
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>El Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres,</cargofirmante>
<firmante>MIGUEL ÁNGEL MORALES SÁNCHEZ</firmante>
 </firma>
</texto>
</publicacion>