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<publicacion>
<metadatos>
<identificador>2026080536</identificador>
<titulo>ANUNCIO de 6 de abril de 2026 por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas al amparo del Decreto 251/2008, de 12 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el ejercicio 2025. </titulo>
<numeroDoe>69</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260413</fecha_publicacion>
<apartado>IV ANUNCIOS</apartado>
<organismo>SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO</organismo>
<rango>ANUNCIO</rango>
<pagina_inicial>13297</pagina_inicial>
<pagina_final>13300</pagina_final>
<descriptor>Fomento del empleo</descriptor> 
<descriptor>Ayudas</descriptor>
<url_pdf>2026/690o/26080536.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>El Servicio Extremeño Público de Empleo se crea como organismo autónomo de carácter administrativo mediante Ley 7/2001, de 14 de junio (DOE n.º 76, de 3 de julio), estableciéndose en su artículo 1, como fines generales del mismo, la ejecución de las competencias en administración, gestión y coordinación de los procesos derivados de las políticas activas de empleo.</p>
<p>En los mismos términos, el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo (DOE n.º 44, de 5 de marzo), atribuye al organismo autónomo la ejecución de las políticas activas de empleo, administrando, gestionando y coordinando los procesos derivados de las mismas, especialmente en materia de información, orientación e intermediación laboral, fomento del empleo y el autoempleo. </p>
<p>En concreto, dentro de sus políticas activas de empleo se encuadran las subvenciones para la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura cuyo objeto es promover la generación de empleo en el entorno local mediante la concesión de subvenciones para la contratación inicial y prórroga de los contratos de Agentes de Empleo y Desarrollo Local.</p>
<p>En el ejercicio de dichas competencias, durante el año 2025 se han concedido ayudas destinadas a la prórroga de la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura a distintos beneficiarios al amparo de las siguientes normativas:</p>
<p class = "tab">	—  Decreto 251/2008, de 12 de diciembre (DOE n.º 245, de 19 de diciembre) por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.</p>
<p class = "tab">	—  Decreto 94/2012, de 1 de junio (DOE n.º 109, de 7 de junio) por el que se modifica el Decreto 251/2008, de 12 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y la convocatoria para la contratación inicial de los mismos. </p>
<p class = "tab">	—  Resolución de 28 de diciembre de 2023 (DOE n.º 10, de 15 de enero de 2024), de la Secretaría General, por la que se convoca la concesión de subvenciones destinadas a la prórroga de la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2024.</p>
<p>En cuanto a su financiación, para la anualidad 2025, estas subvenciones se imputaron al programa 242A  Fomento y Calidad en el Empleo , con fuente de financiación Transferencias de Estado, desde la aplicación presupuestaria e importe ejecutado que se detalla a continuación:</p>
<table>
<tr>
<th class="negrita">
Aplicación presupuestaria
</th>
<th class="negrita">
Importe ejecutado (€)
</th>
</tr>
<tr>
<td>
130080000/G/242A/46000/20080271/TE24001001
</td>
<td>
354.901,92
</td>
</tr>
</table>
<p>El artículo 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece la posibilidad de conceder subvenciones de forma directa mediante convocatoria abierta, considerando al citado procedimiento como un régimen excepcional. </p>
<p>Por su parte, el apartado 1 del artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone que los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, las subvenciones concedidas con expresión del programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención.</p>
<p>No obstante, el apartado segundo del mismo precepto legal exceptúa de la obligación de publicación en el DOE, entre otros, de las subvenciones concedidas cuyo importe individualmente considerado sea de cuantía inferior a 3.000 euros.</p>
<p>Igualmente, atendiendo a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, las subvenciones concedidas fuera de los procedimientos de concurrencia competitiva deberán publicarse en el Portal electrónico de Transparencia de la Junta de Extremadura. </p>
<p>En cumplimiento de este mandato y en ejercicio de sus competencias propias en materia de concesión subvenciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, la Secretaria General de Empleo, en virtud de las funciones que tiene atribuidas como Directora Gerente,</p>
<p class = "centro">ACUERDA:</p>
<p><span class="negrita">Único. </span><span class="normal">Dar publicidad a las subvenciones concedidas al amparo del Decreto citado, que se detallan en el anexo I adjunto, con expresión de los beneficiarios, programa y crédito presupuestario, y cuantía concedida. </span></p>
<lugarfirma>Mérida, 6 de abril de 2026. La Secretaria General de Empleo, Decreto 234/2023, de 12 de septiembre (DOE extra n.º 3, de 16 de septiembre), MARÍA JOSÉ NEVADO DEL CAMPO.</lugarfirma>
</texto>
</publicacion>