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<identificador>2026060779</identificador>
<titulo>RESOLUCIÓN de 7 de abril de 2026, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 35/2026, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el seno del procedimiento ordinario n.º 339/2025. </titulo>
<numeroDoe>70</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260414</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA</organismo>
<rango>RESOLUCIÓN</rango>
<pagina_inicial>13385</pagina_inicial>
<pagina_final>13386</pagina_final>
<descriptor>Sentencias</descriptor> 
<descriptor>Ejecución</descriptor>
<url_pdf>2026/700o/26060779.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>Tras la correspondiente tramitación judicial ha devenido firme y ejecutable la sentencia n.º 35/2026, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de 20 de enero, recaída en el procedimiento ordinario n.º 339/2025, promovido por D.ª M.ª Ascensión Eugenio Rodríguez contra la resolución presunta desestimatoria del recurso de alzada presentado el 27 de febrero de 2025, frente al Acuerdo de 9 de enero de 2025 dictado por el Tribunal de Selección n.° 10, encargado de valorar el proceso selectivo convocado por Orden de 23 de diciembre de 2022, para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Técnico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, especialidad Arquitectura Técnica, por el sistema excepcional de concurso de méritos (DOE n.º 247, de 28 de diciembre), cuyo fallo presenta el siguiente tenor literal:</p>
<p> Que estimamos esencialmente el recurso interpuesto por M.ª Ascensión Eugenio Rodríguez en nombre de la procuradora D.ª María Sánchez Polo, de frente a la resolución presunta desestimatoria del Recurso de Alzada presentado el 27 de febrero de 2025 frente al Acuerdo de 9 de enero de 2025 dictado por el Tribunal de Selección n.° 10, encargado de valorar el proceso selectivo convocado por Orden de 23 de diciembre de 2022, para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Técnico, especialidad arquitectura técnica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo, por el sistema excepcional de concurso de méritos que anulamos y en su consecuencia procede determinar que el órgano competente de selección realice una nueva baremación teniendo en consideración el criterio de esta sentencia con todo lo que de ello se deriva .</p>
<p>Al objeto de cumplir con lo dispuesto en el fallo de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, y de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y siguientes del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, esta Dirección General de Función Pública, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 5 del Decreto 4/1990, de 23 de enero, de atribución de competencias en materia de personal,</p>
<p class = "centro">RESUELVE:</p>
<p>Ejecutar la sentencia n.º 35/2026, de fecha 20 de enero, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el procedimiento ordinario núm. 339/2025 y, en consecuencia:</p>
<p><span class="negrita">Primero. </span><span class="normal">Anular el Acuerdo de 9 de enero de 2025, dictado por el Tribunal de Selección n.° 10, encargado de valorar el proceso selectivo convocado por Orden de 23 de diciembre de 2022, para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Técnico, especialidad Arquitectura Técnica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo, por el sistema excepcional de concurso de méritos, por el que se hace pública la puntuación definitiva obtenida por los aspirantes. </span></p>
<p><span class="negrita">Segundo. </span><span class="normal">Retrotraer las actuaciones del proceso selectivo de referencia a la fase de valoración de méritos, elevando al Tribunal de selección n.º 10 los méritos aportados por los aspirantes a fin de que proceda a realizar una nueva baremación conforme al criterio recogido en la sentencia n.º 35/2026, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el seno del procedimiento ordinario n.º 339/2025. </span></p>
<p>Efectuada la nueva baremación, se procederá a la realización de las actuaciones y trámites subsiguientes del proceso selectivo para su resolución, conforme a lo previsto en su convocatoria.</p>
<p><span class="negrita">Tercero. </span><span class="normal">En relación con las cuestiones que se deriven de la presente resolución, podrán los interesados promover el incidente que, en relación con la ejecución de sentencias, se establece en el artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. </span></p>
<p><span class="negrita">Cuarto. </span><span class="normal">Acordar la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura. </span></p>
<lugarfirma>Mérida, 7 de abril de 2026.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>El Director General de Función Pública,</cargofirmante>
<firmante>HUGO ALFONSO CURIEL RODRÍGUEZ</firmante>
 </firma>
</texto>
</publicacion>