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<publicacion>
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<identificador>2026080540</identificador>
<titulo>ANUNCIO de 6 de abril de 2026 por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas al amparo de la Orden de 10 de agosto de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y de la Resolución de 23 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el ejercicio 2025. </titulo>
<numeroDoe>70</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260414</fecha_publicacion>
<apartado>IV ANUNCIOS</apartado>
<organismo>SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO</organismo>
<rango>ANUNCIO</rango>
<pagina_inicial>13530</pagina_inicial>
<pagina_final>13555</pagina_final>
<descriptor>Fomento del empleo</descriptor> 
<descriptor>Ayudas</descriptor>
<url_pdf>2026/700o/26080540.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>El Servicio Extremeño Público de Empleo se crea como organismo autónomo de carácter administrativo mediante Ley 7/2001, de 14 de junio (DOE n.º 76, de 3 de julio), estableciéndose en su artículo 1, como fines generales del mismo, la ejecución de las competencias en administración, gestión y coordinación de los procesos derivados de las políticas activas de empleo.</p>
<p>En los mismos términos, el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo (DOE n.º 44, de 5 de marzo), atribuye al organismo autónomo la ejecución de las políticas activas de empleo, administrando, gestionando y coordinando los procesos derivados de las mismas, especialmente en materia de información, orientación e intermediación laboral, fomento del empleo y el autoempleo. </p>
<p>En concreto, dentro de las políticas activas de empleo, el artículo 4.d) del citado Decreto 26/2009, de 27 de febrero, otorga a este Organismo la competencia de  Fomentar el empleo de calidad, cualificado y estable, en especial para los colectivos con una mayor dificultad de inserción laboral . </p>
<p>En el ejercicio de estas competencias, durante el año 2025 se han concedido ayudas para el fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo a distintos beneficiarios al amparo del Orden de 10 de agosto de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de la Resolución de 23 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2025/2026. El objeto de estas subvenciones es el de favorecer y fomentar la integración laboral de personas con discapacidad en el mercado de protegido de trabajo, Centros Especiales de Empleo, a través de cuatro programas de ayudas que la Orden regula.</p>
<p class = "tab">	— Programa I: Ayudas a proyectos generadores de empleo. </p>
<p class = "tab">	—  Programa II: Ayudas al mantenimiento de puestos de trabajo de personas trabajadoras con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo.</p>
<p class = "tab">	—  Programa III: Ayudas destinadas a las Unidades de Apoyo de los Centros Especiales de Empleo.</p>
<p class = "tab">	—  Programa IV: Proyectos de inserción de personas con discapacidad en el mercado ordinario a través de Centros Especiales de Empleo.</p>
<p>En cuanto a su financiación, estas subvenciones se imputaron al Proyecto  Integración Laboral de Discapacitados  con fuente de financiación TE a los siguientes códigos de aplicación presupuestaria:</p>
<p class = "tab">	—  140130000/G/242A/77000/TE24001001/20090229, correspondientes a las ayudas del Programa I y por un importe ejecutado de 374.495,42 euros.</p>
<p class = "tab">	—  140130000/G/242A/47000/TE24001001/20090229, correspondientes a las ayudas del Programa II y por un importe ejecutado de 949.876,5 euros. </p>
<p class = "tab">	—  140130000/G/242A/47000/CAG0000001/20250438, correspondientes a las ayudas del Programa II y por un importe ejecutado de 5.649.996,52 euros.</p>
<p class = "tab">	—  140130000/G/242A/47000/TE24001001/20090229, correspondientes a las ayudas del Programa III y por un importe ejecutado de 18.599,33 euros.</p>
<p>El artículo 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece la posibilidad de conceder subvenciones de forma directa mediante convocatoria abierta, considerando al citado procedimiento como un régimen excepcional. </p>
<p>Por su parte, el apartado 1 del artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone que los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, las subvenciones concedidas con expresión del programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención.</p>
<p>No obstante, el apartado segundo del mismo precepto legal exceptúa de la obligación de publicación en el DOE, entre otros, de las subvenciones concedidas cuyo importe individualmente considerado sea de cuantía inferior a 3.000 euros.</p>
<p>Igualmente, atendiendo a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, las subvenciones concedidas fuera de los procedimientos de concurrencia competitiva deberán publicarse en el Portal electrónico de Transparencia de la Junta de Extremadura. </p>
<p>En cumplimiento de este mandato y en ejercicio de sus competencias propias en materia de concesión subvenciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, la Secretaría General de Empleo, en virtud de las funciones que tiene atribuidas como Directora Gerente,</p>
<p class = "centro">ACUERDA:</p>
<p><span class="negrita">Único. </span><span class="normal">Dar publicidad a las subvenciones concedidas al amparo de la orden citada, que se detallan en el anexo I adjunto, con expresión de los beneficiarios, programa y crédito presupuestario, y cuantía concedida. </span></p>
<lugarfirma>Mérida, 6 de abril de 2026. La Secretaria General de Empleo, Decreto 234/2023, de 12 de septiembre (DOE extra n.º 3, de 16 de septiembre), MARÍA JOSÉ NEVADO DEL CAMPO.</lugarfirma>
</texto>
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