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<publicacion>
<metadatos>
<identificador>2026060830</identificador>
<titulo>EXTRACTO de Resolución de 6 de abril de 2026, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin fin de lucro, para el desarrollo de proyectos de atención a personas con trastorno mental grave o enfermedad mental grave, financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026. </titulo>
<numeroDoe>72</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260416</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES</organismo>
<rango>EXTRACTO</rango>
<pagina_inicial>14305</pagina_inicial>
<pagina_final>14306</pagina_final>
<descriptor>Servicios sociales</descriptor> 
<descriptor>Subvenciones</descriptor>
<url_pdf>2026/720o/26060830.pdf</url_pdf>
</metadatos>
<texto>
 <p>BDNS(Identif.): 898122</p>
<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones </p>
<p>(http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente DOE. </p>
<p class="negrita">Primero. Entidades beneficiarias.</p>
<p>Podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas las entidades privadas sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en cuyos estatutos figure como objeto social o finalidad principal la atención a personas con trastorno mental grave o enfermedad mental grave, lo que será comprobado de oficio por el órgano gestor.</p>
<p class="negrita">Segundo. Objeto.</p>
<p>Las subvenciones tienen como objeto la financiación de proyectos desarrollados en la Comunidad Autónoma de Extremadura dirigidos a personas con trastorno mental grave o enfermedad mental grave, para el año 2026, que sean acordes con las líneas estratégicas contempladas en el Plan Integral de Salud Mental de Extremadura en vigor, y que se encuadren dentro de alguna de las siguientes modalidades:</p>
<p class = "tab">	a)  Apoyo Residencial.</p>
<p class = "tab">	b)  Integración laboral.</p>
<p class = "tab">	c)  Integración social.</p>
<p class = "tab">	d)  Sensibilización a la población y promoción de la imagen positiva de las personas con trastorno mental grave o enfermedad mental grave.</p>
<p class="negrita">Tercero. Bases reguladoras.</p>
<p>La convocatoria se rige por la Orden de 5 de junio de 2023 y su modificación Decreto 3/2026, de 3 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para la prestación de servicios y el desarrollo de proyectos dirigidos a personas con discapacidad, trastorno mental grave o enfermedad mental grave. (DOE n.º 109, de 8 de junio de 2023 y DOE n.º 26, de 9 de febrero de 2026). </p>
<p class="negrita">Cuarto. Cuantía para la anualidad 2026.</p>
<p>1.  La financiación de las subvenciones tendrá como límite la cantidad destinada a estos efectos en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2026, por importe total de 1.204.500 euros, en la aplicación presupuestaria 110060000/G/232A/48000/CAG0000001/20100318.</p>
<p>2.  El crédito presupuestario anterior se distribuirá entre los programas con las siguientes cuantías:</p>
<p class = "tab">	—  Apoyo Residencial (8,76%): 105.514,20 €.</p>
<p class = "tab">	—  Programas de Integración laboral (45,87%): 552.504,15 €.</p>
<p class = "tab">	—  Programas de Integración Social (38,23 %): 460.480,35 €.</p>
<p class = "tab">	—  Sensibilización a la población y promoción de la imagen positiva de personas con Tmg (7,14%): 86.001,30 €.</p>
<p class="negrita">Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p>
<p>De acuerdo con el artículo 7 de la Orden de 5 de junio de 2023 (DOE n.º 109, de 8 de junio de 2023), el plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación simultánea de la Resolución de convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura, tal como establece a que se refiere el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.</p>
<p class="negrita">Sexto. Otros datos.</p>
<p>Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el DOE junto con la convocatoria, así como en la página https://www.juntaex.es/w/0669523 .</p>
<lugarfirma>Mérida, 6 de abril de 2026.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>La Secretaria General,</cargofirmante>
<firmante>MARÍA PILAR NOGALES PEROGIL</firmante>
 </firma>
</texto>
</publicacion>