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<identificador>2026060879</identificador>
<titulo>EXTRACTO de la Resolución de 14 de abril de 2026, de convocatoria de subvenciones para desarrollar proyectos que fomenten la promoción de la igualdad de género, la prevención y erradicación de cualquier tipo de violencia contra las mujeres, especialmente en materia de trata, explotación sexual y mujeres en contexto de prostitución para el año 2026. Línea I: Subvenciones a asociaciones, agrupaciones y federaciones de mujeres, para el desarrollo de proyectos dirigidos a la promoción de la igualdad y la participación social en el ámbito de la igualdad entre mujeres y hombres y la prevención de la violencia de género. </titulo>
<numeroDoe>75</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260421</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>PRESIDENCIA DE LA JUNTA</organismo>
<rango>EXTRACTO</rango>
<pagina_inicial>14899</pagina_inicial>
<pagina_final>14901</pagina_final>
<descriptor>Igualdad de género</descriptor> 
<descriptor>Subvenciones</descriptor>
<url_pdf>2026/750o/26060879.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>BDNS(Identif.): 899408</p>
<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se publica el Extracto de las subvenciones para desarrollar proyectos que fomenten la promoción de la igualdad de género, la prevención y erradicación de cualquier tipo de violencia contra las mujeres, especialmente en materia de trata, explotación sexual y mujeres en contexto de prostitución.</p>
<p>Línea I: Subvenciones a asociaciones, agrupaciones y federaciones de mujeres, para el desarrollo de proyectos dirigidos a la promoción de la igualdad y la participación social en el ámbito de la igualdad entre mujeres y hombres y la prevención de la violencia de género, correspondiente a la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ).</p>
<p class="negrita">Primero. Convocatoria y objeto.</p>
<p>Convocatoria para el ejercicio 2026, de las subvenciones para desarrollar proyectos que fomenten la promoción de la igualdad de género, la prevención y erradicación de cualquier tipo de violencia contra las mujeres, especialmente en materia de trata, explotación sexual y mujeres en contexto de prostitución. Línea I: Subvenciones a asociaciones, agrupaciones y federaciones de mujeres, para el desarrollo de proyectos dirigidos a la promoción de la igualdad y la participación social en el ámbito de la igualdad entre mujeres y hombres y la prevención de la violencia de género.</p>
<p>El objeto es realizar la convocatoria para el ejercicio 2026 de las subvenciones destinadas a asociaciones, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres, para el desarrollo de proyectos dirigidos a la promoción de la igualdad y la participación social en el ámbito de la igualdad entre mujeres y hombres y la prevención de la violencia de género.</p>
<p class="negrita">Segundo. Beneficiarias.</p>
<p>Podrán ser beneficiarias de la siguiente convocatoria de subvenciones las entidades relacionadas para cada línea de ayudas, en el resuelvo 2 de la resolución de la convocatoria, que cumplan con los requisitos establecidos en el resuelvo 3 de la misma. </p>
<p class="negrita">Tercero. Bases reguladoras.</p>
<p>Las bases reguladoras de la presente convocatoria son las contenidas en el Decreto 83/2025, de 22 de julio (DOE número 153, 8 de agosto), por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para desarrollar proyectos que fomenten la promoción de la igualdad de género, la prevención y erradicación de cualquier tipo de violencia contra las mujeres, especialmente en materia de trata, explotación sexual y mujeres en contexto de prostitución, y se aprueba la primera convocatoria.</p>
<p class="negrita">Cuarto. Financiación y cuantía.</p>
<p>La cuantía total de la presente convocatoria asciende a un total de trescientos mil euros (300.000 €), sin perjuicio de que pueda aumentarse en virtud de nuevas disponibilidades presupuestarias, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024, aprobados por Ley 1/2024, de 5 de febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Su aplicación debe realizarse en los términos de la Orden de 16 de diciembre de 2025 por la que se fijan las condiciones y criterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Extremadura para 2024 en el ejercicio de 2026, imputándose a las siguientes aplicaciones presupuestarias:</p>
<p class = "tab">	 Línea I; Posición Presupuestaria 02101 253A 48000; F.F. CA; Proyecto de Gasto 20180336; Anualidad 2026; Importe 300.000,00 €.</p>
<p>Para la Línea I la cuantía máxima a subvencionar será de 6.000 €. No obstante, cuando el número de proyectos que obtengan la puntuación mínima sean superiores al crédito disponible, se procederá, en virtud de lo previsto en el artículo 22.1 de la ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, al prorrateo, entre las entidades beneficiarias de la subvención, del importe global del crédito previsto en la convocatoria para esta línea de ayudas, de acuerdo con la siguiente fórmula para determinar su cuantía: Crédito total de la respectiva convocatoria / Suma de la puntuación obtenida por todas las solicitantes que hayan alcanzado la puntuación mínima × Puntuación obtenida por cada solicitante.</p>
<p>Sin embargo, cuando la cuantía del proyecto presentado sea inferior a la que resulte de aplicar la fórmula anterior, la ayuda vendrá determinada por el importe solicitado.</p>
<p class="negrita">Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p>
<p>El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria y su correspondiente extracto en el Diario Oficial de Extremadura ( https://doe.juntaex.es ).</p>
<p class="negrita">Sexto. Otros datos.</p>
<p>Las solicitudes de ayudas, una para cada línea, dirigidas a la Dirección General del Instituto de la Mujer de Extremadura y suscritas por la persona que ostente la representación legal de la entidad solicitante, deberán formalizarse en el impreso normalizado que se recoge en el anexo I de la Resolución de la convocatoria e irán acompañadas de la documentación prevista en el resuelvo 8 de la misma. Las solicitudes se presentarán a través de Sede Electrónica Asociada mediante el acceso a través del Punto de Acceso General Electrónico en la siguiente dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/0720825 , de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p>
<lugarfirma>Mérida, 14 de abril de 2026.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>El Secretario General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social,</cargofirmante>
<firmante>DAVID GONZÁLEZ GIL</firmante>
 </firma>
</texto>
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