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<identificador>2026080609</identificador>
<titulo>ANUNCIO de 9 de abril de 2026 por el que se cita a los interesados para el levantamiento de actas previas a la ocupación en el "Proyecto para nuevas LMT, de 20 kV, de enlace entre la L-4849-02 "Perales" y la L-4849-01 "Santibáñez", ambas de la STR "CH Borbollón", y reforma del CT "Villasbuenas Gata 2", en los términos municipales de Acebo, Perales del Puerto, Villasbuenas de Gata y Gata (Cáceres)". Expte.: AT-9249. </titulo>
<numeroDoe>75</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260421</fecha_publicacion>
<apartado>IV ANUNCIOS</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE</organismo>
<rango>ANUNCIO</rango>
<pagina_inicial>15241</pagina_inicial>
<pagina_final>15248</pagina_final>
<descriptor>Expropiaciones</descriptor> 
<descriptor>Citación</descriptor>
<url_pdf>2026/750o/26080609.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>Mediante Resolución del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de fecha 15 de septiembre de 2025 se declaró, en concreto, de utilidad pública la instalación de  Nuevas LMT, de 20 kV, de enlace entre la L-4849-02  Perales  y la L-4849-01 “Santibáñez , ambas de la STR “CH Borbollón”, y reforma del CT “Villasbuenas Gata 2”, en los términos municipales de Acebo, Perales del Puerto, Villasbuenas de Gata y Gata (Cáceres)”, una vez cumplidos los trámites reglamentarios. Dicha declaración, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.</p>
<p>En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en el mencionado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se convoca a los titulares de los bienes y derechos afectados a que después se hace mención, en los Ayuntamientos en los días y horas que se indican en el anexo de este documento para, de conformidad con el procedimiento que establece el citado artículo 52, llevar a cabo el levantamiento de actas previas a la ocupación.</p>
<p>Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, pudiéndose acompañar, a su costa, de un Perito y un Notario, si lo estima oportuno.</p>
<p>El orden del levantamiento de actas figura igualmente en los tablones de edictos de los Ayuntamientos de Acebo, Villasbuenas de Gata y Gata y se comunicará a cada interesado mediante notificación de citación, significándose que esta publicación se realiza, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p>
<p>En el expediente expropiatorio, la sociedad i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, asume la condición de Beneficiaria.</p>
<lugarfirma>Cáceres, 9 de abril de 2026. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, JUAN FRANCISCO LEMUS PRIETO.	</lugarfirma>
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