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<identificador>2026060929</identificador>
<titulo>EXTRACTO de la Resolución de 16 de abril de 2026 por la que se convoca el XXXI Premio Joaquín Sama a la innovación educativa en la Comunidad Autónoma de Extremadura. </titulo>
<numeroDoe>79</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260427</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL</organismo>
<rango>EXTRACTO</rango>
<pagina_inicial>15880</pagina_inicial>
<pagina_final>15882</pagina_final>
<descriptor>Educación</descriptor> 
<descriptor>Premios</descriptor>
<url_pdf>2026/790o/26060929.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>BDNS(Identif.): 900552</p>
<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria del XXXI Premio Joaquín Sama a la innovación educativa en la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.</p>
<p class="negrita">Primero. Objeto.</p>
<p>XXXI Premio Joaquín Sama, edición 2026, para los trabajos o experiencias pedagógicas de innovación educativa del personal de los centros educativos de los niveles previos a la Universidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y las asociaciones de madres y padres del alumnado debidamente inscritas.</p>
<p>1.  Se podrán presentar trabajos o experiencias que versen sobre los siguientes aspectos:</p>
<p class = "tab">	a)  Educación en valores.</p>
<p class = "tab">	b)  Educación en la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres.</p>
<p class = "tab">	c)  Educación para la no discriminación por razón de nacimiento, sexo, origen racial, étnico o geográfico, discapacidad, edad, enfermedad, religión o creencias, orientación sexual o identidad sexual o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.</p>
<p class = "tab">	d)  Educación en el respeto hacia los seres vivos y los derechos de los animales y el medio ambiente, en particular al valor de los espacios forestales y el desarrollo sostenible.</p>
<p class = "tab">	e)  Innovación e investigación pedagógica y profesional en las distintas áreas o ámbitos concernientes a la vida educativa, especialmente los relacionados con el desarrollo de la inteligencia emocional y el fomento de la iniciativa emprendedora en el alumnado.</p>
<p class = "tab">	f)  Fomento y uso de las tecnologías de la información y comunicación.</p>
<p class = "tab">	g)  Aulas del futuro.</p>
<p class = "tab">	h)  Transformación digital del aula.</p>
<p class = "tab">	i)  Atención a la diversidad.</p>
<p class = "tab">	j)  Fomento y uso de lenguas extranjeras.</p>
<p class = "tab">	k)  Fomento y desarrollo de las ciencias y las artes (STEAM).</p>
<p>2.  Se establecen tres modalidades:</p>
<p class = "tab">	a)  Modalidad A: Una Escuela Plural. Trabajos, materiales educativos, experiencias o procesos que supongan un esfuerzo de interés en el desarrollo de alguno de los siguientes temas: la educación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales, en la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres y en la igualdad de trato y no discriminación de las personas por razón de nacimiento, origen racial o étnico, religión, convicción, edad, de discapacidad, orientación o identidad sexual, enfermedad, o cualquier otra condición o circunstancia; la formación para la paz; la inteligencia emocional; la cohesión social; la cooperación y solidaridad entre los pueblos; así como la adquisición de valores que propicien el respeto hacia los seres vivos y los derechos de los animales y el medio ambiente, en particular al valor de los espacios forestales y el desarrollo sostenible.</p>
<p class = "tab">	b)  Modalidad B: Escuela del Cambio. Trabajos, materiales educativos, experiencias o procesos que supongan un esfuerzo de interés en el desarrollo de algunos de los siguientes temas: atención a la diversidad, tratamiento de lenguas extranjeras de forma transversal (bilingüismo o multilingüismo), aulas del futuro, transformación digital del aula y promoción y uso de las tecnologías de la información y comunicación. Estos materiales habrán de ser digitales y deberán integrarse y funcionar correctamente en la Red Tecnológica Educativa de Extremadura y, por tanto, se garantizará que los mismos funcionen sobre entorno gnuLinEx y en red.</p>
<p class = "tab">	c)  Modalidad C: Una Escuela por el Desarrollo STEAM. La competencia STEM supone  ser capaz de identificar, aplicar y/o reflexionar sobre las formas de hacer, pensar y hablar propias de la ciencia, la ingeniería y las matemáticas . Además, una escuela que fomenta el desarrollo de la competencia STEM, no puede olvidarse de las Artes entendidas como la suma de las Humanidades, el Arte y las Ciencias Sociales, para no deshumanizar el avance científico y tecnológico apartándolo de su contexto social, humano, histórico, cultural y ético. Asimismo, una escuela para el desarrollo STEAM debe tener presente el fomento de la actividad emprendedora y de las vocaciones científicas del alumnado, especialmente entre las alumnas a través de la utilización de las TIC y la realización de experiencias de taller, campo o laboratorio.</p>
<p class="negrita">Segundo. Beneficiarios.</p>
<p>Podrá optar a estos premios el personal que se encuentre en activo durante la realización del trabajo o experiencia de los centros educativos sostenidos con fondos públicos en los niveles previos a la Universidad y las asociaciones de madres y padres del alumnado debidamente inscritas en el registro creado mediante el Decreto 111/2010, de 7 de mayo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.</p>
<p>Las personas participantes podrán concurrir de forma individual o como equipo de trabajo.</p>
<p class="negrita">Tercero. Bases reguladoras.</p>
<p>Todo ello conforme a lo establecido en las bases reguladoras de este premio establecidas en la Orden de 31 de marzo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras del Premio Joaquín Sama a la innovación educativa en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 69, de 12 de abril de 2023).</p>
<p class="negrita">Cuarto. Cuantía.</p>
<p>El importe total para esta convocatoria es de 31.500 euros, que se imputará con cargo al órgano gestor 130020000, aplicación presupuestaria G/222G/48000, fondo CAG0000001, y proyecto de financiación 20240083, según los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024, vigentes en el ejercicio 2026 mediante prórroga a la Ley 1/2024, del 5 de febrero. De dicho importe se destinarán 10.500 euros para cada una de las tres modalidades.</p>
<p>La cuantía de los premios en cada una de las tres modalidades anteriores será la siguiente:</p>
<p class = "tab">	—  Primer premio: 6.000 euros.</p>
<p class = "tab">	—  Segundo premio: 3.000 euros.</p>
<p class = "tab">	—  Tercer premio: 1.500 euros.</p>
<p class="negrita">Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p>
<p>El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles, y comenzará a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.</p>
<lugarfirma>Mérida, 16 de abril de 2026.</lugarfirma>
<firma>
<cargo>La Secretaria General de Educación y Formación Profesional,</cargo>
<norma>PD, Resolución de 6 de noviembre de 2024 (DOE n.º 217, de 7 de noviembre),</norma>
<cargofirmante></cargofirmante>
<firmante>M.ª DEL PILAR PÉREZ GARCÍA</firmante>
 </firma>
</texto>
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