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<metadatos>
<identificador>2026061027</identificador>
<titulo>RESOLUCIÓN de 27 de abril de 2026, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al segundo Acuerdo de prórroga para el año 2026, del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Mancomunidad Zona de Barros en la prestación de información, valoración y orientación de los Servicios Sociales de Atención Social Básica, suscrito con fecha 17 de enero de 2024. </titulo>
<numeroDoe>85</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260506</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL</organismo>
<rango>RESOLUCIÓN</rango>
<pagina_inicial>18148</pagina_inicial>
<pagina_final>18153</pagina_final>
<descriptor>Convenios</descriptor> 
<url_pdf>2026/850o/26061027.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>Habiéndose firmado el día 26 de diciembre de 2025, el segundo Acuerdo de prórroga para el año 2026, del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Mancomunidad Zona de Barros en la prestación de información, valoración y orientación de los Servicios Sociales de Atención Social Básica, suscrito con fecha 17 de enero de 2024, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 del Decreto 154/2025, de 18 de noviembre, por el que se regula la actividad convencional y el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,</p>
<p class = "centro">RESUELVO:</p>
<p>La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo que figura como anexo de la presente resolución.</p>
<lugarfirma>Mérida, 27 de abril de 2026.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>El Secretario General,</cargofirmante>
<firmante>DAVID GONZÁLEZ GIL</firmante>
 </firma>
<p class = "centro">SEGUNDO ACUERDO DE PRÓRROGA, PARA EL AÑO 2026, DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA MANCOMUNIDAD ZONA DE BARROS EN LA PRESTACIÓN DE INFORMACIÓN, VALORACIÓN Y ORIENTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN SOCIAL BÁSICA, SUSCRITO CON FECHA 17 DE ENERO DE 2024.</p>
<p>26 de diciembre de 2025.</p>
<p class = "centro">REUNIDOS</p>
<p>De una parte, D.ª Sara García Espada, Consejera de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, cargo para la que ha sido nombrada por Decreto de la Presidenta 21/2023, de 20 de julio (DOE núm. 140, de 21 de julio), actuando en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 36.a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, previa autorización del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 25 de noviembre de 2025.</p>
<p>Y de otra, Don Eduardo Jiménez Martín, Presidente de la Mancomunidad Zona de Barros, cargo para el que ha sido elegido con fecha de 22 de septiembre de 2023, actuando en virtud de las atribuciones que le confieren los Estatutos por los que se rige dicha Mancomunidad y previa autorización de su Asamblea celebrada en sesión plenaria el día 2 de octubre de 2025.</p>
<p>En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad para obligarse en los términos de la presente prórroga y a tal efecto,</p>
<p class = "centro">EXPONEN</p>
<p><span class="negrita">Primero. </span><span class="normal">Con fecha 17 de enero de 2024, se suscribió Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Mancomunidad Zona de Barros en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica. </span></p>
<p><span class="negrita">Segundo. </span><span class="normal">La cláusula décima relativa al periodo de vigencia del convenio establece que:  El presente Convenio entrará en vigor el mismo día de su firma, si bien, teniendo en cuenta su objeto, tendrá efectos desde el día 1 de enero de 2024 hasta el día 31 de diciembre del 2024, y con independencia del plazo de 17 de febrero de 2025, que regula la cláusula cuarta a efectos de justificación por parte de la Mancomunidad. </span></p>
<p>En cualquier momento antes del 31 de diciembre de 2024, fecha de finalización del presente Convenio, las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga en función de las disponibilidades presupuestarias, o su extinción. La prórroga del Convenio podrá conllevar la actualización de la financiación y compromisos económicos de cada parte firmante .</p>
<p>Todo ello de acuerdo con los artículos 3.1 g) y 4 del Decreto 99/2016, de 5 de julio, por el que se regula la colaboración entre la Junta de Extremadura y las entidades locales en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica de la Comunidad Autónoma de Extremadura.</p>
<p><span class="negrita">Tercero. </span><span class="normal">Con fecha 16 de diciembre de 2024, se suscribió acuerdo de prórroga y actualización de la financiación, para el año 2025, del convenio de colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Mancomunidad Zona de Barros, en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica para el período comprendido entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025. </span></p>
<p><span class="negrita">Cuarto. </span><span class="normal">Próxima a finalizar la vigencia del acuerdo de prorroga suscrito, ambas partes están interesadas en acordar una segunda prórroga del contenido del convenio suscrito para el año 2026, en los términos de las cláusulas que se recogen en la parte dispositiva de este acuerdo y dentro del límite previsto en el artículo 49 letra h) punto 2º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, con el fin de garantizar la continuidad de la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica, que permita a su vez garantizar el derecho subjetivo y universal de la ciudadanía de acceso al sistema público de servicios sociales con objeto de promover el bienestar social y contribuir al pleno desarrollo de las personas y la justicia social, de acuerdo con la Ley 14/2015, de 9 de abril, Servicios Sociales de Extremadura. </span></p>
<p><span class="negrita">Quinto. </span><span class="normal">Ambas partes consideran necesario acordar la segunda prórroga del convenio, en base a razones de agilidad administrativa al ser un procedimiento más efectivo para seguir garantizando la financiación de la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica y con ello conseguir garantizar la continuidad de dicha prestación de forma eficiente que mejore su calidad. </span></p>
<p>Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan, por unanimidad, suscribir el presente segundo acuerdo de prórroga al referido convenio conforme a las siguientes</p>
<p class = "centro">CLÁUSULAS</p>
<p><span class="negrita">Primera. </span><span class="normal">Se prórroga para el periodo comprendido desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, la vigencia del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Mancomunidad Zona de Barros en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica, suscrito el 17 de enero de 2024. </span></p>
<p><span class="negrita">Segunda. </span><span class="normal">La financiación de la presente prórroga para el año asciende a la cantidad de doscientos ochenta y cinco mil novecientos cincuenta y cinco euros con cincuenta y tres céntimos (285.955,53 €), para lo cual la Consejería de Salud y Servicios Sociales aportará la cantidad de doscientos ochenta y tres mil noventa y cinco euros con noventa y siete céntimos (283.095,97 €), correspondiente al 99 % de la financiación de la misma, y a la Mancomunidad la cantidad de dos mil ochocientos cincuenta y nueve euros con cincuenta y seis céntimos (2.859,56 €), correspondiente a la diferencia hasta alcanzar el 100% de la financiación de la misma, conforme al presupuesto que se detalla en el anexo de la presente prórroga. </span></p>
<p><span class="negrita">Tercera. </span><span class="normal">La aportación económica de la Consejería de Salud y Servicios Sociales para la financiación de la prórroga se realizará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026, aplicación presupuestaria 110030000/G/252B/46000/CAG0000001/20160094 Servicios Sociales de Atención Social Básica, con fuente de financiación Comunidad Autónoma. </span></p>
<p>La aportación económica de la Mancomunidad para la financiación de la prórroga se financiará con cargo a los Presupuestos de la Mancomunidad para el año 2026.</p>
<p><span class="negrita">Cuarta. </span><span class="normal">La presente prórroga queda sometida a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los correspondientes presupuestos para el año 2026 para financiar las obligaciones derivadas de la misma. </span></p>
<p>Y para que así conste y en prueba de conformidad, firman la presente prórroga mediante firma electrónica, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.</p>
<firma class="colizq">
<cargo>La Consejera de Salud </cargo>
<norma>y Servicios Sociales,</norma>
<cargofirmante></cargofirmante>
<firmante>D.ª SARA GARCÍA ESPADA</firmante>
 </firma>
<firma class="colder">
<cargo>El Presidente de la </cargo>
<norma>Mancomunidad Zona de Barros,</norma>
<cargofirmante></cargofirmante>
<firmante>EDUARDO JIMÉNEZ MARTÍN</firmante>
 </firma>
</texto>
</publicacion>