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<identificador>2026040116</identificador>
<titulo>DECRETO 95/2026, de 12 de mayo, por el que se dispone el nombramiento como Director General de la Fundación de Relaciones Laborales de Extremadura de don José Alberto Pérez Álvarez. </titulo>
<numeroDoe>90</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260513</fecha_publicacion>
<apartado>II AUTORIDADES Y PERSONAL</apartado>
<subapartado>1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS</subapartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL</organismo>
<rango>DECRETO</rango>
<pagina_inicial>19795</pagina_inicial>
<pagina_final>19796</pagina_final>
<descriptor>Nombramientos</descriptor> 
<url_pdf>2026/900o/26040116.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>La Fundación de Relaciones Laborales de Extremadura se constituye como una fundación del sector público autonómico, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, dedicada a la consecución de fines de interés general, sin ánimo de lucro, y al amparo de lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de fundaciones.</p>
<p>El apartado 1 del artículo 24 de los Estatutos de la Fundación establece que la persona que ocupe dicho cargo será nombrada por el Consejo de Gobierno a propuesta del Patronato, que le otorgará las facultades necesarias para el desempeño de sus funciones.</p>
<p>De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto de la Presidenta en el artículo 2 del Decreto de la Presidenta 11/2026, de 29 de abril, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se crean las Vicepresidencias, la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital  ejercerá las competencias en materia de planificación y coordinación económica y estadística, comercio e inver­siones y la política empresarial, promoción de la empresa y apoyo al emprendedor; así como las competencias en materia de trabajo y políticas de empleo, las de sociedad de la información y telecomunicaciones. Asimismo, ejercerá las de política tecnológica de carácter corporativo, administración electrónica y atención y participación ciudadana .</p>
<p>Asimismo, en virtud de lo establecido en el artículo 21 del Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Fundación de Relaciones Laborales de Extremadura queda adscrita a la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital.</p>
<p>El artículo 3 a) de la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que en todo caso tienen la consideración de alto cargo,  las personas que asuman la máxima dirección de los organismos, empresas, sociedades, fundaciones, consorcios y resto de entidades del Sector Público Autonómico, siendo sus funciones de carácter ejecutivo y por las que perciban retribuciones fijas y periódicas . Asimismo, el artículo 13 de la citada Ley 1/2014, de 18 de febrero dispone que el nombramiento de los altos cargos se llevará a cabo, en todo caso, por Decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura.</p>
<p>Tras la entrada en vigor de la Ley 5/2023, de 27 de julio, de modificación de la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, fue derogado el artículo 13 bis de la citada ley, que exigía que, con carácter previo al nombramiento de los altos cargos definidos en esa ley, se produjera una comparecencia de la persona propuesta como candidata ante la comisión correspondiente de la Asamblea de Extremadura.</p>
<p>El Patronato de la Fundación, en su sesión de 11 de mayo de 2026, y de acuerdo con el procedimiento establecido en los artículos 21 y 24 de sus Estatutos, ha acordado  Proponer para su nombramiento por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, a D. José Alberto Pérez Álvarez ( )  procediendo a dar traslado de tal acuerdo a esta Consejería.           </p>
<p>A propuesta del Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital, de conformidad con lo establecido en los artículos 23.o) y 36.g) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 12 de mayo de 2026,</p>
<p class = "centro">DISPONGO:</p>
<p>Nombrar como Director Gerente de la Fundación de Relaciones Laborales de Extremadura de don José Alberto Pérez Álvarez.</p>
<p>El presente decreto surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. </p>
<lugarfirma>Mérida, 12 de mayo de 2026.</lugarfirma>
<firma class="colizq">
<cargo>El Consejero de Economía, Empleo y </cargo>
<norma>Transformación Digital,</norma>
<cargofirmante></cargofirmante>
<firmante>GUILLERMO SANTAMARÍA GALDÓN</firmante>
 </firma>
<firma class="colder">
<cargo>La Presidenta de </cargo>
<norma>la Junta de Extremadura,</norma>
<cargofirmante></cargofirmante>
<firmante>MARÍA GUARDIOLA MARTÍN</firmante>
 </firma>
</texto>
</publicacion>