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<identificador>2026061151</identificador>
<titulo>RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2026, de la Dirección General de Tributos, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 194/2026, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el recurso contencioso-administrativo n.º 458/2025. </titulo>
<numeroDoe>91</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260514</fecha_publicacion>
<apartado>III OTRAS RESOLUCIONES</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE HACIENDA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DIÁLOGO SOCIAL</organismo>
<rango>RESOLUCIÓN</rango>
<pagina_inicial>20645</pagina_inicial>
<pagina_final>20645</pagina_final>
<descriptor>Sentencias</descriptor> 
<descriptor>Ejecución</descriptor>
<url_pdf>2026/910o/26061151.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>Ha recaído sentencia n.º 194 de 23 de marzo de 2026 por la que se resuelve el recurso contencioso-administrativo n.º 458 de 2025, promovido por el Procurador D. Juan Carlos Bustillo Busalacchi, en nombre y representación de Sol de Badajoz, SL, con la asistencia letrada de D. Eduardo Mejías Gálvez, siendo parte demandada la Administracion General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado, recurso que versa sobre la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Extremadura de 27 de junio de 2025, que desestima las reclamaciones económico- administrativas derivadas de una comprobación de valores de la entidad  Sol de Badajoz , sociedad limitada.</p>
<p>En virtud de lo dispuesto en el artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, esta Dirección General de Tributos, de acuerdo con la Resolución de 10 de agosto de 2023, de la Consejera, por la que se delegan en quienes ostenten la titularidad de algunos de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública el ejercicio de determinadas competencias (DOE n.º 156, de 14 de agosto),</p>
<p class = "centro">RESUELVE:</p>
<p>Proceder a la ejecución del fallo de la sentencia n.º 194/2026 de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el recurso contencioso-administrativo n.º 458/2025, llevando a puro y debido efecto el fallo cuya parte dispositiva dice:</p>
<p class = "tab">	  Que en atención a lo expuesto debemos de estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo presentado por Sol Badajoz, SL, contra la resolución del TEARE de 27 de junio de 2025 a que se refieren los presentes autos, y en su virtud la debemos de anular y anulamos la resolución del TEARE impugnada y todo ello con expresa condena en costas respecto de las Administraciones recurridas hasta la cuantía máxima de 1.000 euros más el IVA correspondiente para cada una de las Administraciones codemandadas .</p>
<lugarfirma>Mérida, 6 de mayo de 2026.</lugarfirma>
<firma>
<cargo></cargo>
<norma></norma>
<cargofirmante>La Directora General de Tributos,</cargofirmante>
<firmante>FÁTIMA PABLOS MATEOS</firmante>
 </firma>
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