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<publicacion>
<metadatos>
<identificador>2026080827</identificador>
<titulo>ANUNCIO de 15 de mayo de 2026 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de instalación de recogida y almacenamiento temporal de residuos y planta de reciclaje de palets, promovido por Jerez Palets y Reciclajes Higuera, SL, en el término municipal de Higuera la Real (Badajoz). </titulo>
<numeroDoe>97</numeroDoe>
<tipo>Ordinario</tipo>
<fecha_publicacion>20260522</fecha_publicacion>
<apartado>IV ANUNCIOS</apartado>
<organismo>CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA, CIENCIA Y TERRITORIO</organismo>
<rango>ANUNCIO</rango>
<pagina_inicial>22196</pagina_inicial>
<pagina_final>22200</pagina_final>
<descriptor>Información pública</descriptor> 
<url_pdf>2026/970o/26080827.pdf</url_pdf>
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<texto>
 <p>Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) del proyecto de instalación de recogida y almacenamiento temporal de residuos y planta de reciclaje de palets, promovido por Jerez Palets y Reciclajes Higuera, SL, en el término municipal de Higuera la Real (Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio, previa cita solicitada a través del correo electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es.</p>
<p>Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.</p>
<p>De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el artículo 17.6 del Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio.</p>
<p>Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.</p>
<p>Los datos generales del proyecto son:</p>
<p class = "tab">	—  Categoría Ley 16/2015: </p>
<p class = "tab">	     Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en la categoría 9.1, del anexo II, relativa  Instalaciones para la valorización o eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I  y categoría 9.3, del anexo II,  Instalaciones de gestión de residuos inertes mediante almacenamiento de los mismos, con carácter previo a su valorización o eliminación .</p>
<p class = "tab">	     El proyecto se encuentra sometido al procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada, al encontrarse incluido en el grupo 9.b del anexo II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, relativo a  Instalaciones de eliminación o valorización de residuos no incluidas en el anexo I, excepto la eliminación o valorización de residuos propios no peligrosos en el lugar de producción .</p>
<p class = "tab">	—  Actividad: </p>
<p class = "tab">	     La actividad que se va a desarrollar consiste en la recogida y almacenamiento temporal de residuos no peligrosos, así como el reciclaje de pallets.</p>
<p class = "tab">	—  Ubicación:</p>
<p class = "tab">	     La planta se ubicará en las instalaciones que la promotora dispone y que se encuentran existentes en el polígono industrial La Chácara, n.º 16, 06350 de Higuera la Real (Badajoz). Esta parcela tiene las siguientes características: </p>
<p class = "tab">		   Clasificada como suelo urbano. </p>
<p class = "tab">		   Uso principal: Industrial.</p>
<p class = "tab">		   Con referencia catastral 2335116QC0223N0001QG. </p>
<p class = "tab">		   Superficie catastral parcela 2.882 m2. </p>
<p class = "tab">		    Superficie a utilizar: 1.115 m2.</p>
<p class = "tab">		   Coordenadas: </p>
<p class = "tab">			UTM ETRS-89. </p>
<p class = "tab">			Huso UTM: 29N</p>
<p class = "tab">			Coord. X: 702.316 </p>
<p class = "tab">			Coord. Y: 4.223.131</p>
<p class = "tab">	—  Capacidad:</p>
<p class = "tab">	    Capacidad de almacenamiento estimada: 3.940 t/año.</p>
<p class = "tab">	—  El proyecto engloba las siguientes operaciones de valorización:</p>
<p class = "tab">		   R1201   Clasificación de residuos. </p>
<p class = "tab">		   R1302   Almacenamiento de residuos en el ámbito de tratamiento, correspondiente al acopio temporal del material previo a su tratamiento y reciclaje definitivo. </p>
<p class = "tab">	—  Los residuos sobre los que se realiza la actividad se enumeran, con referencia a los códigos LER:</p>
<table>
<tr>
<th class="negrita">
CÓDIGO LER
</th>
<th class="negrita">
RESIDUO
</th>
<th class="negrita">
ORIGEN
</th>
<th class="negrita">
DESTINO
</th>
</tr>
<tr>
<td>
17 04 01
</td>
<td>
Cobre, bronce, latón
</td>
<td rowspan = "7">
Recogida y almacenamiento de chatarra metálica
</td>
<td rowspan = "7">
Valorización 
Económica
</td>
</tr>
<tr>
<td>
17 04 02
</td>
<td>
Aluminio
</td>
</tr>
<tr>
<td>
17 04 03
</td>
<td>
Plomo
</td>
</tr>
<tr>
<td>
17 04 04
</td>
<td>
Zinc
</td>
</tr>
<tr>
<td>
17 04 05
</td>
<td>
Hierro y acero
</td>
</tr>
<tr>
<td>
17 04 06
</td>
<td>
Estaño
</td>
</tr>
<tr>
<td>
17 04 07
</td>
<td>
Metales mezclados
</td>
</tr>
<tr>
<td>
15 01 01
</td>
<td>
Envases de papel y cartón
</td>
<td rowspan = "5">
Operaciones de reciclaje de palets
</td>
<td rowspan = "5">
Valorización 
Económica
</td>
</tr>
<tr>
<td>
15 01 02
</td>
<td>
Envases de plástico
</td>
</tr>
<tr>
<td>
15 01 03
</td>
<td>
Envases de madera
</td>
</tr>
<tr>
<td>
20 01 38
</td>
<td>
Madera distinta de la especificada en el código 20 01 37
</td>
</tr>
<tr>
<td>
20 01 39
</td>
<td>
Plásticos
</td>
</tr>
</table>
<p class = "tab">	—  Los residuos generados en la actividad son los siguientes:</p>
<p class = "tab">	    Residuos peligrosos:</p>
<table>
<tr>
<th class="negrita">
CÓDIGO LER
</th>
<th class="negrita">
RESIDUO
</th>
<th class="negrita">
ORIGEN
</th>
</tr>
<tr>
<td>
20 01 21*
</td>
<td>
Tubos fluorescentes y otros residuos que contienen mercurio
</td>
<td>
Oficinas
</td>
</tr>
<tr>
<td>
15 02 02*
</td>
<td>
Absorbentes, materiales de filtración (incluidos los filtros de aceite no especificados en otra categoría), trapos de limpieza y ropas protectoras contaminados por sustancias peligrosas
</td>
<td>
Limpieza de instalaciones
</td>
</tr>
</table>
<p class = "tab">	    Residuos no peligrosos:</p>
<table>
<tr>
<th class="negrita">
CÓDIGO LER
</th>
<th class="negrita">
RESIDUO
</th>
<th class="negrita">
ORIGEN
</th>
</tr>
<tr>
<td>
03 01 05
</td>
<td>
Serrín, virutas, recortes, madera, tableros de partículas y chapas distintos de los mencionados en el código 03 01 04
</td>
<td rowspan = "6">
Restos de plásticos, maderas, puntas, grapas, etc. provenientes de la actividad de reciclaje de pallets
</td>
</tr>
<tr>
<td>
16 01 17
</td>
<td>
Metales férreos
</td>
</tr>
<tr>
<td>
16 01 18
</td>
<td>
Metales no férreos
</td>
</tr>
<tr>
<td>
17 02 01
</td>
<td>
Madera
</td>
</tr>
<tr>
<td>
17 02 03
</td>
<td>
Plástico
</td>
</tr>
<tr>
<td>
17 04 07
</td>
<td>
Metales mezclados
</td>
</tr>
</table>
<p class = "tab">	—  Equipos principales:</p>
<p class = "tab">		   Camión carga y descarga (1).</p>
<p class = "tab">		  Desmontadora palets (1).</p>
<p class = "tab">		  Compresor de aire (1).</p>
<p class = "tab">		  Pistola neumática (1).</p>
<p class = "tab">		  Carretilla elevadora (1).</p>
<p class = "tab">	    La parcela y la instalación ya tiene los siguientes servicios:</p>
<p class = "tab">		  Oficinas.</p>
<p class = "tab">		  Zona de descarga.</p>
<p class = "tab">		  Nave de almacenamiento de residuos no peligrosos.</p>
<p class = "tab">		  Zona de descarga de palets.</p>
<p class = "tab">		  Aseos.</p>
<p>Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Gestión Sostenible y Política Forestal de la Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio.</p>
<p>Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.</p>
<lugarfirma>Mérida, 15 de mayo de 2026. El Director General de Gestión Sostenible y Política Forestal, JUAN ELOY RODRÍGUEZ UCEDO.</lugarfirma>
</texto>
</publicacion>