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RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2022, de la Gerencia, por la que se anuncia la convocatoria de pruebas selectivas, por promoción interna, en el puesto del personal laboral de Administración y Servicios, mediante el sistema de concurso-oposición.
DOE Número: 106
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 03 de junio de 2022
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
Organismo: UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Pruebas selectivas.
Página Inicio: 25940
Página Fin: 25966
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo previsto en el artículo 32 del IV Convenio Colectivo para el personal laboral de Administración y Servicios de la Universidad de Extremadura (DOE de 20 de agosto de 2020), y para propiciar la promoción interna vertical del referido colectivo, este Rectorado, en uso de las competencias que le vienen atribuidas por el artículo 93 de los Estatutos de la Universidad, aprobados por Decreto 65/2003, de 8 de mayo (DOE de 23 de mayo), modificado por Decreto 190/2010, de 2 de octubre (DOE de 7 de octubre) y aplicando las bases generales aplicables a estos procesos aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Extremadura, en sesión de 22 de octubre de 2022 (publicadas en el DOE de 4 de noviembre de 2020), ha resuelto convocar concurso-oposición con sujeción a las siguientes:
BASES DE LA CONVOCATORIA
Primera. Normas generales.
1.1. Se convocan pruebas selectivas de promoción interna vertical para cubrir puestos de trabajo de personal laboral de Administración y Servicios de la Universidad de Extremadura, mediante el sistema de concurso oposición.
1.2. El proceso selectivo se regirá, con carácter general, por la legislación reguladora de la autonomía universitaria y otras disposiciones que la complementan, así como por los Estatutos de la Universidad de Extremadura (Decreto 65/2003, de 8 de mayo); además, por la legislación estatal básica y por la autonómica de desarrollo de aquélla en materia de función pública, y por lo dispuesto en el IV Convenio Colectivo para el personal laboral de Administración y Servicios de la Universidad de Extremadura, publicado por Resolución de 4 de agosto de 2020, de la Dirección General de Trabajo (DOE de 20 de agosto de 2020).
1.3. En el caso de obtenerse por promoción interna vertical un puesto de trabajo en una nueva categoría, se aplicara la normativa vigente sobre excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público al objeto de ocupar un único puesto de trabajo, debiendo elegir la categoría en que se permanecerá en activo y en la que se pasara a la situación de excedencia voluntaria.
Segunda. Puestos de trabajo.
Los puestos de trabajo objeto de la presente convocatoria son las siguientes:
Un puesto de trabajo de Titulado de Grado Medio (Laboratorio), Subgrupo A2.
Tercera. Requisitos de las personas aspirantes.
3.1. Para ser admitida a la realización de estas pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser personal fijo de plantilla, acogido al IV Convenio Colectivo para personal laboral de Administración y Servicios. Con la salvedad establecida para las personas excedentes por cuidados familiares, el resto de excedentes voluntarios deberán haber cumplido el plazo mínimo de excedencia.
b) Estar en posesión del título universitario de Grado, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o títulos equivalentes reconocidos oficialmente.
c) Las personas participantes al proceso objeto de esta resolución, deberán hacerlo en el campo o campos de conocimiento al que esté adscrito el puesto de trabajo que ocupen, conforme a la relación de puestos de trabajo vigente al momento de la convocatoria.
3.2. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la formalización del contrato como personal laboral fijo de la Universidad de Extremadura.
Cuarta. Solicitudes.
4.1. Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán hacerlo constar en solicitud que será facilitada gratuitamente en el Registro General de esta Universidad (Avda. de Elvas, s/n., 06006 -Badajoz- y Plaza de los Caldereros 2, 10003 -Cáceres-), según modelo que figura como ANEXO I en la presente convocatoria. Este modelo también estará disponible en la página web de la Universidad de Extremadura.
4.2. Las personas aspirantes deberán presentar, debidamente ordenada, cuanta documentación estimen oportuna para la valoración de sus méritos personales en la fase de concurso, en el modelo establecido en el ANEXO III.
Las personas aspirantes que hayan prestado servicios que puedan ser valorados, conforme a lo establecido en cada convocatoria, deberán acompañar certificación expedida por la unidad administrativa competente en materia de recursos humanos, donde se detalle, expresamente, la antigüedad y destino referente a los servicios prestados que consten, fehacientemente acreditados, en sus expedientes personales.
4.3. En la tramitación de sus solicitudes, las personas aspirantes tendrán en cuenta lo siguiente:
a) Las solicitudes se dirigirán al Rector Magnífico de la Universidad de Extremadura.
b) La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de Extremadura (Avenida de Elvas, s/n., 06071 -Badajoz- y Plaza de los Caldereros número 2, 10071 -Cáceres-, o en cualquiera de los Centros de la Universidad de Extremadura); también se podrá presentar en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
c) El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
4.4. Las personas aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en el cumplimiento de su solicitud:
a) En el recuadro destinado a Grupo o Subgrupo Profesional o Categoría las personas solicitantes indicarán la referida a la convocatoria de que se trate.
b) En el recuadro destinado a forma de acceso, las personas solicitantes indicarán P.I.P. (promoción interna en el puesto) y, a continuación, indicarán el campo de conocimiento por el que desean realizar las pruebas: (P.I.P. - B , si es el campo Biomédico; P.I.P. - C, si se trata del campo Científico o P.I.P. - T, si fuera el campo Técnico).
c) Las personas aspirantes que tengan reconocida algún tipo de discapacidad deberán indicarlo en la instancia, así como el tipo de discapacidad por la que están afectados. Aquellos aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización de las pruebas selectivas, además de indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, deberán presentar dentro del plazo referido en la base 4.3 c) de las presentes bases de convocatoria, escrito en el que soliciten el tipo de adaptación que necesiten, así como certificado médico acreditativo de la discapacidad. El órgano de selección podrá recabar informe y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
d) En el recuadro destinado a datos a consignar según la convocatoria , las personas aspirantes indicarán, en su caso, el grado de discapacidad que les habilite para acudir al proceso a la plaza específicamente reservada para este personal. De no especificarse o acreditarse este requisito, la solicitud de participación se entiende realizada al general de las plazas convocadas.
4.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
4.6. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esa naturaleza.
Quinta. Admisión de aspirantes.
5.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Gerente de la Universidad de Extremadura dictará, por delegación del Rector, resolución en el plazo máximo de dos meses, por la que se declarará aprobada la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas a las pruebas selectivas. Esta resolución será publicada en el Diario Oficial de Extremadura junto con la relación de las personas aspirantes excluidas con indicación de la causa de exclusión.
5.2. Las personas aspirantes excluidas expresamente, así como las que no figuren en la relación de admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de personas admitidas y excluidas. Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de personas admitidas, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores, en el supuesto de producirse, y de posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes deberán comprobar fehacientemente no sólo que no figuran recogidas en la relación de excluidas, sino, además, que sus nombres figuran en la pertinente relación de personas admitidas.
5.3. En el término de quince días desde que termine el plazo de subsanación de errores, la Gerencia publicará en el Diario Oficial de Extremadura, la resolución por la que se eleve a definitivas las listas de personas admitidas y excluidas. En la misma se determinará el lugar y fecha del comienzo de los ejercicios y, en su caso, orden de actuación de las personas aspirantes.
Contra la citada resolución, podrá interponerse el recurso administrativo correspondiente, conforme a lo previsto en el artículo 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Sexta. Órgano de selección.
6.1. El órgano de selección del presente proceso selectivo será el que figura como ANEXO V en la presente convocatoria.
6.2. El procedimiento de actuación del órgano de selección se ajustará a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el Convenio Colectivo y demás disposiciones vigentes.
En el funcionamiento interno se actuara conforme al Manual de Instrucciones para los Tribunales de Selección del Personal de Administración y Servicios.
6.3. Las personas que componen el órgano de selección deberán abstenerse de intervenir, comunicándolo al Rector de la Universidad de Extremadura, cuando concurra en ellas alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si se hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria. El Presidente deberá solicitar de los miembros del órgano de selección declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en la citada Ley 40/2015, así como de los asesores especialistas y del personal auxiliar que el órgano de selección incorpore a su trabajo.
Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a las personas que componen el órgano de selección cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
6.4. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad que convoca publicará, en el Diario Oficial de Extremadura, resolución por la que se nombren a las nuevas personas del órgano de selección que hayan de sustituir a las que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 6.3.
6.5. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el órgano de selección con la asistencia, al menos, de la mitad de sus componentes, siendo necesaria la asistencia obligada del Presidente y el Secretario.
El órgano de selección acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
6.6. A partir de su constitución y para el resto de las sesiones, el órgano de selección, para actuar válidamente, requerirá la misma mayoría indicada en el apartado anterior.
6.7. Dentro de la fase de oposición, el órgano de selección resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así como se deba actuar en los casos no previstos.
6.8. El órgano de selección podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Extremadura, y será objeto de publicidad.
Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, se podrá designar personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del órgano de selección.
6.9. El órgano de selección adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que las personas aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de las demás personas participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten, en la forma prevista en la base 4.4 c), las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
6.10. El Presidente del órgano de selección adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes.
6.11. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, todos los órganos de selección tendrán su sede en el Rectorado de la Universidad de Extremadura, Servicio de Recursos Humanos (Plaza de los Caldereros núm. 2, 10011 Cáceres, teléfono 927 257013). En esta sede, al menos, una persona, componente o no del órgano de selección, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con las pruebas selectivas.
6.12. El órgano de selección tendrá la categoría primera de las recogidas en la normativa reguladora de indemnizaciones por razón de servicio.
6.13. En ningún caso el órgano de selección podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de personas aspirantes que el de puestos de trabajo convocados. Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
Al objeto de asegurar la cobertura de los puestos de trabajo convocados, cuando se produzcan renuncias de las personas aspirantes seleccionadas, antes de su contratación, el órgano que convoca podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de las personas aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible contratación como personal laboral fijo.
6.14. Contra las actuaciones y actos de trámite del órgano de selección que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de Extremadura en el plazo de un mes.
Séptima. Sistema selectivo.
El procedimiento de selección para las plazas convocadas será el de concurso-oposición.
7.1. Fase de oposición.
Las pruebas a superar en la fase de oposición, supondrán un sesenta (60) por ciento del total de la puntuación del proceso selectivo.
Se compondrán de dos ejercicios obligatorios y de carácter eliminatorio, cada uno de ellos, ajustándose a las siguientes previsiones:
a) Primer ejercicio.
Consistirá en contestar a un cuestionario compuesto por un máximo de ochenta (80) preguntas con cuatro (4) respuestas, siendo sólo una de ellas la correcta, relacionadas con el contenido íntegro del programa que figura en el ANEXO IV de esta convocatoria.
Los aspirantes a la promoción de personal tendrán el programa específico que atienda al campo de conocimiento elegido, entre los que se encuentre adscrito el puesto que se ocupa al momento de participar en el proceso selectivo, según consta en la relación de puestos de trabajo vigente al momento de la convocatoria.
Las personas aspirantes marcarán las respuestas en las correspondientes hojas de examen, no penalizando las contestaciones erróneas.
El órgano de selección determinara el tiempo para la realización de este ejercicio, que no será inferior a ciento veinte (120) minutos.
Se calificara de cero (0) a treinta (30) puntos, siendo necesario obtener un mínimo de quince (15) puntos para superarlo.
b) Segundo ejercicio.
Consistirá en resolver uno o dos supuestos prácticos o pruebas prácticas, a elegir entre dos o cuatro propuestos por el órgano de selección, según corresponda, relacionados con el programa de materias del Grupo o Subgrupo, Categoría y Especialidad a que correspondan los puestos de trabajo convocados, en el tiempo y con los medios auxiliares que el órgano de selección disponga.
El contenido de este ejercicio estará dirigido a apreciar la capacidad de las personas aspirantes para llevar a cabo las tareas propias de las plazas a cubrir.
El tiempo para la realización de este ejercicio será, como máximo, de ciento veinte (120) minutos.
Se calificara de cero (0) a treinta (30) puntos, siendo necesario obtener un mínimo de quince (15) puntos para superarlo, y no obtener cero (0) puntos en alguno de los supuestos realizados, en el caso de ser varios.
Para superar la fase de oposición, las personas aspirantes deberán obtener un mínimo de treinta (30) puntos.
7.2. Fase de concurso: baremo de méritos.
La fase de concurso se valorara conforme al baremo que se reseña en el ANEXO II, con el detalle de la puntuación en cada apartado de los méritos que se pueden aportar, que comprenderá un cuarenta (40) por ciento del total de la puntuación del proceso selectivo.
Octava. Programas.
8.1. El programa que ha de regir las pruebas selectivas, para cada campo de conocimiento, será el que figura como ANEXO IV de la presente convocatoria.
8.2. En todo caso, el órgano de selección exigirá la normativa vigente el día de publicación de la convocatoria.
Novena. Calendario y desarrollo de los ejercicios de la fase de oposición.
9.1. El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará a partir del día 1 de septiembre de 2022, determinándose en la resolución que se indica en la base 5.3 el lugar y la fecha de su realización.
9.2. El órgano de selección hará público los criterios de evaluación que se vayan a utilizar para las distintas pruebas, con carácter previo al desarrollo de las mismas.
9.3. El anuncio de celebración de los restantes ejercicios no será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y se efectuara a través de las resoluciones del órgano de selección en las que se hagan públicas las relaciones de personas aprobadas del ejercicio anterior.
9.4. El orden de actuación de las personas aspirantes para la realización de las diferentes pruebas se iniciara por la persona candidata cuyo primer apellido comience por la letra resultante del sorteo realizado por la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, publicado a través de Anuncio para cada año en el Diario Oficial de Extremadura.
En aquellas pruebas que, por el número de personas aspirantes, sea necesario establecer distintos turnos de actuación, éstas se establecerán alfabéticamente, iniciándose por la persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra resultante del sorteo referido en el párrafo anterior.
9.5. n cualquier momento las personas aspirantes podrán ser requeridas por los componentes del órgano de selección con la finalidad de acreditar su identidad.
9.6. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidas de las pruebas quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el órgano de selección.
9.7. En cualquier momento del proceso selectivo si el órgano de selección tuviere conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria o de la existencia de falsedad documental, previa audiencia de la persona interesada, propondrá su exclusión al Rector de la Universidad de Extremadura, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
9.8. Corresponderá al órgano de selección la verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes.
9.9. Las personas aspirantes que acudan a cada ejercicio de los que compongan la fase de oposición tendrán derecho a que se les haga entrega del cuestionario o supuestos prácticos que se planteen por el órgano de selección.
9.10. Una vez realizado cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el órgano de selección hará pública en el lugar o lugares de celebración de éstos, en la sede del órgano de selección y en aquellos otros que estime oportunos, la relación de las personas aspirantes que lo hayan superado, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad. Las personas aspirantes que no se hallen incluidas en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptas a todos los efectos, siendo eliminadas del proceso selectivo, disponiendo de un plazo de cinco días hábiles para efectuar reclamaciones ante el órgano de selección.
Décima. Lista de personas aprobadas y valoración de méritos de la fase de concurso.
10.1. La lista que contenga la valoración de méritos de la fase de concurso se hará pública, una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición, en el lugar o lugares de celebración de éstos, en la sede del órgano de selección y en aquellos otros que estime oportunos, y comprenderá a las personas aspirantes que superen el mismo, facultando a las personas interesadas para poner reclamación ante el órgano de selección en un plazo de cinco días hábiles.
10.2. Finalizadas ambas fases, el órgano de selección hará pública la relación de personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo. En esta lista las personas aspirantes aparecerán ordenadas por la puntuación total obtenida en el proceso y, asimismo, figurarán las puntuaciones totales obtenidas en cada fase. En caso de empate, el orden final se establecerá atendiendo, sucesivamente, a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si persistiese el empate, éste se dirimirá atendiendo al primero y fase de concurso, respectivamente, y si éste persistiera, se tendrán en cuenta para establecer el orden final los siguientes criterios:
— Mayor antigüedad en la Universidad de Extremadura.
— Mayor antigüedad en otras Universidades públicas o Instituciones de Educación Superior.
— Mayor grado de titulación académica.
— El orden de actuación de las personas opositoras conforme a lo manifestado en la base 9.4.
En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de puestos de trabajo convocados, siendo nula de pleno derecho cualquier relación de personas aspirantes cuyo número supere al de puestos convocados.
La motivación de dicha lista, en cuanto acto administrativo emanado de la discrecionalidad técnica del órgano de selección, pone fin al proceso selectivo, y estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
10.3. El órgano de selección elevará al Rectorado, finalmente, la correspondiente propuesta de contratación como personal laboral fijo de la Universidad de Extremadura, a favor de las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Al mismo tiempo, se facilitará al Servicio de Recursos Humanos el expediente administrativo ordenado y foliado, conteniendo toda la documentación que ha generado el proceso selectivo.
10.4. La Gerencia de la Universidad de Extremadura dispondrá la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la relación provisional de las personas aspirantes aprobadas, siendo esta publicación determinante del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, a efectos del posible recurso ante el Rector de la Universidad.
10.5. Finalizado el plazo a que se refiere el párrafo anterior, la Gerencia de la Universidad ofertará a las personas seleccionadas los puestos a cubrir, atendiéndose a las peticiones conforme al orden de puntuación total obtenida en el proceso selectivo, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en la Relación de Puestos de Trabajo.
Al mismo tiempo, se dictará resolución conteniendo la relación definitiva de personas aprobadas con indicación del destino adjudicado y dispondrá su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, agotando dicho acto la vía administrativa. La misma será motivada con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
En todo caso, deberá quedar en el expediente, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.
Decimoprimera. Presentación de documentos y contratación de personal laboral fijo.
11.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquél en que se hicieron públicas las listas de aprobados en el Diario Oficial de Extremadura, las personas opositoras aprobadas deberán presentar en el Servicio de Recursos Humanos de la Universidad de Extremadura los documentos y requisitos exigidos para el acceso al puesto de trabajo correspondiente, a excepción, en su caso, de aquéllos que obren ya en poder del citado Servicio, como consecuencia de la aportación realizada para su anterior nombramiento o contratación como empleado público de la misma. Estos documentos deberán ser aportados mediante copia cotejada o, en caso contrario, acompañada de los originales para su comprobación y posterior cotejo.
11.2. Quienes, dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base tercera, no podrán ser contratados como empleados públicos y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
11.3. La contratación de las personas aspirantes seleccionadas se producirá conforme se acrediten los requisitos exigidos.
Decimosegunda. Aplicación.
12.1. Las personas aspirantes, por el hecho de participar en las pruebas selectivas, se someten a las bases de la convocatoria y a las decisiones que adopte el órgano de selección, sin perjuicio de las reclamaciones o recursos pertinentes. El órgano de selección se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como para la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.
12.2. Las presentes bases generales vinculan a la Universidad de Extremadura, a los órganos de selección que han de calificar las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas.
Badajoz, 25 de mayo de 2022.
El Gerente
JUAN FRANCISCO PANDURO LÓPEZ
ANEXO I
MODELO DE SOLICITUD
ANEXO 1 MODELO DE SOLICITUD
ANEXO II
BAREMO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS
FASE DE CONCURSO - PROMOCIÓN INTERNA
1. TÍTULOS ACADÉMICOS (3 puntos máximo)
Otras titulaciones académicas o profesionales oficiales distintas a la exigida para ingreso en la categoría laboral a la que se concursa.(Se valorará exclusivamente la titulación más alta). Doctor:Máster:Grado, Licenciado, Ingeniero Superior o equivalente:Diplomado, Ingeniero Técnico o equivalente: 3,00 puntos2,50 puntos2,00 puntos 1,50 puntos
2. MÉRITOS PROFESIONALES (18 puntos máximo)
Haber desempeñado la misma o superior categoría profesional y misma especialidad solicitada de forma remunerada en el ámbito funcional correspondiente a la Universidad de Extremadura. 0 15 puntos por mes o fracción superior a quince días.
Haber desempeñado la categoría profesional y especialidad solicitada de forma remunerada en el ámbito funcional correspondiente a cualquier otra Administración Pública. 0 10 puntos por mes o fracción superior a quince días.
Haber desempeñado servicios en la Universidad de Extremadura en grupo inferior y misma especialidad a la que corresponde la vacante solicitada. 0 08 puntos por mes o fracción superior a quince días.
3. ANTIGÜEDAD (7 puntos máximo)
Por servicios prestados en la Universidad de Extremadura. 0 06 puntos por mes o fracción
Por servicios prestados en cualquier otra Administración Pública. 0 03 puntos por mes o fracción
4. FORMACIÓN (9 puntos máximo)
4.1. TÍTULOS, DIPLOMAS O CERTIFICADOS EXPEDIDOS POR LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA, EL INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA O CENTROS EQUIVALENTES, EN EL ÁMBITO DE LA FORMACIÓN ESPECÍFICA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS, ASÍ COMO LAS ORGANIZACIONES SINDICALES DENTRO DEL PLAN DE FORMACIÓN CONTÍNUA, QUE ESTÉN RELACIONADOS CON EL PUESTO DE TRABAJO
Título, diploma o certificado por curso impartido o recibido. 0 015 puntos valor hora en cada curso
4.2. TÍTULOS, DIPLOMAS O CERTIFICADOS EXPEDIDOS POR ENTIDADES PÚBLICAS O PRIVADAS EN COLABORACIÓN CON UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, QUE ESTÉN RELACIONADOS CON EL PUESTO DE TRABAJO
Título, diploma o certificado por curso impartido o recibido. 0 005 puntos valor hora en cada curso
5. OTROS MÉRITOS (3 puntos máximo)
Idiomas: Curso académico completo de un idioma expedido por la Escuela Oficial de Idiomas o Instituto de Lenguas Modernas de la Universidad de Extremadura. 0 20 puntos por curso
Superación de la fase de oposición de la convocatoria anterior a plazas de idéntico grupo, categoría y especialidad de la Universidad de Extremadura. 1 punto
Compromiso con la institución universitaria mediante la participación como representante en los distintos órganos de gobierno, representación y comisiones oficiales aprobadas por los órganos de gobierno de la Universidad. 0 10 puntos por órgano y año
NORMALIZACIÓN DE MÉRITOS: En aquellos apartados donde se supere la puntuación máxima, ésta será normalizada a aquel que obtenga la mayor puntuación en el apartado correspondiente.
Conforme a ello, tanto la puntuación conseguida en cada uno de los diferentes apartados como la puntuación global alcanzada, ha de considerarse única y exclusivamente como una medida relativa establecida con respecto al resto de los candidatos presentados al mismo concurso.
En el supuesto de que sólo se presente un candidato, se otorgará a éste una puntuación en cada uno de los apartados que no podrá ser normalizada.
ANEXO III
ORDENACION DE LOS DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LOS MERITOS APORTADOS
FASE DE CONCURSO PROCESOS SELECTIVOS DE P.A.S. LABORAL
Resolución n.º____/202_, de __ de _____________ (publicada en el DOE de __/__/202_) Plaza:________________________________
Méritos aportados por D./Dª. ________________________________________
APARTADOS / Méritos aportados orden Detalle del mérito aportado
1. TÍTULOS ACADÉMICOS (3 puntos máximo)
Aporte única y exclusivamente la titulación más alta en este apartado. ___
2. MÉRITOS PROFESIONALES (18 puntos máximo)* orden (relacionados específicamente con el puesto de trabajo)
2.1. Haber desempeñado la misma o superior categoría profesional y misma especialidad solicitada de forma remunerada en el ámbito funcional correspondiente a la UEx. (0,15 puntos x mes o fracción superior a 15 días) __ AÑOS___ MESES___ DIAS___ TOTAL MESES___
2.2. Haber desempeñado la categoría profesional y especialidad solicitada de forma remunerada en el ámbito funcional correspondiente a cualquier otra Administración Pública. (0,10 puntos x mes o fracción superior a 15 días) __ AÑOS___ MESES___ DIAS___ TOTAL MESES___
2.3. Haber desempeñado servicios en la Universidad de Extremadura en grupo o subgrupo inferior y misma especialidad a la que corresponde la vacante solicitada. (0,08 puntos x mes o fracción superior a 15 días) __ AÑOS___ MESES___ DIAS___ TOTAL MESES___
* Añada, si fuera preciso, una línea por cada mérito aportado en cada uno de los apartados.
3. ANTIGÜEDAD (7 puntos máximo) * orden
3.1. Por servicios prestados en la UEx.(0,06 puntos x mes o fracción) __ AÑOS___ MESES___ DIAS___ TOTAL MESES___
3.2. Por servicios prestados en cualquier otra Administración Pública.(0,03 puntos x mes o fracción) __ AÑOS___ MESES___ DIAS___ TOTAL MESES___
* Añada, si fuera preciso, una línea por cada mérito aportado en cada uno de los apartados.
4. FORMACIÓN (9 puntos máximo) * (relacionada específicamente con el puesto de trabajo)Cada uno de los méritos aportados en este apartado, deben ser ordenados cronológicamente con indicación de las horas impartidas o recibidas: del __ al __ orden
4.1. Títulos, Diplomas o Certificados expedidos por la Universidad de Extremadura, el Instituto Nacional de Administración Pública o Centros equivalentes, en el ámbito de la Formación Específica de los empleados públicos, así como las organizaciones sindicales dentro del Plan de Formación Continua, que estén relacionados con el puesto de trabajo.Título, diploma o certificado por curso impartido o recibido: (0,015 puntos x hora) ___ ___,__ h.
4.2. Títulos, Diplomas o Certificados expedidos por entidades públicas o privadas en colaboración con una Administración Pública, que estén relacionados con el puesto de trabajo. Título, diploma o certificado por curso impartido o recibido: (0,005 puntos x hora) ___ ___,__ h.
* Añada, si fuera preciso, una línea por cada mérito aportado en cada uno de los apartados.
5. OTROS MÉRITOS (3 puntos máximo) *Cada uno de los méritos aportados en este apartado, deben ser ordenados cronológicamente con indicación de los cursos completados: del __ al __ orden
5.1. Idiomas: Curso académico completo de un idioma expedido por la Escuela Oficial de Idiomas o Instituto de Lenguas Modernas de la UEx. (0,20 puntos x curso) ___
5.2. Superación de la fase de oposición de la convocatoria anterior a plazas de idéntico grupo, categoría y especialidad de la UEx. (1 punto) ___
5.3. Compromiso con la institución universitaria mediante la participación como representante en los distintos órganos de gobierno, representación y comisiones. (0,10 puntos x órgano y año) ___
* Añada, si fuera preciso, una línea por cada mérito aportado en cada uno de los apartados.
ANEXO IV
PROGRAMA PARA PUESTOS DE TRABAJO DE TITULADO DE GRADO MEDIO (LABORATORIO)
SUBGRUPO A2, CAMPO DE CONOCIMIENTO CIENTÍFICO
Parte común.
1. Los órganos de gobierno colegiados y unipersonales de los Centros propios en los Estatutos de la Universidad de Extremadura.
2. Los órganos de gobierno colegiados y unipersonales de los Departamentos en los Estatutos de la Universidad de Extremadura.
3. Deberes de los empleados públicos: código de conducta, principios éticos y principios de conducta. (EBEP).
4. El Personal laboral de Administración y Servicios de la Universidad de Extremadura: su régimen jurídico. El IV Convenio Colectivo para el Personal Laboral de Administración y Servicios de la UEx (I): Capítulo VI: Clasificación Profesional.
5. El IV Convenio Colectivo para el Personal Laboral de Administración y Servicios de la UEx (II): Capítulo VII: Modificación de condiciones de trabajo, movilidad funcional y geográfica.
6. El IV Convenio Colectivo para el Personal Laboral de Administración y Servicios de la UEx (III): Capítulo VIII - Sección 1ª: Provisión de puestos de trabajo.
7. El IV Convenio Colectivo para el Personal Laboral de Administración y Servicios de la UEx (IV): Capítulo VIII - Sección 2ª: Provisión temporal de puestos de trabajo.
8. El IV Convenio Colectivo para el Personal Laboral de Administración y Servicios de la UEx (V): Capítulo IX: Jornada y régimen de trabajo.
9. Ley de Prevención de Riesgos Laborales (I): Derechos y obligaciones.
10. Ley de Prevención de Riesgos Laborales (II): Servicios de prevención. Consulta y participación de los trabajadores.
Parte específica.
11. Principios de Buenas Prácticas de Laboratorio I: Real Decreto 1369/2000, de 19 de julio.
12. Principios de Buenas Prácticas de Laboratorio II: Orden de 14 de abril de 2000, por la que se adaptan al progreso técnico los ANEXOs del Real Decreto 2043/1994, de 14 de octubre, sobre inspección y verificación de Buenas Prácticas de Laboratorio. Parte A del Anexo: Directrices relativas a los procedimientos de control del cumplimiento de las Buenas Prácticas de Laboratorio. Parte B del Anexo: Pautas de conducta en las inspecciones de laboratorios y las comprobaciones de estudios.
13. Introducción a la normativa de calidad ISO 9001:2015. Círculo Deming o ciclo PHVA.
14. Introducción a la normativa de calidad ISO 17025:2005. Requisitos generales para la competencia de laboratorios de ensayo y calibración.
15. NTP 1.054: Gestión de residuos: clasificación y tratamiento.
16. NTP 276: Eliminación de residuos en el Laboratorio. Procedimientos generales.
17. Técnicas experimentales de laboratorio: Técnicas generales de manipulación de materias y materiales en el laboratorio. Técnicas de limpieza del material de laboratorio. Identificación de productos químicos. Medida de masas y volúmenes. Calibraciones.
18. Prevención de Riesgos Laborales. Sistemas de seguridad y bioseguridad. Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
19. Gestión y manejo de gases de laboratorio. Tipos de gases y materiales utilizados. Normativa.
20. Operaciones en los laboratorios: Fundamentos, medidas y aplicaciones en las operaciones de laboratorio: Molienda, Tamizado, Precipitación, Filtración, Centrifugación, Decantación, Evaporación, Destilación, Rectificación, Extracción, Cristalización.
21. Conceptos básicos en Estadística: Cálculo de errores, tipos de errores. Problemas. Desviaciones. Medias. Medianas. Problemas.
22. Principios básicos fisicoquímicos. Estudio del estado de la materia: sólido, líquido y gaseoso. Leyes. Cambios de estado: Progresivos y Regresivos. Propiedades derivadas: comunes y particulares.
23. Propiedades fisicoquímicas: Densidad, Viscosidad, Punto de Fusión, Punto de Ebullición, Punto de Inflamación, Poder Calorífico y Presión de Vapor. Tipos de ensayos. Aparatos e instrumentos.
24. Equilibrio y transferencia de materia y energía I. Operaciones basadas en la transferencia de materia: Difusión, Humidificación, Secado, Destilación y Rectificación, Extracción de Líquidos, Extracción de Sólidos, Absorción, Adsorción, Desorción (Stripping), Lixiviación.
25. Equilibrio y transferencia de materia y energía II. Operaciones basadas en la transferencia de calor: Conducción, Convección y Radiación. Concepto y diferencias.
26. Obtención, propiedades y características de materiales: Metales y aleaciones. Papel y plásticos. Cerámicos y cementos. Madera y corcho.
27. Propiedades mecánicas de los materiales: Cohesión, Adherencia, Elasticidad, Plasticidad, Dureza, Tenacidad, Fragilidad, Resistencia y Rigidez.
28. Ensayos de materiales: Ensayos Químicos, Ensayos Físicos, Ensayos Mecánicos, Ensayos Metalográficos. Fuerzas exteriores, tipos de esfuerzos y características: Tracción, Compresión, Flexión, Cizalladura, Torsión, Pandeo y Dureza.
29. Termodinámica. Leyes de la termodinámica: Primera, Segunda, Tercera y Ley Cero. Ciclo de Carnot.
30. Concepto de clima y tiempo atmosférico. Eficiencia energética. El efecto invernadero.
31. Componentes electrónicos analógicos. Tipos y características. Criterios de selección para el diseño de circuitos.
32. Circuitos básicos utilizados en electrónica analógica. Tipos y características. Criterios de diseño.
33. Instrumentación y medidas analógicas. Procedimientos de aplicación. Tensión, Intensidad, Resistencia y Potencia.
34. Conceptos y propiedades de las ondas electromagnéticas.
35. La interacción de las ondas electromagnéticas con la materia: Refracción, Reflexión, Dispersión y Absorción.
PROGRAMA PARA PUESTOS DE TRABAJO DE TITULADO DE GRADO MEDIO (LABORATORIO)
SUBGRUPO A2, CAMPO DE CONOCIMIENTO BIOMÉDICO
Parte común.
1. Los órganos de gobierno colegiados y unipersonales de los Centros propios en los Estatutos de la Universidad de Extremadura.
2. Los órganos de gobierno colegiados y unipersonales de los Departamentos en los Estatutos de la Universidad de Extremadura.
3. Deberes de los empleados públicos: código de conducta, principios éticos y principios de conducta. (EBEP).
4. El Personal laboral de Administración y Servicios de la Universidad de Extremadura: su régimen jurídico. El IV Convenio Colectivo para el Personal Laboral de Administración y Servicios de la UEx (I): Capítulo VI: Clasificación Profesional.
5. El IV Convenio Colectivo para el Personal Laboral de Administración y Servicios de la UEx (II): Capítulo VII: Modificación de condiciones de trabajo, movilidad funcional y geográfica.
6. El IV Convenio Colectivo para el Personal Laboral de Administración y Servicios de la UEx (III): Capítulo VIII - Sección 1ª: Provisión de puestos de trabajo.
7. El IV Convenio Colectivo para el Personal Laboral de Administración y Servicios de la UEx (IV): Capítulo VIII - Sección 2ª: Provisión temporal de puestos de trabajo.
8. El IV Convenio Colectivo para el Personal Laboral de Administración y Servicios de la UEx (V): Capítulo IX: Jornada y régimen de trabajo.
9. Ley de Prevención de Riesgos Laborales (I): Derechos y obligaciones.
10. Ley de Prevención de Riesgos Laborales (II): Servicios de prevención. Consulta y participación de los trabajadores.
Parte específica.
11. Principios de Buenas Prácticas de Laboratorio I: Real Decreto 1369/2000, de 19 de julio.
12. Principios de Buenas Prácticas de Laboratorio II: Orden de 14 de abril de 2000, por la que se adaptan al progreso técnico los ANEXOs del Real Decreto 2043/1994, de 14 de octubre, sobre inspección y verificación de Buenas Prácticas de Laboratorio. Parte A del Anexo: Directrices relativas a los procedimientos de control del cumplimiento de las Buenas Prácticas de Laboratorio. Parte B del Anexo: Pautas de conducta en las inspecciones de laboratorios y las comprobaciones de estudios.
13. Introducción a la normativa de calidad ISO 9001:2015. Círculo Deming o ciclo PHVA.
14. Introducción a la normativa de calidad ISO 17025:2005. Requisitos generales para la competencia de laboratorios de ensayo y calibración.
15. NTP 1.054: Gestión de residuos: clasificación y tratamiento.
16. NTP 276: Eliminación de residuos en el Laboratorio. Procedimientos generales.
17. Técnicas experimentales de laboratorio: Técnicas generales de manipulación de materias y materiales en el laboratorio: Técnicas de limpieza del material de laboratorio. Identificación de productos químicos. Medida de masas y volúmenes. Preparación y normalización de reactivos y soluciones patrón: Molaridad, Normalidad, gramos/litro.
18. Prevención de Riesgos Laborales. Sistemas de seguridad y bioseguridad. Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
19. Gestión y manejo de gases de laboratorio. Tipos de gases y materiales utilizados. Normativa.
20. Microorganismos (bacterias, virus, hongos y levaduras). Características generales de las principales familias de microorganismos.
21. Citometria de flujo: fundamento. Componentes de un citometro de flujo. Fluorescencia, definición. Fluorocromos, concepto y aplicaciones. Adquisición de muestras por citometria de flujo.
22. Técnicas de detección inmunológica. Inmunofluorescencia directa. Inmunofluorescencia indirecta. ELISA directo, ELISA indirecto, ELISA de captura. Técnica de Western-Blot. Medidas absolutas y patrones.
23. Fundamentos de la microscopia: Microscopio óptico, Microscopio de contraste de fases y contraste de interferencia diferencial (DIC), Microscopio de Fluorescencia, Microscopio electrónico.
24. Preparación de muestras biológicas para microscopía óptica: Métodos de fijación y permeabilización celular. Tinciones básicas: Hematoxilina eosina, Azul de Metileno, Giemsa.
25. Medidas profilácticas: Limpieza, desinfección y esterilización. Esterilización por agentes físicos y químicos. Desinfección. Asepsia, antisepsia, microbiocida.
26. Vías de administración de compuestos suministrados a los animales de experimentación: Vía Parenteral. Intramuscular. Ingestión.
27. Extracción de muestras de animales de laboratorio: Orina. Sangre. Plasma y suero. Biopsias.
28. Identificación, clasificación, esterilización y mantenimiento de material quirúrgico.
29. Cultivos celulares. Infraestructura necesaria. Tipos de cabinas de flujo laminar. Manejo en cabina de flujo laminar. Tipos de cultivo y medios.
30. Medios de cultivo bacteriano. Tipos de medios de cultivo. Preparación de medios de cultivo.
31. Hematología, bioquímica sanguínea y líquidos corporales.
32. Electroforesis y Secuenciación de ácidos nucleicos. Concepto de electroforesis. Patrones, fabricación de geles, obtención de información de un gel (toma de imágenes y análisis). Concepto de Secuenciación de Ácidos Nucleicos, método de Sanger. Aplicaciones.
33. Operaciones de laboratorio: Fundamentos, medidas y aplicaciones en las operaciones básicas de laboratorio: Centrifugación, cristalización, desecación, evaporación a sequedad, extracción, pesada, precipitación, utilización reflujo, utilización rotavapor.
34. Espectrofotometría de absorción molecular visible/ultravioleta. Espectrofotometría de absorción atómica. Espectrofotometría infrarroja.
35. La nutrición y la reproducción en animales de experimentación científica. Bienestar y salud animal.
PROGRAMA PARA PUESTOS DE TRABAJO DE TITULADO DE GRADO MEDIO (LABORATORIO)
SUBGRUPO A2, CAMPO DE CONOCIMIENTO TÉCNICO
Parte común.
1. Los órganos de gobierno colegiados y unipersonales de los Centros propios en los Estatutos de la Universidad de Extremadura.
2. Los órganos de gobierno colegiados y unipersonales de los Departamentos en los Estatutos de la Universidad de Extremadura.
3. Deberes de los empleados públicos: código de conducta, principios éticos y principios de conducta. (EBEP).
4. El Personal laboral de Administración y Servicios de la Universidad de Extremadura: su régimen jurídico. El IV Convenio Colectivo para el Personal Laboral de Administración y Servicios de la UEx (I): Capítulo VI: Clasificación Profesional.
5. El IV Convenio Colectivo para el Personal Laboral de Administración y Servicios de la UEx (II): Capítulo VII: Modificación de condiciones de trabajo, movilidad funcional y geográfica.
6. El IV Convenio Colectivo para el Personal Laboral de Administración y Servicios de la UEx (III): Capítulo VIII - Sección 1ª: Provisión de puestos de trabajo.
7. El IV Convenio Colectivo para el Personal Laboral de Administración y Servicios de la UEx (IV): Capítulo VIII - Sección 2ª: Provisión temporal de puestos de trabajo.
8. El IV Convenio Colectivo para el Personal Laboral de Administración y Servicios de la UEx (V): Capítulo IX: Jornada y régimen de trabajo.
9. Ley de Prevención de Riesgos Laborales (I): Derechos y obligaciones.
10. Ley de Prevención de Riesgos Laborales (II): Servicios de prevención. Consulta y participación de los trabajadores.
Parte específica.
11. Principios de Buenas Prácticas de Laboratorio I: Real Decreto 1369/2000, de 19 de julio.
12. Principios de Buenas Prácticas de Laboratorio II: Orden de 14 de abril de 2000, por la que se adaptan al progreso técnico los ANEXOs del Real Decreto 2043/1994, de 14 de octubre, sobre inspección y verificación de Buenas Prácticas de Laboratorio. Parte A del Anexo: Directrices relativas a los procedimientos de control del cumplimiento de las Buenas Prácticas de Laboratorio. Parte B del Anexo: Pautas de conducta en las inspecciones de laboratorios y las comprobaciones de estudios.
13. Introducción a la normativa de calidad ISO 9001:2015. Círculo Deming o ciclo PHVA.
14. Introducción a la normativa de calidad ISO 17025:2005. Requisitos generales para la competencia de laboratorios de ensayo y calibración.
15. NTP 1.054: Gestión de residuos: clasificación y tratamiento.
16. NTP 276: Eliminación de residuos en el Laboratorio. Procedimientos generales.
17. Técnicas experimentales de laboratorio: Técnicas generales de manipulación de materias y materiales en el laboratorio. Técnicas de limpieza del material de laboratorio. Identificación de productos químicos. Medida de masas y volúmenes. Calibraciones.
18. Prevención de Riesgos Laborales. Sistemas de seguridad y bioseguridad. Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo. Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
19. Gestión y manejo de gases de laboratorio. Tipos de gases y materiales utilizados. Normativa.
20. Operaciones en los laboratorios: Fundamentos, medidas y aplicaciones en las operaciones de laboratorio: Molienda, Tamizado, Precipitación, Filtración, Centrifugación, Decantación, Evaporación, Destilación, Rectificación, Extracción, Cristalización.
21. Conceptos básicos en Estadística: Cálculo de errores, tipos de errores. Problemas. Desviaciones. Medias. Medianas. Problemas.
22. Principios básicos fisicoquímicos. Estudio del estado de la materia: sólido, líquido y gaseoso. Leyes. Cambios de estado: Progresivos y Regresivos. Propiedades derivadas: comunes y particulares.
23. Propiedades fisicoquímicas: Densidad, Viscosidad, Punto de Fusión, Punto de Ebullición, Punto de Inflamación, Poder Calorífico y Presión de Vapor. Tipos de ensayos. Aparatos e instrumentos.
24. Equilibrio y transferencia de materia y energía I. Operaciones basadas en la transferencia de materia: Difusión, Humidificación, Secado, Destilación y Rectificación, Extracción de Líquidos, Extracción de Sólidos, Absorción, Adsorción, Desorción (Stripping), Lixiviación.
25. Equilibrio y transferencia de materia y energía II. Operaciones basadas en la transferencia de calor: Conducción, Convección y Radiación. Concepto y diferencias.
26. Obtención, propiedades y características de materiales: Metales y aleaciones. Papel y plásticos. Cerámicos y cementos. Madera y corcho.
27. Propiedades mecánicas de los materiales: Cohesión, Adherencia, Elasticidad, Plasticidad, Dureza, Tenacidad, Fragilidad, Resistencia y Rigidez.
28. Ensayos de materiales: Ensayos Químicos, Ensayos Físicos, Ensayos Mecánicos, Ensayos Metalográficos. Fuerzas exteriores, tipos de esfuerzos y características: Tracción, Compresión, Flexión, Cizalladura, Torsión, Pandeo y Dureza.
29. Termodinámica. Leyes de la termodinámica: Primera, Segunda, Tercera y Ley Cero. Ciclo de Carnot.
30. Concepto de clima y tiempo atmosférico. Eficiencia energética. El efecto invernadero.
31. Componentes electrónicos analógicos. Tipos y características. Criterios de selección para el diseño de circuitos.
32. Circuitos básicos utilizados en electrónica analógica. Tipos y características. Criterios de diseño.
33. Instrumentación y medidas analógicas. Procedimientos de aplicación. Tensión, Intensidad, Resistencia y Potencia.
34. Conceptos y propiedades de las ondas electromagnéticas.
35. La interacción de las ondas electromagnéticas con la materia: Refracción, Reflexión, Dispersión y Absorción.
ANEXO V
ÓRGANO DE SELECCIÓN
Puesto de trabajo Titulado de Grado Medio (Laboratorio), Subgrupo A2
Titulares:
Presidente: Doña María Rico Barrado, Jefa de Sección de Gestión del PDI.
Vocales: Don Álvaro José Sánchez Ortega, Titulado de Grado Medio (Laboratorio).
Don Ángel Rico Barrado, Titulado de Grado Medio (Laboratorio).
Doña Diana María Sánchez Rosado, Titulado de Grado Medio (Laboratorio).
Doña María Isabel Vivas Mera, Titulado de Grado Medio (Laboratorio).
Secretaria Doña Raquel Riudavets de León, funcionaria del Área de Recursos Humanos.
Suplentes:
Presidente: Doña Ana Esther Martínez Palacios, Jefa del Servicio de Retribuciones y Seguridad Social.
Vocales: Don Juan Carlos Cadenas Holguín, Titulado de Grado Medio (Laboratorio).
Don Eusebio Carrasco Redondo, Titulado de Grado Medio (Laboratorio).
Doña Nieves Fernández Sánchez, Titulado de Grado Medio (Laboratorio).
Doña Natividad Caro Vaca, Titulado de Grado Medio (Laboratorio).
Secretario: Don José Emilio Valero Amaro, funcionario del Área de Recursos Humanos

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