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EXTRACTO del Decreto 79/2022 de 22 de junio, por el que se aprueba la primera y única convocatoria para el ejercicio 2022, de las subvenciones destinadas a la Línea I Prácticas no laborales de personas jóvenes menores de 30 años, del Programa II Nuevos proyectos territoriales que aborden el reto demográfico y faciliten la transformación productiva.
DOE Número: 126
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 01 de julio de 2022
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Fomento del empleo. Subvenciones.
Página Inicio: 31331
Página Fin: 31332
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):636729
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
La convocatoria de la Línea I del Programa II, del Decreto 79/2022, de 22 de junio, de subvenciones destinadas a financiar prácticas no laborales en empresas de jóvenes pertenecientes a colectivos vulnerables, entendiéndose por tal a aquellas personas mayores de 18 y menores de 30 años inscritas como desempleadas en el Servicio Extremeño Público de Empleo y beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, a través de itinerarios individualizados y personalizados.
Estas personas jóvenes deberán tener una titulación universitaria o de formación profesional, de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las Leyes reguladoras del sistema educativo vigente o de certificado de profesionalidad de nivel II y III ni haber tenido una relación laboral u otro tipo de experiencia profesional superior a tres meses en el ejercicio de la profesión correspondiente a su titulación, no teniéndose en cuenta a estos efectos las prácticas que formen parte de los currículos para la obtención de dicha titulación.
Estas prácticas deberán tener como destinatarias concretas las personas jóvenes que participan en el Programa I del presente decreto.
Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas de la Línea l Programa II emprendedores, microempresas y personas autónomas que participen en el Programa I de este decreto en la realización de acciones de prospección y emprendimiento, desarrollen proyectos emprendedores, para la detección de sus necesidades de transformación, intraemprendimiento, proyectos de innovación y de mejora en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura y que, cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en la presente norma, realicen, las prácticas no laborales en los términos previstos.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 79/2022, de 22 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de programas creados dentro de los Proyectos de Colectivos Especialmente Vulnerables y Emprendimiento y Microempresas (C23.I4) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se establece la primera y única convocatoria de dichos programas y se modifican los Decretos 78/2021, de 30 de junio y 84/2021, de 7 de julio.
Cuarto. Cuantías de la subvención y fuente de financiación.
La cuantía de las subvenciones para aquellos beneficiarios que, cumpliendo los requisitos previstos en el presente decreto, vayan a desarrollar en sus centros de trabajo las prácticas no laborales, será de hasta 4.499,11 euros por persona joven en prácticas.
El crédito total previsto asciende a 746.852,26 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 130080000 G/242A/470 fondo MR08C23I04 proyecto de gasto 20220357 proyectos piloto jóvenes vulnerables.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las personas beneficiarias deberán presentar las solicitudes dentro del plazo de 30 días a contar, bien desde el día siguiente al inicio de la práctica o bien desde la fecha de la publicación de la presente convocatoria si ésta fuese posterior.
Sexto. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el Diario Oficial de Extremadura junto con la convocatoria; en la página web www.extremaduratrabaja.juntaex.es, e igualmente se podrá acceder a ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Mérida, 28 de junio de 2022.
La Consejera de Educación y Empleo,
MARÍA ESTHER GUTIÉRREZ MORÁN

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