Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

EXTRACTO de la convocatoria incorporada al Decreto 88/2022, de 7 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, y primera convocatoria para el ejercicio 2022. Submedida 3.2.
DOE Número: 146
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 29 de julio de 2022
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Calidad de los alimentos. Ayudas.
Página Inicio: 36897
Página Fin: 36899
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):640847
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en elartículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Convocatoria.
Ayudas en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica grupos de productores que realicen actividades de información y promoción en el mercado interior de los productos amparados por un régimen de calidad de los alimentos elegible
Segundo. Personas beneficiarias.
1. Tendrán la condición de beneficiarias entidades, cualquiera que sea su forma jurídica, en las que entre sus integrantes se encuentren agentes económicos que participen en un régimen de calidad de productos agrícolas o productos alimenticios, considerados elegibles, en concreto:
a) Consejos reguladores de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, los cuales, como entidades de gestión de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, integran a operadores económicos de los distintos sectores que participan en las mismas, y son entidades que gozan de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar.
b) Cooperativas y SAT.
c) Otro tipo de agrupaciones.
2. Regímenes de calidad elegibles:
a) D.O.P. Ribera del Guadiana.
b) D.O.P. Dehesa de Extremadura.
c) D.O.P. Queso de la Serena.
d) D.O.P. Queso de Ibores.
e) D.O.P. Torta del Casar.
f) D.O.P. Aceite de Monterrubio.
g) D.O.P. Gata Hurdes.
h) D.O.P. Pimentón de la Vera.
i) D.O.P. Cereza del Jerte.
j) D.O.P. Miel Villuercas -Ibores.
k) I.G.P. Ternera de Extremadura.
l) I. G.P. Cordero de Extremadura.
m) Producción ecológica.
Tercero. Bases reguladoras.
Las subvenciones convocadas por esta resolución están reguladas por el Decreto 88/2022 de 7 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios en el marco del Programa de Desarrollo rural de Extremadura 2014-2020, y primera convocatoria para el ejercicio 2022.
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas se imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria 120020000/G/34 1A/47000/ FR14030200/20160153, con una dotación presupuestaria disponible inicial para hacer frente al pago de las ayudas de seiscientos mil euros (600.000,00 €), que serán a cargo de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura del ejercicio 2023. El gasto correspondiente a estas ayudas está cofinanciado en un 80% por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), dentro del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, Medida 03 Regímenes de calidad de los productos agrícolas o alimenticios , en concreto en la Submedida 3.2 Apoyo a actividades de información y promoción realizadas por grupos de productores en el mercado interior .
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria y de este extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
La ayuda será del 70% de los gastos subvencionables. La ayuda total otorgada no podrá superar la cuantía máxima de 130.000 euros por persona beneficiaria y convocatoria.
Mérida, 19 de julio de 2022.
La Secretaria General
Maria Curiel Muñoz

Otras Opciones

2024 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal