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EXTRACTO del Decreto 97/2022, de 20 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas a otorgar a comunidades de propietarios para la ejecución de actuaciones de mejora de las instalaciones de telecomunicaciones en edificaciones sujetas al régimen de propiedad horizontal y se aprueba la única convocatoria.
DOE Número:
213
Tipo:
Ordinario
Fecha Publicación:
lunes, 07 de noviembre de 2022
Apartado:
I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo:
Rango:
EXTRACTO
Descriptores:
Agenda digital. Ayudas.
Página Inicio:
53588
Página Fin:
53589
Otros formatos:
PDF
XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 652436
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.infosubvenciones.es) y en el Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Destinatarios de las ayudas.
Tendrán la condición de destinatarios de las ayudas las comunidades de propietarios, de un edificio o conjunto de edificaciones, sujetos al régimen de propiedad horizontal, establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como, en los correlativos de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, y que precisen adaptar sus instalaciones de telecomunicaciones en el interior del edificio o conjunto de edificaciones.
Segundo. Objeto.
1. Estas ayudas tienen por objeto desarrollar las bases establecidas en el Real Decreto 990/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. BOE número 275, de 17 de noviembre de 2021, y convocar estas ayudas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. La finalidad de las ayudas es la ejecución de actuaciones de mejora de las instalaciones de telecomunicaciones en edificaciones sujetas al régimen de propiedad horizontal, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 97/2022, de 20 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas a otorgar a comunidades de propietarios para la ejecución de actuaciones de mejora de las instalaciones de telecomunicaciones en edificaciones sujetas al régimen de propiedad horizontal y se aprueba la única convocatoria.
Cuarto. Cuantía.
1. El importe de la convocatoria asciende a un millón ciento ventiún mil cuatrocientos setenta y dos euros (1.121.472€), con cargo a la aplicación presupuestaria 140110000G/332A/76000, Fuente de Financiación: MR05C1504, componente C15.I4 Renovación y sostenibilidad de infraestructuras , proyecto de gasto 20220215, Ayudas mejora de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios , previsto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El crédito asignado por anualidades será el siguiente:
— Anualidad 2022: 450.000 €.
— Anualidad 2023: 671.472 €.
2. La concesión de subvenciones tendrá como límite la cuantía global del crédito presupuestario fijado, sin perjuicio de su incremento en función de las disponibilidades presupuestarias de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Quinto. Plazo y presentación de Solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de 6 meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria junto con su extracto, en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Las solicitudes y la documentación necesaria deberán presentarse a través de medios electrónicos, cumpliendo lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. La presentación a través de medios electrónicos se realizará a través del Registro Electrónico General de la Junta de Extremadura, ubicado en la Sede Electrónica: https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf utilizando el modelo normalizado de solicitud disponible en Porta Juntaex.es, dirigidas a la Dirección General con competencias en materia de agenda digital de la Consejería con competencias en materia de agenda digital, o en cualquiera de los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 26 de julio de 2022.
El Secretario General,
MANUEL JIMÉNEZ GARCÍA
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