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EXTRACTO del Decreto 136/2022, de 9 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones en las Reservas de la Biosfera de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU- Línea 2 "Actuaciones en la Reserva de la Biosfera de Monfragüe".
DOE Número: 233
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 05 de diciembre de 2022
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Reservas de la biosfera. Subvenciones.
Página Inicio: 60025
Página Fin: 60027
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 661826
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Beneficiarias.
Podrán resultar beneficiarias de las ayudas las siguientes personas o entidades ubicadas en el ámbito territorial de la Línea 2 Actuaciones en la Reserva de la Biosfera de Monfragüe conforme lo establecido en el apartado 1 de la convocatoria:
a) Los Ayuntamientos de los municipios incluidos en el ámbito territorial de la Reserva de la Biosfera de Monfragüe.
b) Las asociaciones y ONGs legalmente constituidas que tengan su domicilio social o fiscal en uno de los municipios que forman parte de la Reserva de la Biosfera de Monfragüe o que realicen actividades en el interior de esta Reserva de la Biosfera.
c) Las personas autónomas y las entidades empresariales que tengan la consideración de pequeñas y medianas empresas, que tengan su domicilio social o fiscal en uno de los municipios que forman parte del ámbito territorial de la Reserva de la Biosfera de Monfragüe o cuya actividad económica se realice prioritariamente en el territorio de la Reserva; para lo cual se considerará que al menos el 50% del volumen anual de negocio de los últimos tres años proceda de su actividad en la Reserva de la Biosfera de Monfragüe.
Segundo. Objeto.
Efectuar la única convocatoria para la anualidad 2022 correspondiente a la Línea 2 Actuaciones en la Reserva de la Biosfera de Monfragüe en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE NEXT GENERATION EU.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 136/2022, de 9 noviembre de 2022, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones en las Reservas de la Biosfera de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE NEXT GENERATION EU y se aprueba la única convocatoria.
Cuarto. Cuantía total de la convocatoria.
Las subvenciones serán del 100 % del coste subvencionable. La cuantía mínima de la subvención será de 15.000 € y la cuantía máxima de 65.000€.
Las ayudas estarán financiadas íntegramente por la Unión Europea a través de los fondos asignados a la Junta de Extremadura para la financiación de actuaciones en Reservas de la Biosfera con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, mediante el instrumento del Mecanismo de recuperación y resiliencia, aprobado por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, dentro del componente 4, Conservación y restauración de ecosistemas marinos y terrestres y su biodiversidad, línea de inversión I2 Conservación de la biodiversidad terrestre y marina.
La dotación económica de la Línea 2 Actuaciones en la Reserva de la Biosfera de Monfragüe asciende a la cantidad de 904.263,52 € y será financiada con cargo al proyecto de gasto 20210419 OAPN. Actuaciones en Reservas de la Biosfera , código fondo MR02C04I02, centro gestor 1800030000 y aplicaciones presupuestarias indicadas a continuación:
Anualidad 2022: 0,00 €
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 0,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/489: 0,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 0,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/770: 0,00 €.
Anualidad 2023: 452.131,76 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 135.639,53 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/489: 90.426,35 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 135.639,53 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/770: 90.426,35 €.
Anualidad 2024: 452.131,76 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 135.639,53 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/489: 90.426,35 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 135.639,53 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/770: 90.426,35 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación simultánea de la convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Acciones subvencionables.
Se consideran acciones subvencionables aquellas que se determinan en el artículo 3.1.b) del decreto por el que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.
Mérida, 14 de noviembre de 2022.
La Secretaria General,
MARÍA CONSUELO CERRATO CALDERA

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