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RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 107/2022, de 24 de febrero, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que desestima el recurso de apelación n.º 18/2022, interpuesto contra la sentencia n.º 148/2021 del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Badajoz.
DOE Número: 94
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 18 de mayo de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Sentencias. Ejecución.
Página Inicio: 22690
Página Fin: 22691
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TEXTO ORIGINAL
La sentencia n.º 107/2022, de 24 de febrero, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, desestima el recurso de apelación n.º 18/2022 interpuesto por la Junta de Extremadura contra la sentencia n.º 148/2021, de 7 de diciembre, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Badajoz dictada en el procedimiento abreviado n.º 138/2021 y que estimó el recurso contencioso-administrativo promovido por Dª María Aurora Carbonero González frente a la Resolución de 11 de mayo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales, que dejó sin efecto la comisión de servicios autorizada a la misma en la Gerencia del Área de Salud de Badajoz, Centro de Trabajo UME de Badajoz, en plaza de Médico de Urgencias de Atención Primaria (n.º identificación 1BP1100203), así como frente a la Resolución de 11 de mayo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales, por la que se le cesó en las funciones de especial responsabilidad asignadas con carácter provisional del puesto Coordinadora UME con número de identificación 1JP1900024 en la UME Badajoz perteneciente al Área de Salud de Badajoz. Dicha sentencia 107/2022 de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura confirma por tanto la sentencia n.º 148/2021 del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Badajoz.
Por todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y siguientes del Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, esta Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales,
RESUELVE:
Primero. Ejecutar el fallo de la sentencia firme n.º 107/2022, de 24 de febrero, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que desestima el recurso de apelación n.º 18/2022, interpuesto contra la sentencia n.º 148/2021, de 7 de diciembre, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Badajoz dictada en el procedimiento abreviado n.º 138/2021, confirmando la misma en todos sus extremos. El tenor literal de la sentencia 148/2021 es el siguiente:
Que, estimando íntegramente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Dª Aurora Carbonero González, contra la Resolución de 11 de mayo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud, por la que a propuesta de la Gerencia del Área de Salud de Badajoz se deja sin efecto la comisión de servicios autorizada a la recurrente con efectos desde el día 15 de mayo de 2021 y la Resolución de 11 de mayo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud, por la que a propuesta de la Gerencia del Área de Salud de Badajoz se cesa a la recurrente en el puesto Coordinadora UME con número de identificación 1JP1900024 en la UME Badajoz perteneciente al Área de Salud de Badajoz con efecto desde el día 15 de mayo de 2021, debo acordar y acuerdo revocar dichas resoluciones por entenderlas no ajustadas a Derecho, condenando a la Administración demandada a estar y pasar por dicha declaración así como a reponer a la recurrente en las mismas condiciones laborales, profesionales y económicas que regían su prestación de servicios en la plaza de la Gerencia del Área de Salud de Badajoz, Centro de Trabajo UME Badajoz, Médico de Urgencias de Atención Primaria y núm de identificación 1BP1100203 y en el puesto “Coordinadora UME con número de identificación 1JP1900024 en la UME Badajoz, todo ello con la aplicación de las medidas administrativas y económicas derivadas de una resolución de tal naturaleza con carácter retroactivo desde la fecha del cese, 15.5.2021.”
Segundo. En relación con las cuestiones que se deriven de la presente resolución, podrán los interesados promover el incidente que, en relación con la ejecución de sentencias se previene en el artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Mérida, 9 de mayo de 2022.
La Directora General de Recursos Humanos y Asuntos Generales,
MARÍA DEL CARMEN BARROSO HORRILLO

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