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RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo de modificación del Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y la Sociedad Cooperativa Ganadera, Sierra de San Pedro.
DOE Número: 121
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 24 de junio de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 29759
Página Fin: 29761
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 4 de mayo de 2022, el Acuerdo de modificación del Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y la Sociedad Cooperativa Ganadera, Sierra de San Pedro, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como ANEXO de la presente resolución.
Mérida, 2 de junio de 2022.
La Secretaria General.
PA, Resolución de 1/03/2021, DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
ACUERDO DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y LA SOCIEDAD COOPERATIVA GANADERA, SIERRA DE SAN PEDRO.
Mérida, 4 de mayo de 2022.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, Don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto 151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de 19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la Sociedad Cooperativa Ganadera, Sierra de San Pedro con CIF F06357867 y domicilio en Pablo La Peña, núm. 13, código postal 06510 Alburquerque, de Badajoz, con teléfono de contacto _____________ y correo electrónico _____________________ y Don Francisco Durán Guerra, como gerente y representante legal de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
Primero. Que con fecha 4 de febrero de 2021 se ha firmado el convenio para el desarrollo de programas formativos de formación profesional dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y la Sociedad Cooperativa Ganadera, Sierra de San Pedro, publicado en el DOE número 30, de 15 de febrero de 2021 y según establece la cláusula decimotercera la selección del alumnado responde únicamente a criterios académicos generales de acceso a enseñanzas de formación profesional del sistema educativo.
Segundo. Que el IES Castillo de Luna de Alburquerque tiene la necesidad de realizar una selección del alumnado matriculado en el ciclo formativo de Producción Agroecológica para incorporarlo a las prácticas en la Sociedad Cooperativa Ganadera, Sierra de San Pedro, ofreciendo la posibilidad de hacer partícipe a la misma en el proceso de selección, como consecuencia del cambio de modalidad dual completa a mixta, donde no necesariamente todo el alumnado matriculado alterna su formación en la empresa.
Tercero. Que el artículo 49 g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público establece que a falta de regulación expresa la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
ACUERDAN
Primero. Modificar la cláusula decimotercera que pasa a tener la siguiente redacción:
La selección del alumnado responde a las siguientes exigencias:
Criterios académicos generales de acceso a enseñanzas de formación profesional del sistema educativo.
Realización de pruebas teórico/prácticas en los siguientes módulos/ámbitos:
El desarrollo de estas pruebas podrá ser con la siguiente metodología:
De desarrollo.
Tipo test.
Entrevista personal por la empresa colaboradora y/o centro educativo.
Test psicotécnicos por la empresa colaboradora y/o centro educativo.
Reconocimiento médico.
Otros (especificar): calificaciones, asistencia a clase, actitud, esfuerzo y motivación del alumnado, consideraciones a tener en cuenta para determinar su incorporación o no a la empresa o centro de trabajo.
X
El Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo
(PD, Resolución de 13 de noviembre 2019, DOE núm. 223, de 19 de noviembre).
Rubén Rubio Polo
El representante legal de la Sociedad Cooperativa Ganadera, Sierra de San Pedro.
Francisco Durán Guerra

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