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MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se declara terminado el plazo de vigencia de la convocatoria de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2022, aprobadas mediante Resolución de 17 de diciembre de 2021.
DOE Número: 127
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 04 de julio de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Fomento del empleo. Subvenciones.
Página Inicio: 31951
Página Fin: 31952
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):603873
BDNS(Identif.):603872
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 8 de fecha 13 de enero de 2022, el Extracto de la Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Secretaría General del Servicio Extremeño Público de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2022, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es).
El apartado cuarto de la citada Resolución de 17 de diciembre de 2021, en su punto 1, establece que la vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de solicitudes se inicia el día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la convocatoria y el extracto de la misma, conforme a lo previsto en el artículo 16.q de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y finaliza el 30 de noviembre de 2022.
El artículo 29.3 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que en las convocatorias se determinarán las aplicaciones, proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el periodo de vigencia de la convocatoria. Asimismo, de producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y no procederse a efectuar las modificaciones correspondientes, se deberá proceder a declarar terminado el plazo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio del órgano competente para la aprobación de la convocatoria a que se refiere el párrafo primero del artículo 23.1, el cual será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
La reforma laboral establecida por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, ha reducido la temporalidad y ha generalizado la contratación indefinida, por lo se han superado las solicitudes previstas para la convocatoria. Además, en los próximos meses se va a aprobar el Programa Operativo del Fondo Social Europeo correspondiente al período 2021-2027.
En virtud de lo anterior, se hace necesario elaborar unas nuevas bases reguladoras que se adapten al nuevo marco y procede declarar finalizado el plazo de presentación de solicitudes debido al agotamiento de los créditos de la convocatoria.
En virtud de todo lo anterior, teniendo en cuenta que el importe de las ayudas solicitadas y que se encuentran en estado de tramitación en la unidad administrativa correspondiente, agota los créditos presupuestarios establecidos en el apartado noveno de la Resolución de 17 de diciembre de 2021, se procede a anunciar la terminación del plazo de vigencia de la convocatoria, a efectos de presentación de solicitudes de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2022 y a modificar el extracto de la convocatoria en su apartado quinto, que se refiere al plazo de presentación de solicitudes, que quedaría de la siguiente forma:
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el día siguiente de la publicación de esta modificación del extracto y anuncio en el Diario Oficial de Extremadura. No se admitirán las solicitudes presentadas fuera de dicho plazo.
Mérida, 16 de junio de 2022.
El Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo.
PD, Resolución de 29 de octubre de 2020.DOE n.º 214 de 5 de noviembre de 2020,
El Secretario General del Servicio Extremeño Público de Empleo,
VÍCTOR GARCÍA VEGA

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