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RESOLUCIÓN de 4 de julio de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, y la Fundación "Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón", por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del proyecto "Red Extremeña de Prototipado y Fabricación Digital" en el ejercicio 2022.
DOE Número: 137
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 18 de julio de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 34617
Página Fin: 34639
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
LOGO JUNTA DE EXTREMADURA - CONSEJERIA DE ECONOMIA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
LOGO CENTRO DE CIRUGIA DE MINIMA INVASION JESUS USON
Habiéndose firmado el día 29 de junio de 2022, el Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, y La Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón , por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del proyecto Red Extremeña de Prototipado y Fabricación Digital en el ejercicio 2022, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como ANEXO de la presente resolución.
Mérida, 4 de julio de 2022.
La Secretaria General.
PA, Resolución de 01/03/2021,DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL, Y LA FUNDACIÓN CENTRO DE CIRUGÍA DE MÍNIMA INVASIÓN JESÚS USÓN , POR EL QUE SE FORMALIZA UNA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA DESTINADA A FINANCIAR LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO RED EXTREMEÑA DE PROTOTIPADO Y FABRICACIÓN DIGITAL EN EL EJERCICIO 2022
Mérida, 29 de junio de 2022.
REUNIDOS
De una parte, D. Manuel Jiménez García, Secretario General de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Decreto 73/2019, de 16 de julio (DOE. núm 137, de 17 de julio), actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por del Decreto 165/2019, de 29 de octubre, (DOE núm. 214, de 6 de noviembre) y por Resolución de 18 de julio de 2019, del Consejero, por la que se delegan competencias en diversas materias (DOE núm 141, de 23 de julio).
De otra parte, D. Antonio Verde Cordero, con NIF **0422***, en nombre y representación del Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón (en adelante CCMIJU), entidad domiciliada en Cáceres, carretera nacional 521 Km 41,8, con NIF G-10347417 e inscrita en el Registro de Fundaciones de la Junta de Extremadura con el número de registro 83N, con poderes suficiente de representación como Director Gerente de dicha entidad, según consta en Escritura de 3 de marzo de 2022 de Elevación a Público de acuerdo de otorgamiento de poder, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Extremadura, D. Ignacio Ferrer Cazorla, con el número 439 de su protocolo.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente Convenio en los términos que en él se contienen y, al efecto
MANIFIESTAN
Primero. La Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital en virtud del Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, (DOE núm. 233 de 3 de diciembre) y del Decreto 165/2019, de 29 de octubre, (DOE núm. 214, de 6 de noviembre) ejerce las competencias en materia de modernización e innovación tecnológica, sociedad de la información, investigación y telecomunicaciones.
Concretamente, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el artículo 7 del Decreto 165/2019, de 29 de octubre, (DOE núm. 214, de 6 de noviembre), corresponde a la Dirección General de Agenda Digital, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería, en el ámbito de las atribuciones que le confiere el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la programación coordinación y gobernanza de la Agenda Digital de Extremadura así como las competencias en materia de telecomunicaciones y conectividad y que impulsen la cohesión del territorio.
Segundo. El Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón (en adelante CCMIJU) tiene como fines primordiales la promoción de la investigación, la innovación y el desarrollo tecnológico en el ámbito sociosanitario, estimulando la participación de la sociedad civil, movilizando sus recursos y dedicando especial atención a las relaciones de cooperación entre los centros de investigación públicos y privados y del sector productivo.
Para la realización de estos fines, la Fundación realiza entre otras las siguientes actividades:
— Promover y realizar la investigación científica mediante la colaboración interprofesional y la cooperación con instituciones y agentes socioeconómicos;
— Colaborar en la enseñanza de técnicas avanzadas como centro docente de referencia;
— Promocionar el perfeccionamiento técnico en cirugía de vanguardia.
El CCMIJU realiza su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mediante Orden ECI/4159/2006, de 7 de diciembre, se inscribió la citada fundación en el Registro de Fundaciones (BOE n.º 10, de 11 de enero de 2007), figurando igualmente, la designación de D. Miguel Álvarez Bayo como Director Gerente de la fundación.
El Decreto 165/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, establece en el apartado 5 del artículo 5 que CCMIJU se encuentra adscrito a la Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad.
Tercero. La Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022, en el ANEXO del proyecto de gastos de la Sección 14 Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital , en el servicio 14011 Dirección General de Agenda Digital y en el programa 332A Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones contempla una transferencia específica a favor del Centro de Cirugía de Mínima Invasión, Jesús Usón, para la ejecución del proyecto TE: Centro de Cirugía de Mínima Invasión, Jesús Usón, Red Extremeña de Prototipado y Fabricación Digital , por importe de 15.000 euros.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley, se consideran transferencias específicas, las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el ANEXO del proyecto de gastos de esta ley con cargo a los capítulos de gasto IV o VII, destinadas a financiar la realización de actuaciones concretas por los citadas entidades que forman parte del Sector Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco de las funciones que tengan atribuidas, siempre que no resulten de una convocatoria pública.
Las transferencias específicas, deberá formalizarse mediante convenio suscrito por el titular de la sección presupuestaria a la que se encuentren adscritos los créditos, con indicación del objeto de las actuaciones concretas a desarrollar; la forma de pago ajustada al Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005, el plazo; la forma de justificación, que deberá comprender la acreditación del coste del proyecto, del cumplimiento de su finalidad y las medidas que garanticen su trazabilidad; las acciones de seguimiento y control de las actuaciones; y las consecuencias de su incumplimiento, entre las que se incluirá, en todo caso, la devolución o compensación de las cantidades no justificadas.
La Ley 3/2021, de 30 de diciembre, contempla en su ANEXO un proyecto de gasto a favor del Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón :
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA DENOMINACIÓN DEL PROYECTO IMPORTE ANUALIDAD 2022
140110000 G/332A/44401/CAG0000001 20190176 5021_CCMIJU RED EXTREMEÑA DE PROTOTIPADO Y FABRICACIÓN DIGITAL 15.000 €
Mediante el presente Convenio se pretende formalizar la citada transferencia específica, conforme a lo dispuesto en el artículo 45.2 de la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, según el cual, el Convenio deberá contener, necesariamente, el objeto de las actuaciones concretas a desarrollar; la forma de pago, el plazo, la forma de justificación, las acciones de seguimiento y control de las actuaciones de su incumplimiento, entre las que se incluirá, en todo caso, la devolución o compensación de las cantidades no justificadas.
Por todo ello, ambas partes, acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
El presente Convenio tiene por objeto la realización de actividades relacionadas con el proyecto denominado Red Extremeña de Prototipado y Fabricación Digital , a través del Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón, para dotar de equipamiento al Laboratorio de Impresión Médica de dicho centro y realizar los trabajos que les sean solicitados previamente, los cuales versarán sobre las siguientes líneas prioritarias:
1. Bioimpresión de estructuras/tejidos (con o sin células) biológicos para investigación y/o estudios preclínicos.
2. Estudio, caracterización y síntesis de biomateriales con aplicación directa en bioimpresión.
3. Prototipos de piezas que forman parte del desarrollo y mejora de bioimpresoras.
4. Impresión de modelos para estudios iniciales en planificación quirúrgica.
5. Prototipos de simuladores de técnicas quirúrgicas.
6. Prototipos para la investigación en prótesis y órtesis.
7. Prototipos con aplicación médica directa o que forman parte de un equipo que tiene como fin la investigación en un campo relacionado con la medicina.
Segunda. Financiación.
La financiación del Proyecto Red Extremeña de Prototipado y Fabricación Digital, a favor del Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón con NIF N.º G10347417, por importe de quince mil (15.000 euros) con cargo al proyecto de gasto contemplado en la Ley de Presupuestos para 2022 código 20190176 en la aplicación presupuestaria 140110000 G/332A/44401 CAG0000001.
Tercera. Actuación.
La Fundación CCMIJU con cargo a esta transferencia específica, realizará las actividades previstas en el ANEXO I del presente convenio.
La ejecución de las actividades por parte de CCMIJU financiadas con cargo a esta transferencia no generará ingresos, en ningún caso.
Asimismo, el CCMIJU realizará la actuación recogida en el Anexo I del presente Convenio.
Cuarta. Pago y justificación.
1. El pago de esta transferencia específica se hará efectivo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y el artículo 3.1 del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de disposición de fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005. Al tratarse de una transferencia cuyo crédito es menor de 300.000 euros, el pago de la misma se efectuará de una sola vez, tras la firma del convenio.
2. Los gastos derivados de esta transferencia deberán estar referidos al período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022, ambos incluidos.
Sobre la base de lo expuesto, y con el objeto de proporcionar una mayor evidencia, seguimiento y verificación de la cuenta justificativa, será preciso concretar aspectos tales como el modo de presentación de dicha cuenta justificativa, la memoria de actividades, los recursos humanos y materiales, cuantificados económicamente, la documentación en ficheros electrónicos y el cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad de la Junta de Extremadura, a tal efecto se establecen las instrucciones detallas en el Anexo II que, con precisión y sistematización, serán de obligado cumplimiento para la entidad.
3. La justificación de las actuaciones realizadas durante toda la vigencia del Convenio será única y final y se podrá presentar hasta el 1 de marzo de 2023.
Quinta. Obligaciones de la entidad beneficiaria.
El Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón está obligado a:
a) Realizar las actividades objeto de la transferencia y destinar la misma a la finalidad para la que ha sido concedida, en la forma, condiciones y plazos establecidos.
b) Someterse a las actuaciones de comprobación, que efectúe el órgano concedente, aportando cuanta información le sea requerida.
c) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades sufragadas por la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital. Esta comunicación deberá efectuarse en el momento que adquiera la firmeza la concesión de la ayuda compatible y en todo caso, antes de la justificación del 100% de esta transferencia específica.
d) Acreditar con carácter previo al pago único que se halla al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
e) Adoptar las medidas de identificación, comunicación y publicidad establecidas en el presente convenio.
f) Llevar un sistema contable que permita verificar la correcta imputación de las operaciones financiadas con cargo al proyecto.
g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
h) Presentar la documentación justificativa de la ayuda en el plazo previsto en la cláusula quinta.
i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el presente convenio.
j) Cualquier otra obligación prevista en el texto de este convenio.
Sexta. Incumplimiento y reintegro.
1. El incumplimiento total o parcial de la obligación de justificación y/o de cualquiera de las restantes obligaciones e instrucciones establecidodas en el presente convenio, conllevará, previa audiencia de la Fundación CCMIJU, la devolución total o parcial de la transferencia específica y el reintegro a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura de las cantidades percibidas con los intereses legales correspondientes.
Serán causas de incumplimiento las siguientes:
a) No justificación, justificación insuficiente o justificación fuera de plazo de las actuaciones a ejecutar cada anualidad.
b) El falseamiento, la inexactitud o la omisión de los datos suministrados por la Fundación CCMIJU
c) No adopción de las medidas de difusión y publicidad de la cláusula décima.
d) No realización de las actividades objeto de esta transferencia.
e) El incumplimiento de cualquiera de las restantes obligaciones establecidas en el presente convenio.
2. El grado de incumplimiento se determinará proporcionalmente al porcentaje que no se haya ejecutado o no se haya justificado correctamente. Se entenderá cumplido el objeto de la transferencia cuando se alcance un grado de ejecución mínima equivalente al 50 % del importe total de la misma procediendo la devolución de las cantidades percibidas y no ejecutadas. En caso contrario, existirá incumplimiento total y procederá la devolución total de las cantidades percibidas cuando el grado de ejecución mínimo resulte inferior al 50% de la cuantía total de la transferencia. Todo ello, sin perjuicio de la exigencia del interés de demora previsto en el artículo 24 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, de Hacienda Pública de Extremadura.
3. El procedimiento de reintegro, cuando proceda en virtud del incumplimiento antes dicho, o a consecuencia de la emisión del informe de control financiero emitido por la Intervención General de la Junta de Extremadura o de cualquier otro órgano competente en materia de auditoría de los Fondos Europeos, se iniciará de oficio por la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de reintegro será de 12 meses desde la fecha de acuerdo de iniciación. Transcurrido el plazo para resolver sin que haya sido notificada resolución expresa, se producirá la caducidad del procedimiento, sin perjuicio de continuar las actuaciones hasta su terminación y sin que se considere interrumpida la prescripción por las actuaciones realizadas hasta la finalización del citado plazo.
El procedimiento de reintegro se iniciará de oficio por la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
La resolución del procedimiento de reintegro pondrá fin a la vía administrativa.
De no reintegrarse las cantidades que se determinen en periodo voluntario, se acudirá a la vía ejecutiva.
Séptima. Comisión de Seguimiento.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y dos representantes de CCMIJU designados por quienes suscriben el presente Convenio.
Esta Comisión se regirá en cuanto a su constitución, funcionamiento y adopción de acuerdos por la normativa vigente en materia de órganos colegiados contenida en la sección 3, Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a uno de los representantes de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de empate. El ejercicio de las funciones de Secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de CCMIJU.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente Convenio.
A la Comisión de Seguimiento le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:
Realizar el seguimiento de la actuación.
Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y ejecución del presente Convenio,
Recabar la información que sea razonable para el seguimiento de la actuación tanto en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo garantizar CCMIJU la disponibilidad de la información.
Octava. Eficacia, duración y resolución.
La eficacia del presente Convenio será desde la fecha de su firma por ambas partes hasta el 31 de diciembre de 2022, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula cuarta respecto del pago, la justificación de la transferencia específica.
Serán causas de Resolución del presente Convenio:
El transcurso del plazo de vigencia del mismo.
El acuerdo de las partes, formalizado por escrito.
La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de las actividades descritas.
La denuncia del Convenio instada por una de las partes ante el incumplimiento de la otra, de acuerdo con los términos establecidos en el presente documento. Es este caso, la parte cumplidora notificará a la otra el incumplimiento, concediendo un plazo de 15 días para subsanarlo y, en caso negativo, se dará por finalizado y extinguido el Convenio.
Falta o insuficiencia de crédito.
En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades en curso que deberán ser realizadas hasta su completa finalización.
Novena. Información y publicidad.
La identificación de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura.
Décima. Régimen Jurídico y resolución de controversias.
El presente convenio se establece al amparo del artículo 47.2 a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, tiene naturaleza administrativa y se encuentra excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4, en relación con el artículo 6 de dicho texto legal. En consecuencia, se regirá, en todo lo no previsto de forma expresa para él, por la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre (artículos 47 a 53), y demás normas de derecho administrativo que le sean de aplicación. No obstante, el procedimiento y los requisitos para la formalización del contrato a celebrar por la entidad beneficiaria para la ejecución de la actuación, deberá estar sujeto a la aplicación estricta de dicha Ley de Contratos del Sector Público, así como a la Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable en Extremadura.
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente convenio serán resueltas de mutuo acuerdo entre las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento establecida en la cláusula séptima de este convenio.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente Convenio
El Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital
PA, Resolución de 18 de julio de 2019(DOE núm. 141, de 23 de julio)
El Secretario General
MANUEL JIMÉNEZ GARCIA
El Director Gerente de la Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón
ANTONIO VERDE CORDERO
ANEXO I
MEMORIA DE LA ACTUACIÓN
La Red Extremeña de Prototipado y Fabricación Digital se enmarca en el contexto de la Agenda Digital para Extremadura y la RIS3.
La Agenda Digital de Extremadura es un proyecto integrador, sostenible e inteligente que establece la hoja de ruta de la política de implementación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en los próximos años en la región, para alcanzar una mayor competitividad y una mejor respuesta a los retos sociales (generación de riqueza y creación de empleo) en la era digital y en el horizonte temporal del próximo periodo de programación europeo 2014-2020 y esta, a su vez, en la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente (RIS3). Así, se considera que la Red Extremeña de Prototipado y Fabricación Digital es una de las actuaciones que da cumplimiento a la Agenda Digital de Extremadura en su objetivo 3: fortalecer el tejido empresarial, favoreciendo la creación de nuevos modelos de negocios asociados a las TICs, además de la investigación e innovación en el sector.
Por otra parte, la RIS3 de Extremadura (2014-2020) es una agenda integrada para la transformación económica de la región a través de la promoción del liderazgo científico y tecnológico de nuestra región en aquellos sectores en los cuales existe un alto potencial de crecimiento, orientando sus actividades hacia áreas prioritarias o de especialización tales como la agroalimentación, las energías limpias, el turismo, la salud y las TIC. Se considera que la Red Extremeña de Prototipado y Fabricación Digital es una de las actuaciones que da cumplimiento a la RIS3 en lo relativo al cumplimiento del RETO 3: Desarrollo de un tejido empresarial e industrial internacionalizado y competitivo capaz de generar riqueza de forma sostenible en el tiempo , Línea estratégica 4: “Impulso de la Industrialización”.
La Red Extremeña de Prototipado y Fabricación Digital consiste en una red de laboratorios locales (MicroLabs) lanzada a modo de prototipo, para favorecer la creatividad y el tejido y cultura industrial local proporcionando a los usuarios herramientas de fabricación digital. Son espacios de experimentación en el campo de la producción integrados en la realidad local donde se ubican. Por lo tanto, existe una gran diversidad entre los objetivos, proyectos y realizaciones o modelos de negocio.
En el ámbito de la Red Extremeña de Prototipado y Fabricación Digital (Red Fab.NEX), el Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón, cuenta con un Laboratorio de Impresión Médica (LIM) para realizar los trabajos con el equipamiento del Laboratorio que serán solicitados previamente (tanto por solicitantes internos como externos al CCMIJU) y posteriormente sometidos a un proceso de selección y aceptación por parte de un Comité Científico designado al efecto. El Comité tomará sus decisiones de acuerdo con las líneas prioritarias del Laboratorio de Impresión Médica. Estas líneas prioritarias estarán recogidas en el documento de evaluación de solicitudes y son las siguientes:
1. Bioimpresión de estructuras/tejidos (con o sin células) biológicos para investigación y/o estudios preclínicos.
2. Estudio, caracterización y síntesis de biomateriales con aplicación directa en bioimpresión.
3. Prototipos de piezas que forman parte del desarrollo y mejora de bioimpresoras.
4. Impresión de modelos para estudios iniciales en planificación quirúrgica.
5. Prototipos de simuladores de técnicas quirúrgicas.
6. Prototipos para la investigación en prótesis y órtesis.
7. Prototipos con aplicación médica directa o que forman parte de un equipo que tiene como fin la investigación en un campo relacionado con la medicina.
El desglose de actividades que se detallan a continuación puede estar sujeto a modificaciones mínimas para adecuar el presupuesto otorgado al cómputo total de actividades realizadas.
Actividad 1: Solicitudes de estudios/piezas (10.500,00 €).
Esta actividad engloba todas las solicitudes, tanto internas como externas, para realizar piezas, pruebas o estudios que utilicen el equipamiento del LIM. El coste previsto en esta actividad incluye tanto el material específico necesario, como las horas de trabajo del personal especializado que deberá atender en todo momento las solicitudes aprobadas.
Objetivo: Este apartado del presupuesto estará destinado a sufragar todos los gastos derivados de la realización (de forma gratuita) de las solicitudes. Se adquirirán todos los materiales necesarios (resinas, filamentos, hidrogeles, polvo de sinterit, agentes de curado, etc ) y se contabilizará el coste del personal que realizará el trabajo. En el caso de los seminarios, se incluyen gastos del personal del laboratorio, del personal externo y del material fungible de impresión en caso de que se realicen pruebas/demostraciones. Las actividades presenciales (jornadas, visitas, etc.) estarán supeditadas a que la situación sanitaria lo permita.
Presupuesto actividad 1
Coste (€)
Visitas/prensa/seminarios (RRHH) 2.216,60 €
Estudios/piezas (RRHH) 3.753,60 €
Estudios/piezas (materias, resinas, filamentos, hidrogeles) 4.529,80 €
TOTAL 10.500,00 €
Para la adecuada justificación de la actividad, además de la documentación que se indica en el ANEXO II, se deberán aportar:
Entregables de la actividad 1:
— Relación de solicitudes aceptadas para la realización de piezas, estudios y pruebas. Se identificará la persona o empresa de cada una de las solicitudes.
— Partes de visitas.
— Sobre los seminarios y jornadas: Se remitirá una memoria con indicación de:
Relación de asistentes.
Fecha y lugar de celebración.
Contenidos del seminario/jornada.
Relación de ponentes.
Fotografías o vídeos del evento.
— Publicaciones en prensa, redes sociales y otros medios.
— Relación de material adquirido señalando:
Descripción del material (marca, modelo, etc..)
Dispositivo del LIM al que va destinado el material.
Número de unidades adquiridas y número de unidades consumidas.
Importe de adquisición.
Justificantes de pago.
Actividad 2: Provisión de utillaje, herramientas y mantenimiento (4.500,00 €).
Esta actividad se encargará del material, pequeño utillaje, herramientas y otras necesidades que son generales del laboratorio y que no se pueden atribuir a una solicitud concreta de trabajo. Además, se realizarán las actividades de mantenimiento necesarias para mantener tanto el laboratorio como el equipamiento en perfectas condiciones de uso y poder atender la demanda de solicitudes generadas en la primera actividad.
Objetivo: Este apartado del presupuesto estará destinado a sufragar todos los gastos generales del laboratorio. Incluye la adquisición de un equipo de medición lumínica para calibración y varios tipos de disoluciones para calibración (pH, conductividad, etc.). Además, se contempla la adquisición de recambios para la BioX (principalmente conectores de aire y cartuchos vacíos) y para la Form2 (plataforma). Por último, algunas cajoneras y/o estantes de organización, utillaje de microfluídica (tubos de silicona, tubos neumáticos, etc.) y utillaje y fungible de laboratorio (clips, matraces, mordazas, cristalizadores, cabezales destilación, embudos, portabobinas, varillas, jeringas, refrigerante, grasa de silicona, llaves de paso). En este apartado no se contemplan gastos asociados a garantías de maquinaria, estos gastos son asumidos por los licitadores del pliego de compra de maquinaria (IECISA), tan sólo se incluyen posibles actuaciones de mantenimiento preventivo y correctivo, además de mejoras incluidas en los productos por el fabricante que se incluyen los mantenimientos periódicos.
Presupuesto actividad 2
Algunos de estos precios son estimaciones a día 15/03/2022 y pueden sufrir ciertas variaciones, debido a cambios divisa, fluctuación de gastos de envío o actualizaciones de los precios de los productos realizadas por los proveedores hasta el momento de su adquisición.
Coste (€)
Personal 616,80 €
Calibración 1.457,12 €
Recambios 723,00 €
Cajoneras/estantes 107,19 €
Microfluídica 430,62 €
Utillaje y fungible laboratorio 1.165,27 €
TOTAL 4.500,00 €
Para la adecuada justificación de la actividad, además de la documentación que se indica en el ANEXO II, se deberán aportar:
Entregables de la actividad 2:
Detalle del gasto de personal. Se identificará al trabajador, número de horas, etc..
Relación de material adquirido señalando:
— Descripción del material (marca, modelo, etc.).
— Número de unidades adquiridas y consumidas
— Importe de adquisición.
— Justificantes de pago.
— Facturas.
PRESUPUESTO TOTAL DE LA ACTUACIÓN
Actividades Coste € % por actividad
Actividad 1 Solicitudes/ estudio/seminarios 10.500,00 € 70 %
Actividad 2 Utillaje/herramientas/mantenimiento 4.500,00 € 30 %
TOTAL 15.000,00 € 100 %
CRONOGRAMA
Anualidad 2022
Enero-Marzo Abril-Junio Julio-Septiembre Oct-Dic
Estudios/piezas/visitas
Jornadas/seminarios
Utillaje y material
Mantenimiento
ANEXO II
INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN
Los gastos derivados de esta transferencia deberán estar referidos al período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022, ambos inclusive.
Sobre la base de lo anteriormente expuesto, y con el objeto de proporcionar una mayor evidencia, seguimiento y verificación de la cuenta justificativa, y siendo, asimismo, preciso concretar aspectos tales como el modo de presentación de dicha cuenta justificativa, los recursos humanos y materiales, cuantificados económicamente, la documentación en ficheros electrónicos y el cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad de la Junta de Extremadura, a tal efecto se establecen las presentes instrucciones de pautas que, con precisión y sistematización, serán de obligado cumplimiento para la entidad.
Primero. Justificación de los gastos y pagos realizados por la entidad.
Toda la documentación original justificativa (facturas, nóminas, TC de la Seguridad Social, acreditaciones de pago y demás documentación que resulte exigible de conformidad con la normativa aplicable) de los gastos y pagos realizados deberá ser recabada y se deberá indicar el porcentaje de imputación del gasto al proyecto subvencionado y la financiación mediante Fondos CA. En caso de imputación parcial, la misma deberá estar fijada previamente a la ejecución del gasto y constar suficientemente motivada en los documentos correspondientes del procedimiento de adquisición propio del CCMIJU.
Para la justificación final de los gastos y pagos derivados de esta transferencia se deberá presentar las tablas que acompañan este ANEXO II junto con la documentación que se describe a continuación:
— Memoria técnica donde se describan las actuaciones realizadas junto con el desglose por actividades y sus costes y que deberá contener una relación pormenorizada de las actividades y eventos realizados, los objetivos que se persiguen con cada uno junto con el dosier fotográfico que incluya la publicidad de cada uno de ellos.
— Fotografías de los carteles publicitarios según lo dispuesto en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, (DOE núm. 42, de 10 de abril), sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayuda de la Junta de Extremadura.
— Los costes de personal propio se acreditarán mediante la aportación de la nómina individualizada o el contrato de trabajo, así como los modelos TC1 y TC2 o documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico mercantil y la copia del pago bancario. Asimismo, se aportará relación nominativa del personal adscrito al proyecto y las horas de trabajo dedicadas, debiendo quedar claramente identificado, especificando los nombres de los trabajadores, el grupo profesional al que pertenece cada trabajador, su salario base, así como los complementos salariales que en su caso sean de aplicación a cada uno de ellos, y el porcentaje de imputación de cada uno al Proyecto.
Los gastos por importe superior a 300 euros, no podrán realizarse en efectivo o en metálico, quedando excluidos los gastos que no cumplan este requisito. En consecuencia, para acreditar la realización del pago de gastos por importe superior a dicha cantidad, el sistema es la transferencia bancaria o la domiciliación bancaria de los gastos, debiendo acompañarse a la factura el justificante de pago bancario (cartilla, extracto bancario, adeudo o movimiento bancario).
Los gastos de importe no superior a 300 euros, que no se realicen por transferencia o domiciliación bancaria, deberán realizarse a través de medios de pago que en todo caso permitan la comprobación de su efectiva realización. No será admitido ningún gasto cuyo pago no pueda acreditarse conforme a lo establecido en dicho párrafo.
CCMIJU llevará una contabilidad y facturación pormenorizada. Las cuentas y justificaciones deberán estar soportadas, como mínimo, en registros contables separados o códigos contables específicos que faciliten la justificación y control de estos fondos.
Asimismo, deberán conservar los expedientes de contratación y los justificantes de gastos y pagos conforme se establece en las presentes instrucciones, que estarán a disposición de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, de los órganos de fiscalización en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
Toda la documentación original justificativa (Contrato, facturas, acreditaciones de pago y demás documentación que resulte exigible de conformidad con la normativa aplicable), de los gastos y pagos realizados, será recabada y custodiada por el beneficiario.
Los costes de personal serán imputables siempre y cuando las personas desempeñen un papel directo y clave en el proyecto.
La contratación de personal externo a la empresa se realizará mediante el procedimiento de concurrencia competitiva y se ajustará a lo establecido en la normativa laboral vigente.
Formas de pagos.
Los pagos se realizarán de una de las formas que se indican a continuación:
Adeudo bancario nominativo que refleje el importe del documento de gasto.
Transferencia bancaria nominativa con validación mecánica que refleje el importe del documento de gasto.
Certificado del banco firmado y sellado, en el que se detalle que dicha factura ha sido efectivamente pagada.
Cheque bancario nominativo acompañándose de su correspondiente extracto bancario. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe indicado en el documento de gasto.
Extracto bancario nominativo (telefónica, etc.) reflejando el importe del documento de gasto.
Pago nominativo realizado por Internet donde se indique que el pago ha sido realizado, acreditado por la autoridad bancaria, de acuerdo con lo que dispone el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe indicado en el documento de gasto.
Para documentos de gasto con importe inferior a 400 € y siempre que estén referidos a la compra de pequeño material fungible, gastos de bolsillo, etc., recibí del proveedor en el que se indique que dicho documento de gasto (factura, ticket, etc.) ha sido efectivamente pagado o bien, cualquier otro medio probatorio del pago.
En el caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el importe del documento de gasto (pago agrupado), deberán desglosar los pagos efectuados donde pueda identificarse el gasto en cuestión. Dicho desglose deberá estar sellado por el banco (la suma del desglose bancario deberá coincidir con el importe reflejado en el pago agrupado).
Los gastos en salarios se realizarán de acuerdo con la normativa en materia de cotizaciones a la Seguridad Social, de conformidad con los grupos de cotización que correspondan y de retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Facturas.
Los gastos se deben justificar con facturas oficiales, así como documentos de contabilidad y apoyo con valor probatorio equivalente. En todo caso las facturas deberán cumplir lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de facturación. Una vez realizado el servicio o entregado el suministro o la obra correspondiente, para que la factura emitida pueda ser conformada por el responsable de la entidad ha de reunir siempre los siguientes requisitos:
Ha de ser emitida a favor de la entidad que ha contratado el servicio, suministro o la obra.
El N.I.F. de la entidad contratante.
El nombre de la empresa y N.I.F.
Fecha.
Número de factura.
Identificación del objeto de la factura claramente asociado a la actividad de que se trate, detallando los conceptos facturados
Detalle de si el I.V.A. está incluido o fraccionado.
De cada factura debe comprobarse la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido, y antes de proceder a conformarla ha de comprobarse que el importe de la misma es correcto.
Otros gastos.
Para la documentación acreditativa del resto de gastos debe tenerse en cuenta:
Amortización del equipamiento que el programa requiera: El cálculo de las cuotas de amortización se determinarán de conformidad con lo establecido en las Órdenes HAP/1781/2013 y HAP/1782/2013, de 20 de septiembre, en relación con lo establecido en el ANEXO de la tabla de coeficientes de amortizaciones del Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del impuesto sobre Sociedades (BOE núm. 165, de 11 de julio de 2015). Las facturas de adquisición de inmovilizado amortizable, deberá incluir en su original que el concepto corresponde a esta transferencia y el importe que se justifique como gasto deberá estar comprendido dentro del periodo de elegibilidad de la operación.
Alquiler: Los contratos del alquiler y las facturas emitidas al efecto deberán ajustarse a los elementos establecidos en el Real Decreto 1619/2012 de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Los precios de los alquileres se ajustarán a los precios de mercado, sin que se puedan encubrir adquisiciones, pues, en este caso, se deberá cargar la amortización que corresponda de acuerdo con el punto anterior.
CERTIFICADO DE JUSTIFICACIÓN DE INVERSIONES
D. con DNI n.º , en calidad de Director Gerente de la Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón con NIF N.º G10347417,
CERTIFICA:
— Que los gastos indicados en el Anexo de actuaciones se corresponden con las actividades recogidas en el Convenio de la aportación económica a favor de Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón, para financiar la realización del proyecto TE: Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón Red Extremeña de Prototipado y Fabricación Digital financiado con fondos de Comunidad Autónoma, en el ejercicio 2022.
— Que la relación de los importes que se detallan en el documento Anexo de actuaciones, firmado por el Director Gerente de la Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón, se encuentran efectivamente pagados y que los documentos necesarios para llevar a cabo de forma adecuada las distintas actuaciones , a que se refieren dichos importes, se encuentran en poder de la Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón a disposición de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, así como de los órganos de fiscalización.
— Que se han llevado a cabo las actuaciones, actividades, eventos, congresos, certámenes, etc., que deberán cumplir con los requisitos de identificación, información y publicidad. Asimismo, deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta de Extremadura.
Y para que así conste, firmo el presente certificado;
En a de de 2022
Director Gerente de la Fundación
Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón
Fdo.
TABLA 1. CUADRO RESUMEN DE ACTUACIONES DE LA TRANSFERENCIA
D.............................................................................. con DNI....................... y actuando en calidad de (representante legal) y D................................................................................ con DNI.......................... (auditor-interventor o persona que fiscalice gastos) certifica que la transferencia específica recibida de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital al amparo del Convenio para la realización de la transferencia TE: Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón Red Extremeña de Prototipado y Fabricación Digital por importe de ……..... euros, se ha destinado a la realización de las actuaciones referidas en dicho Convenio respecto de la anualidad 2022. Los gastos imputados y los justificantes de pago de dicha transferencia son los que se indican a continuación:
ACTUACIONES COSTE TOTAL 1ª JUSTIFICACIÓN 2ª JUSTIFICACIÓN CUOTAS (si es el caso)
Actuación 1.
Actuación 2.
TOTAL
En , a de de .
Fdo. Fdo
Nombre/s y apellidos del/los representante/s legal/es y sello de la empresa o de la entidad, según proceda) (Nombre/s y apellidos del/los auditor-interventor o persona que fiscalice gastos de la entidad, según proceda)
TABLA 2. RELACIÓN DE FACTURAS IMPUTADAS Y JUSTIFICANTES DE PAGO (DESGLOSAR POR ACTUACIONES Y CONCEPTOS)
D.................................................................................. con DNI............................. y actuando en calidad de (representante legal) y D............................................................................... con DNI.......................... (auditor-interventor o persona que fiscalice gastos) certifica que la transferencia específica recibida de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital al amparo del Convenio para la realización de la TE: Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón Red Extremeña de Prototipado y Fabricación Digital por importe de ................. euros, se ha destinado a la realización de las actuaciones referidas en dicho Convenio respecto de la anualidad 2022. Los gastos imputados y los justificantes de pago de dicha transferencia son los que se indican a continuación:
DATOS DE LAS FACTURAS Y JUSTIFICANTES DE PAGOS IMPUTADOS
N.º ORDEN ACTIVIDAD IMPUTADA FECHA FACTURA N.º FACTURA PROVEEDOR C.I.F. PROVEEDOR CONCEPTO IMPORTE BASE FACTURA IMPORTE (IVA INCLUIDO) IMPORTE IMPUTADO FORMA DE PAGO(*) FECHA VALOR PAGO
1
2
3
TOTAL
(*) Transferencia bancaria, adeudo por domiciliación, etc. En caso de cheque o pagaré se deberá identificar el número.
Todos los pagos realizados en dicha transferencia específica se han abonado desde las cuentas bancarias de la Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón
En , a de de .
Fdo. Fdo
Nombre/s y apellidos del/los representante/s legal/es y sello de la empresa o de la entidad, según proceda) (Nombre/s y apellidos del/los auditor-interventor o persona que fiscalice gastos de la entidad, según proceda)
TABLA 3. GASTOS DE PERSONAL DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA.
D................................................................................ con DNI........................... y actuando en calidad de (representante legal) y D......................................................................... con DNI.......................... (auditor-interventor o persona que fiscalice gastos) certifica que la transferencia específica recibida de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital al amparo del Convenio para la realización de la transferencia TE: Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón Red Extremeña de Prototipado y Fabricación Digital por importe de ……..... euros, se ha destinado a la realización de las actuaciones referidas en dicho Convenio respecto de la anualidad 2022. Los gastos de personal imputados y los justificantes de pago de dicha transferencia son los que se indican a continuación:
N.º ORDEN NOMBRE Y APELLIDOS NIF MES ACTIVIDAD COSTE/HORA HORAS IMPUTADAS TOTAL IMPUTADO (*)
1
2
3
TOTAL
* Cuantía resultante de la operación: horas imputadas x coste/hora
En , a de de .
Fdo. Fdo
Nombre/s y apellidos del/los representante/s legal/es y sello de la empresa o de la entidad, según proceda) (Nombre/s y apellidos del/los auditor-interventor o persona que fiscalice gastos de la entidad, según proceda)

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