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EXTRACTO de la Resolución de 23 de junio de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas a la organización y promoción de ferias comerciales oficiales de la Comunidad Autónoma de Extremadura correspondiente al ejercicio 2022.
DOE Número: 135
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 14 de julio de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Ferias. Subvenciones.
Página Inicio: 34135
Página Fin: 34136
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):638577
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.es)
y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Beneficiarios.
Los promotores de Ferias Comerciales Oficiales que cumplan los requisitos establecidos por el resuelvo segundo de la resolución.
Segundo. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria para el ejercicio de 2022 de las ayudas destinadas a la promoción, organización y celebración de ferias comerciales oficiales de la comunidad autónoma de Extremadura.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 57/2012, de 13 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas económicas destinadas a la organización y promoción de ferias comerciales oficiales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, (DOE núm. 73, de 17 de abril de 2012), modificado por el Decreto 31/2014, de 11 de marzo, (DOE núm. 52, de 17 de marzo).
Cuarto. Cuantía.
El coste total de las acciones previstas en la presente convocatoria asciende a 225.000 euros, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura del año 2022, repartidos de la siguiente forma:
— 175.000 euros se imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria 14003341A46900 y proyecto de gasto 20220029 denominado Ayudas para la organización de las ferias comerciales de Extremadura , financiado con fondos de la Comunidad Autónoma.
— 25.000 euros se imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria 14003341A46000 y proyecto de gasto 20220029 denominado Ayudas para la organización de las ferias comerciales de Extremadura , financiado con fondos de la Comunidad Autónoma.
— 25.000 euros se imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria 14003341A47000 y proyecto de gasto 20220029 denominado Ayudas para la organización de las ferias comerciales de Extremadura , financiado con fondos de la Comunidad Autónoma.
El procedimiento de concesión de las ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica, en los términos establecidos en los Capítulos I y II del Título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las ayudas consistirán en una subvención de hasta el 40 % del importe de la inversión aprobada, con un límite máximo de 25.000 euros, determinándose la intensidad de ayudas en función de los puntos obtenidos en aplicación de los criterios de valoración.
Entre 287 y 107 puntos: 40 % de ayuda.
Entre 106 y 50 puntos: 35 % de ayuda.
Entre 49 y 11 puntos: 30 % de ayuda.
La concesión de las ayudas se efectuará mediante la valoración de las solicitudes presentadas a fin de establecer una relación entre las mismas y adjudicar, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, aquellas que obtengan mayor valoración.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
Estas ayudas están acogidas al régimen de mínimis, sujetándose a lo establecido en el Reglamento (CE) 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis (DOUE L 352 de 24 de diciembre), no pudiendo superar la ayuda total de mínimis la cantidad de 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.
Mérida, 23 de junio de 2022.
El Secretario General,
Manuel Jiménez García

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