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RESOLUCIÓN de 22 de septiembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se acuerda de forma conjunta la apertura de la fase de consulta pública previa, sugerencias así como el periodo de audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones en las reservas de la biosfera de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria.
DOE Número: 189
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 30 de septiembre de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 47131
Página Fin: 47135
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
A través de los artículos 7 y 40 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura se reconoce el derecho de los ciudadanos a participar en la elaboración de disposiciones de carácter general mediante la remisión de sugerencias. Para que dicha participación sea efectiva, se establece que la Administración Autonómica publicará los procedimientos de elaboración normativa que estén en curso, indicando su objeto, estado de tramitación y el proyecto normativo.
En este mismo sentido el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, estableciendo que:
1. Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 24.1 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el procedimiento de aprobación de las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones financiables con fondos europeos se tramitará por la vía de urgencia, efectuándose conjuntamente los trámites de consulta, audiencia e información pública.
En cumplimiento de las citadas normas,
RESUELVO:
Primero. La apertura de un plazo común de siete días naturales a contar desde la publicación del proyecto de decreto en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura a fin de que cualquier persona física o jurídica interesada pueda examinar el texto del proyecto indicado y formular las proposiciones, sugerencias o recomendaciones que estime oportunas.
Los sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, podrán manifestar su opinión, en el formulario ANEXO a la presente resolución, con base en lo siguiente:
a) Antecedentes de la norma.
La Junta de Extremadura, a través de su Estatuto de Autonomía, tiene atribuidas las competencias para la protección del medio ambiente y de los ecosistemas, debiendo adoptar las medidas necesarias para garantizar la conservación, protección y recuperación de las especies de fauna y flora que viven en el estado silvestre en su territorio. Por su parte, la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, tiene asumidas las competencias en materia de conservación de la naturaleza que le atribuye el Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Conforme se establece en el artículo 4 del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, a la Dirección General de Sostenibilidad le corresponden, entre otras, las funciones de promoción, impulso, propuesta, divulgación, programación, ejecución, vigilancia y control en materia de medio ambiente, especialmente, conservación de la naturaleza, áreas protegidas, prevención ambiental, calidad ambiental y cambio climático.
b) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
Con estas ayudas se pretende impulsar acciones demostrativas de la sostenibilidad del desarrollo, fomentando el empleo verde y el emprendimiento vinculado a nuevas actividades sostenibles en las Reservas de la Biosfera españolas. Las actividades financiables a desarrollar por sus destinatarios últimos se centrarán en desarrollar, demostrar, promover y presentar relaciones armoniosas del ser humano con su entorno, ejemplificando una nueva manera de relación de las personas con la naturaleza. El establecimiento de estas ayudas contribuye además al objetivo fundamental de fijación de la población en el medio rural, al favorecer el bienestar general y dinamizar procesos de economía circular que pueden crear actividad y empleo. Por este motivo, esta actuación se considera una medida adecuada de la política de la Junta de Extremadura ante el reto demográfico y territorial.
c) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
Mediante el decreto objeto de las bases reguladoras se regula el procedimiento a seguir en la tramitación y resolución de las subvenciones para actuaciones en las Reservas de la Biosfera de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU.
La presente base reguladora establece las siguientes líneas de subvenciones en función de la Reserva de la Biosfera donde se ejecuten las actuaciones, estableciéndose el ámbito territorial de cada una de ellas:
a) Línea 1 Actuaciones en la Reserva de la Biosfera La Siberia : términos municipales de Castilblanco, Fuenlabrada de los Montes, Garbayuela, Helechosa de los Montes, Herrera del Duque, Puebla de Alcocer, Risco, Sancti-Spíritus, Tamurejo, Valdecaballeros y Villarta de los Montes.
b) Línea 2 Actuaciones en la Reserva de la Biosfera de Monfragüe : términos municipales de Malpartida de Plasencia, Serradilla, Serrejón, Toril, Torrejón El Rubio, Casas de Miravete, Jaraicejo, Casas de Millán, Casatejada, Deleitosa, Higuera de Albalat, Mirabel, Romangordo y Saucedilla
c) Línea 3 Actuaciones en la Reserva de la Biosfera Tajo-Tejo Internacional : términos municipales de Alcántara, Brozas, Carbajo, Cedillo, Herrera de Alcántara, Membrío, Mata de Alcántara, Salorino, Herreruela, Piedras Albas, Santiago de Alcántara, Valencia de Alcántara, Villa del Rey y Zarza la Mayor.
La regulación de este decreto se ajusta a lo previsto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, regulando los extremos que recoge el artículo 16 de la citada norma y estableciendo como procedimiento de concesión el ordinario en régimen de concurrencia competitiva.
d) Los objetivos de la norma.
Establecer las bases reguladoras de ayudas para actuaciones en las Reservas de la Biosfera de la Comunidad Autónoma Extremadura, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y convocar estas ayudas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Estas ayudas tendrán como finalidad la conservación y gestión de la biodiversidad y de los recursos naturales, el fomento del desarrollo sostenible y la mejora del patrimonio cultural en las Reservas de la Biosfera de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
e) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No proceden.
Las opiniones, proposiciones, sugerencias o recomendaciones podrán presentarse a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a través del siguiente correo electrónico: dgsostenibilidad.tes@juntaex.es.
Segundo. El horario y lugar de exposición del proyecto de decreto al que se refiere esta resolución será, durante los días señalados, de 10:00 horas a 14:00 horas en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad, Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, Edificio III Milenio, avda. Valhondo, s/n., Módulo 2-4.ª planta de Mérida (Badajoz).
Así mismo el proyecto de decreto estará a disposición de los interesados en el Portal de Transparencia, a través de la siguiente dirección de internet:
http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/p-transicion-ecologica-y-sostenibilidad.
Mérida, 22 de septiembre de 2022. La Secretaria General, MARÍA CONSUELO CERRATO CALDERA.
ANEXO
FORMULARIO DE CONSULTA PÚBLICA
Proyecto de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones en las Reservas de la Biosfera de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE NEXT GENERATION EU y se aprueba la única convocatoria.
Aspectos planteados Sugerencias de los interesados
1. Identificación de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.  
2. Necesidad y oportunidad de su aprobación.  
3. Objetivos de la norma.  
4. Posibles soluciones alternativas regulatorias o no.  

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