Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

RESOLUCIÓN de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, y la Fundación "La Caixa" para el desarrollo del "Programa de personas mayores" en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
DOE Número: 210
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 02 de noviembre de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 52649
Página Fin: 52662
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 4 de octubre de 2022, el Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, y la Fundación La Caixa para el desarrollo del Programa de personas mayores en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como ANEXO de la presente resolución.
Mérida, 13 de octubre de 2022.
La Secretaria General.
PA, Resolución de 01/03/2021,DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA, Y LA FUNDACIÓN LA CAIXA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE PERSONAS MAYORES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
4 de octubre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, D. José María Vergeles Blanca que interviene en nombre y representación de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, en su condición de titular de la misma nombrado por Decreto del Presidente 18/2019, de 1 de julio (DOE n.º 126, de 2 de julio), en virtud de las funciones atribuidas por los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los artículos 2.2.b) y 18 del Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), con domicilio en Avenida de las Américas, núm. 2 de 06800 -Mérida.
Y de otra parte, Dña. Montserrat Buisán Gallardo, directora corporativa de Programas Sociales de la Fundación Bancaria Caixa d Estalvis i Pensions de Barcelona la Caixa , actuando en nombre de la misma (en adelante, la Fundación la Caixa”), domiciliada en Palma (Islas Baleares), plaza de Weyler, 3, y con NIF núm. ****99***, en virtud de los poderes otorgados por su Director General según escritura pública de fecha 5 de noviembre de 2020, otorgada ante el Notario de Barcelona D. Santiago M. Giménez Arbona, con protocolo número mil ochocientos noventa y seis”.
Las partes intervienen en el ejercicio de las facultades que legalmente les confieren los cargos que respectivamente desempeñan, reconociéndose su capacidad jurídica y legitimación para la suscripción del presente convenio y la representación de las instituciones que se nombran, en su virtud.
MANIFIESTAN
I. Que el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, establece en su artículo 7 los principios rectores de los poderes públicos regionales, disponiendo que éstos:
( ) 14. Velarán por la especial protección de aquellos sectores de población con especiales necesidades de cualquier tipo. La igualdad efectiva de los extremeños pasa inexcusablemente por la adopción de políticas específicas para la infancia, los mayores y cualquier otro sector social con necesidades específicas .
Estableciendo en su artículo 9, como competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Extremadura, entre otras, las siguientes materias:
( ) 27. Acción social. En particular, la promoción y protección de los mayores y la prevención, atención e inserción social de los colectivos afectados por cualquier tipo de discapacidad, dependencia o cualesquiera otras circunstancias determinantes de exclusión social. Prestaciones económicas de asistencia social diferentes de las de seguridad social
II. Que el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), adscrito a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, creado por Ley 1/2008, de 22 de mayo, tiene por finalidad ejercer las competencias de administración y gestión de servicios, prestaciones y programas sociosanitarios que le encomiende la Administración de la Comunidad Autónoma, conforme a los objetivos y principios de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia, y desarrollo y coordinación de las políticas sociales de atención a personas con discapacidad y mayores.
De conformidad con establecido, en el artículo 2 del Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del SEPAD desarrollará, entre otras, las siguientes funciones:
a) La promoción de la autonomía personal.
b) La ejecución y coordinación de las políticas sociales en materia de envejecimiento activo, discapacidad y dependencia en salud mental y menores.
c) La planificación, organización, dirección y gestión de los centros y servicios adscritos al mismo, y que operen bajo su dependencia orgánica y/o funcional.
En todo caso, corresponderá a la Consejería competente en materia de dependencia las siguientes funciones:
a) La planificación, supervisión, coordinación sociosanitaria y control de las políticas sociales en materia de dependencia, discapacidad, mayores y envejecimiento activo y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Las relaciones institucionales del SEPAD con otras Administraciones o entidades públicas o privadas.
III. Que la Fundación la Caixa dentro de sus estatutos tiene como fines los siguientes:
1. La Fundación la Caixa tiene por objeto, con carácter general, el fomento y desarrollo de obras sociales, benéficas, asistenciales, docentes y/o culturales, y le será propia cualquier actividad que, aunque sea indirectamente, esté ordenada a esos fines.
2. En particular, la Fundación la Caixa creará, reglamentará y sostendrá, en la medida que lo permitan los beneficios y una vez atendidas las dotaciones legales y voluntarias a reservas, y como manifestación esencial de sus actuaciones, obras benéficas, culturales, de mutualismo y de socorro mutuo, asistenciales, de lucha sanitaria y de acción social, de investigación o cualesquiera otras distintas de las señaladas que pudiera determinar el Patronato que tengan una finalidad similar o de naturaleza análoga desde el punto de vista del interés general.
Esta manifestación esencial de la actuación de la Fundación la Caixa constituirá su obra benéfica, cultural, social y de asistencia.
3. La Fundación la Caixa , con pleno respeto a la ley, dentro del cumplimiento de sus fines y atendidas las circunstancias de cada momento, tendrá plena libertad para gestionar la Obra Social, según los objetivos concretos que, a juicio de su Patronato, resulten prioritarios.
Así mismo la Fundación la Caixa ha consolidado desde su origen diferentes líneas de actuación mediante el Programa de Personas Mayores con la finalidad de acompañar a las personas mayores, maximizar sus posibilidades de desarrollo personal y facilitar la construcción de relaciones de apoyo que proporcionen oportunidades para el desarrollo de una vida plena y comprometida con la sociedad.
IV. Que ambas instituciones son conscientes del papel activo que desarrollan y deben desarrollar las personas mayores en la sociedad, donde el aumento progresivo de la esperanza de vida, así como la mejora de las condiciones sociales y de salud, han dado lugar a un colectivo cada vez más numeroso, con mayor formación e información y con necesidades distintas a lo largo de su ciclo vital. Todo ello supone la necesidad de dar respuestas diversas e innovadoras.
V. Que la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, a través del SEPAD, y la Fundación Bancaria la Caixa reconocen la labor que se ha venido desarrollando en los últimos años para impulsar la promoción del envejecimiento activo, materializada en los convenios de colaboración suscritos por ambas instituciones desde 1997, impulsando actividades de promoción de la salud y de prevención de situaciones de dependencia, y fomentando las actividades de participación social y voluntariado.
VI. Que la pandemia de la COVID-19 y los efectos de la misma pueden suponer la articulación de medios organizativos alternativos para el mantenimiento y desarrollo de la colaboración.
Por todo lo expuesto, ambas partes, y virtud del interés de colaborar para conseguir objetivos comunes, acuerdan libremente suscribir el presente convenio de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es el establecimiento del desarrollo del Programa de Personas Mayores de la Fundación la Caixa en la red de centros de mayores con titularidad del SEPAD de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales que se describen en el ANEXO I. Por medio del mismo, la Fundación la Caixa pone a disposición de dichos centros un elenco de actividades formativas y proyectos sociales dirigidos a las personas mayores usuarias de estos centros.
La descripción de las actividades formativas y proyectos sociales que forman parte del Programa de Personas Mayores y de sus respectivas líneas de actuación, así como los procedimientos a tener en cuenta en su organización y gestión, se detallan en el Anexo II del convenio.
Las actividades que se desarrollen en el marco del presente convenio serán siempre gratuitas para las personas mayores participantes.
Segunda. Compromisos de las partes.
1. Compromisos de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, a través del SEPAD.
Por una parte, la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales a través del SEPAD, se compromete a potenciar, informar y colaborar en el desarrollo de las actividades formativas y proyectos sociales de la Fundación la Caixa facilitando el apoyo en la organización necesario para su correcta ejecución.
Asimismo, velar por una correcta utilización por parte de los usuarios de los equipamientos facilitados (incluidos los equipos informáticos).
2. Compromisos de la Fundación la Caixa
Por su parte, la Fundación la Caixa se compromete a:
Impulsar y desarrollar las actividades formativas y proyectos sociales descritos en el Anexo II proporcionando los recursos necesarios para su desarrollo.
Ofrecer las herramientas necesarias para que los voluntarios puedan desarrollar la capacitación requerida para su acción.
Asumir el mantenimiento de los equipos informáticos de los Espacios Fundación la Caixa (aulas de informática), garantizando su buen funcionamiento durante la vigencia de este convenio y de sus prórrogas.
Informar periódicamente a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales a través del SEPAD de la propuesta de actividades formativas y proyectos sociales que se podrán organizar en los centros de personas mayores conveniados.
Facilitar información a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, a través del SEPAD, de la propuesta de actividades y proyectos, tanto de sus contenidos como de su metodología, con la antelación necesaria para que se puedan acordar de manera conjunta, preferentemente a través de la comisión de seguimiento, las actividades y proyectos a programar y realizar en los centros de mayores en convenio.
Asimismo, la Fundación la Caixa informará a las direcciones y responsables de los centros de mayores conveniados respecto a las herramientas y contenidos que se facilitarán a las personas mayores durante su participación en la actividad.
Tercera. Comisión de seguimiento.
Para facilitar el seguimiento y cumplimiento del convenio, se constituirá una comisión de seguimiento integrada, como mínimo, por dos representantes del SEPAD y dos de la Fundación la Caixa .
A la comisión de seguimiento le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:
a) Definir el plan de trabajo y las funciones a desarrollar por las partes, respetar el calendario de implantación del plan de trabajo en los centros y determinar los espacios donde se llevarán a cabo dichas actividades y proyectos.
b) Coordinar y realizar el seguimiento de las actividades previstas.
c) Presentar propuestas de posibles colaboraciones para la puesta en marcha de proyectos de voluntariado.
d) Velar por el cumplimiento de los términos de colaboración acordados en el presente documento.
e) Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse durante la vigencia del convenio
Esta comisión se reunirá por lo menos una vez al año, pudiendo ser convocada cuantas veces se estime necesario por cualquiera de las partes.
Su régimen jurídico será el establecido en la Sección 3ª del Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público para los órganos colegiados.
Cuarta. Difusión del convenio.
En la difusión que se realice en cualquier medio de comunicación sobre las actuaciones derivadas de este convenio, se hará constar expresamente que estas se realizan en virtud de la colaboración establecida entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales a través del SEPAD y la Fundación la Caixa .
En los elementos de difusión de las actuaciones incluidas en este documento y promovidas conjuntamente aparecerá la imagen corporativa de ambas instituciones.
Quinta. Otras colaboraciones.
La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales a través del SEPAD no aceptará otras colaboraciones con entidades de crédito o fundaciones a ellas asociadas que tengan idéntico objeto en los centros adheridos al presente convenio.
Sexta. Confidencialidad y tratamiento de datos de carácter personal.
Ambas partes se comprometen a cumplir las exigencias previstas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento general de protección de datos) así como Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. 
Las partes se obligan a guardar secreto profesional respecto de los datos, tanto de carácter personal como profesional, a los que tuvieran acceso y vinculados a la participación en las actividades propuestas en el marco del presente convenio y recogidos en el ANEXO II, obligación que subsistirá aún después de finalizar la vigencia del presente convenio, y establecerán las medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal, evitando su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado conforme a los requisitos establecidos en la normativa citada previamente.
Al término del convenio, las partes devolverán toda la información y documentación aportada para su cumplimiento que obre en su poder.
Las partes serán responsables de los daños y perjuicios que se ocasionen con motivo del incumplimiento de lo establecido en esta cláusula, incluido el importe de cualquier sanción que pudiera ser impuesta por la Agencia de Protección de Datos.
Séptima: Financiación.
El presente Convenio no conlleva gastos para la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
Octava: Modificación del convenio.
Los términos del presente Convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras, a través de la correspondiente adenda, pudiéndose cambiar, ampliar y sustituir las actividades propuestas en el ANEXO II por otras de análoga naturaleza, así como la renovación de espacios y equipamientos informáticos de los ciberespacios y la inclusión de nuevos centros de mayores en la red.
A estos efectos, no se considerará modificación del convenio aquellas circunstancias derivadas de la pandemia por COVID 19 que puedan suponer restricciones que afecten al desarrollo de la actividad habitual de estos centros de mayores:
— En el caso de que los centros de mayores estén abiertos y de acuerdo con las medidas que dictaminen las autoridades sanitarias, la realización de la propuesta de actividades formativas y proyectos sociales será en formato presencial.
— En aquellas circunstancias en las que los centros de mayores estén cerrados, se ofrecerá una propuesta de actividades formativas y proyectos sociales en formato online.
Novena. Vigencia del Convenio.
El presente convenio producirá efectos desde el momento de su firma hasta el 31 de diciembre de 2023. No obstante, el convenio podrá ser prorrogado hasta por 2 años previo acuerdo expreso y por escrito de las partes.
Décima: Resolución del convenio.
El convenio concluirá a la finalización del periodo de su vigencia o por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:
— El incumplimiento de cualquiera de sus cláusulas por alguna de las partes.
— El acuerdo unánime de las partes, que se instrumentará por escrito.
— La imposibilidad sobrevenida, legal o material, para el desarrollo de las actividades que constituyen su objeto.
— Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
Undécima. Consecuencias aplicables en caso de incumplimiento.
En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes del convenio, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un plazo de 15 días con las obligaciones o compromisos incumplidos. Dicho requerimiento será comunicado a la Comisión Mixta de Seguimiento prevista en la cláusula tercera del presente convenio. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra la concurrencia de la causa de resolución y se podrá entender resuelto el convenio.
Duodécima. Naturaleza del convenio.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, estando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 6.2.
De conformidad con la naturaleza del convenio, el mismo estará sujeto a lo dispuesto en el Capítulo VI, del Título Preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Como consecuencia de la naturaleza administrativa señalada, las cuestiones litigiosas se resolverán en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Y, en prueba de conformidad y para que conste a los efectos oportunos, las partes firman el presente convenio, en ejemplar triplicado y en todas sus hojas, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
Por parte de la Junta de Extremadura
D. JOSÉ MARÍA VERGELES BLANCA
Por parte de la Fundación Bancaria Caixa D'Estalvis i Pensions de Barcelona "La Caixa"
SRA/DÑA MONTSERRAT BUISÁN GALLARDO
ANEXO I
CENTROS DE MAYORES INCLUIDOS EN EL CONVENIO
PROVINCIA DE BADAJOZ
Centro de Mayores de Almendralejo.
C/ San Antonio, s/n 06200 Almendralejo.
Centro de Mayores de Azuaga.
Avda. Torres Naharro, s/n 06920 Azuaga.
Centro de Mayores San Andrés de Badajoz.
C/ Benegas, 10 - 06002-Badajoz.
Centro de Mayores Campomayor de Badajoz.
Avda. Padre Tacoronte, s/n - 06002 Badajoz.
Centro de Mayores de Castuera.
C/ Reyes Huertas, s/n - 06420 Castuera.
Centro de Mayores de Burguillos del Cerro.
Avda. del Pensionista, s/n - 06370 Burguillos del Cerro.
Centro de Mayores de Don Benito.
Avda. de la Constitución, s/n 06400 Don Benito.
Centro de Mayores de Los Santos de Maimona.
C/ Capitán Carrasco, 6 - 06230 Los Santos de Maimona.
Centro de Mayores Reyes Huertas de Mérida.
C/ Reyes Huertas, s/n - 06800 Mérida.
Centro de Mayores de Olivenza.
Paseo Hernán Cortés, 15 - 06100 Olivenza.
Centro de Mayores de San Vicente de Alcántara.
Parque de España, s/n 06500 - San Vicente de Alcántara.
Centro de Mayores de Talarrubias.
C/ Pilarito, 2 - 06640 Talarrubias.
Centro de Mayores de Zafra.
Plaza de Dulce Chacón, s/n - 06300 Zafra.
Centro de Mayores de Villanueva de la Serena.
Plaza de Conquistadores, s/n.- 06700.- Villanueva de la Serena.
PROVINCIA DE CÁCERES
Centro de Mayores Plaza Mayor de Cáceres.
Plaza Mayor, 7 - 10001-Cáceres.
Centro de Mayores Peña del Cura de Cáceres.
C/ Nápoles, 1 - 10001 Cáceres.
Centro de Mayores de Hervás.
C/ La Poza, 4 - 10700 Hervás.
Centro de Mayores de Jaraíz de la Vera.
Ctra. de Plasencia s/n - 10400 Jaraíz de la Vera.
Centro de Mayores de Montehermoso.
Carretera de Plasencia s/n - 10810 Montehermoso.
Centro de Mayores de Miajadas.
C/ Ramón y Cajal, 1 - 10100 Miajadas.
Centro de Mayores de Moraleja.
C/ Cilleros, 4 - 10840 Moraleja.
Centro de Mayores de Navalmoral de la Mata.
C/ Pablo Luengo, 17 - 10300 - Navalmoral de la Mata.
Centro Mayores Avda. de la Vera .
Avda. de la Vera, 18 - 10600 Plasencia.
Centro de Mayores de Trujillo.
Avda. de la Coronación, 6 - 10200 Trujillo.
ANEXO II
PROGRAMA DE PERSONAS MAYORES
La propuesta de actividades presenciales y proyectos se integra en las líneas de actuación del Programa de Personas Mayores de la Fundación la Caixa :
A. Mantenimiento de la salud física y prevención de la fragilidad
El objetivo de esta línea de actuación es promover la autonomía de las personas mediante hábitos de vida saludable que mejoren su bienestar físico y cognitivo.
— ¡En forma! *
Número de sesiones: 16 (1 h/sesión).
— ¡En forma! 2 *
Número de sesiones: 16 (1 h/sesión).
— Alimenta tu bienestar *
Número de sesiones: 8 (1h 30min/sesión).
— Alimenta tu bienestar 2 *
Número de sesiones: 3 (1h 30 min/sesión).
— Actívate *
Número de sesiones: 4 (2 h/sesión).
— Entrena *
Número de sesiones: 8 (2 h/sesión).
— Despertar con una sonrisa *
Número de sesiones: 3 (2 h/sesión).
— Menos Dolor, más vida *
Número de sesiones: 6 (2 h/sesión).
— Amigos Lectores *
Número de sesiones: 6 (2 h/sesión).
B. Fomento del desarrollo personal
El objetivo de esta línea de actuación es facilitar el desarrollo de competencias y recursos personales que redundan en la mejora del bienestar emocional.
— Vivir como yo quiero *
Número de sesiones: 13 (1h 30min/sesión).
— Vivir en positivo *
Número de sesiones: 13 (1h 30min/sesión).
— Vivir es descubrirme *
Número de sesiones: 12 (1h 30min/sesión).
— Vivir con sentido *
Número de sesiones: 9 (1h 30 min/sesión).
— Buen trato *
Número de sesiones: 4 (1h 30 min/sesión).
— Cinefórum, Buen trato
Número de sesiones: 1 (2 h 30 min / sesión).
C. Mejora de las competencias digitales
Se pretende acompañar a las personas mayores en un proceso de aprendizaje práctico y ameno, para contribuir a la adquisición de competencias en tecnologías de información y comunicación (TIC), y ayudar en las necesidades digitales cotidianas.
— Iniciación a la informática
Número de sesiones: 8 (2 h/sesión).
— Videoconferencias *
Número de sesiones: 6 (2 h/sesión).
— WhatsApp *
Número de sesiones: 4 (2 h/sesión).
— Haz trámites por Internet
Número de sesiones: 10 (2 h/sesión).
— Redes Sociales *
Número de sesiones: 4 (2 h/sesión).
— Comunícate por la red
Número de sesiones: 12 (2 h/sesión).
— Prepara tu salida o desplazamiento
Número de sesiones: 10 (2 h/sesión).
— Imágenes para recordar
Número de sesiones: 12 (2 h/sesión).
D. Participación social y voluntariado.
El objetivo de esta línea de actuación es facilitar que las personas mayores puedan participar y aportar su experiencia vital y sus conocimientos en nuestra sociedad, y se sientan así parte de la misma.
— Acciones locales *
Número de sesiones: 3 (2 h/sesión).
— Acciones locales. Proyectos específicos
Número de sesiones: 5 (2 h/sesión).
— Grandes Lectores
Número de sesiones: 6 (2 h/sesión).
— Participación y habilidades sociales
Número de sesiones: 9 (2h/sesión).
* Conversión a formato online exclusivamente en aquellas circunstancias derivadas por del COVID en las que los centros de mayores estén cerrados y se ofrecerá la propuesta de actividades formativas y proyectos sociales las actividades marcadas como tal, en virtud de lo recogido en la cláusula octava.

Otras Opciones

2024 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal