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EXTRACTO de la Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar para el alumnado participante en los Programas de Éxito Educativo o en los Programas de Refuerzo, Orientación y Apoyo que se desarrollen en horario de tarde, en centros educativos sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso escolar 2022/2023.
DOE Número: 210
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 02 de noviembre de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Educación. Ayudas.
Página Inicio: 52848
Página Fin: 52850
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 652495
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Se convocan ayudas para gastos de transporte y/o comedor escolar para el alumnado escolarizado en centros educativos sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en los siguientes Programas y etapas:
a) Programas de Éxito Educativo: alumnado matriculado en Educación Básica Obligatoria.
b) Programas de Refuerzo, Orientación y Apoyo: alumnado matriculado en Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato.
Estos programas se desarrollarán en horario de tarde.
Segundo. Beneficiarios.
El alumnado, que por haber sido seleccionado por el centro educativo sostenido con fondos públicos donde se encuentra escolarizado, para participar en el Programa de Éxito Educativo o en el Programa de Refuerzo, Orientación y Apoyo, esté obligado a desplazarse fuera de su localidad de residencia para asistir a su centro educativo en los términos contemplados en la orden de bases reguladoras.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 29 de septiembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas a ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar para el alumnado participante en los Programas de Éxito Educativo o en los Programas de Refuerzo, Orientación y Apoyo que se desarrollen en horario de tarde, en centros educativos sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 193, de 6 de octubre de 2021).
Cuarto. Cuantía.
Para la financiación de esta convocatoria se destinará la cantidad total de ciento cincuenta mil euros (150.000 euros), con cargo a la posición presupuestaria 13005 222G 48100, proyecto 20060133.
En la convocatoria se seguirá la tramitación anticipada previsto en la regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020 por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad de la Junta de Extremadura, quedando, en todo caso, dicha convocatoria sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2023.
Las modalidades de las ayudas serán las siguientes:
a) Transporte: Ayudas para sufragar los gastos del traslado del alumnado, desde su domicilio habitual al centro escolar, los días en los que se desarrolle el Programa de Éxito Educativo o las actuaciones del Programa de Refuerzo, Orientación y Apoyo.
b) Comedor: Ayudas para sufragar los gastos derivados de comedor al alumnado escolarizado en un centro sostenido con fondos públicos que no disponga de servicio de comedor escolar gestionado por la Administración educativa y, que siendo beneficiario de la ayuda de transporte, asista a las actividades del Programa de Éxito Educativo o del Programa de Refuerzo, Orientación y Apoyo.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura hasta el 15 de junio de 2023, o hasta agotarse el crédito previsto en la convocatoria.
Sexto. Otros datos.
Los padres o tutores legales formalizarán las solicitudes de ayudas según el modelo que se acompaña como ANEXO I a la resolución de convocatoria.
Con la solicitud acompañarán la siguiente documentación:
a) Certificado de residencia, expedido desde el Ayuntamiento en el que conste el domicilio del alumno durante el curso escolar y los kilómetros de distancia al centro.
b) Alta de terceros del alumno/a, referido a la cuenta bancaria en que desea se le ingrese la ayuda. En el caso de encontrarse dado de alta en el subsistema de terceros de la Junta de Extremadura, no será necesario aportar el modelo y bastará con indicar en el ANEXO I el número de cuenta activo.
c) Documento Nacional de Identidad (DNI), Tarjeta de Identidad o Pasaporte del solicitante: el órgano gestor lo recabará de oficio. En el caso de que se oponga de manera expresa a tal actuación, el interesado/a quedará obligado/a a aportar fotocopia del documento. En cualquier caso, el DNI, Tarjeta de Identidad o Pasaporte del alumno/a interesado/a o del padre, madre o representante legal del mismo/a debe coincidir con el titular de la cuenta bancaria que se especifica para el cobro de la ayuda.
d) En los supuestos de ayuda de transporte por coste de servicio se acompañará, además, el presupuesto de transporte por coste de servicio que se va a realizar, por la empresa del sector legalmente constituida, debiendo figurar en dicho documento el NIF de la misma.
e) En el supuesto de ayuda de comedor se acompañará la solicitud del presupuesto de la empresa del sector legalmente constituida, debiendo figurar en dicho documento el NIF de la misma.
Mérida, 6 de octubre de 2022.
El Director General de Innovación e Inclusión Educativa,
(PD, Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Secretaría General, sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma, DOE núm. 223, de 19 de noviembre).
JUAN PABLO VENERO VALENZUELA

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