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RESOLUCIÓN de 31 de octubre de 2022, de la Dirección Gerencia, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 102/2022, dictada por el Juzgado Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, en el procedimiento abreviado n.º 626/2021.
DOE Número: 215
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 09 de noviembre de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Sentencias. Ejecución.
Página Inicio: 54317
Página Fin: 54318
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TEXTO ORIGINAL
La sentencia n.º 102/2022, de 1 de septiembre de 2022, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida en el procedimiento abreviado n.º 626/2021, promovido por D. Diego Murillo Cuadrado contra la Resolución del Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud, de fecha 15 de febrero de 2021, por la que se excluía al demandante en la Bolsa de Trabajo de la categoría de Enfermero/a y para Unidades de Especiales Características de esta categoría, ha estimado la demanda interpuesta por la parte demandante.
La citada sentencia n.º 102/2022, de 1 de septiembre de 2022, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, ha adquirido firmeza según se ha informado mediante el Oficio y la Diligencia de Ordenación de dicho Juzgado, de fecha 21 de octubre de 2022.
En relación con lo anterior, el artículo 40.1 del Reglamento de organización y funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, de su Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura, aprobado mediante el Decreto 1/2022, de 12 de enero, establece:
1. Corresponde la ejecución material de sentencias firmes, así como su ejecución provisional en los casos que legalmente proceda, al órgano que en el momento de la ejecución resulte competente por razón de la materia sobre la que el litigio haya versado .
Por tanto, de conformidad con lo anterior y con lo establecido en los artículos 8 y siguientes del Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, esta Dirección Gerencia,
RESUELVE
Primero. Ejecutar el fallo de la sentencia n.º 102/2022, de 1 de septiembre de 2022, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida en el procedimiento abreviado n.º 626/2021, promovido por D. Diego Murillo Cuadrado.
El tenor literal de la sentencia n.º 102/2022 del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, es el siguiente:
Que debo estimar y estimo íntegramente el recurso contencioso-administrativo presentado por la Letrada Sra. Calzadilla Gamero, obrando en nombre y representación de Don Diego Murillo Cuadrado, contra la Resolución del Director Gerente del SES de fecha 15 de febrero de 2021, por la que se excluye al actor de la Bolsa de Trabajo en la categoría de Enfermero/a, incluido en la misma mediante Resolución de 11 de septiembre de 2020 de la Dirección Gerencia del SES; y en consecuencia debo anular y anulo dicha resolución por estimarla no conforme a derecho, no procediendo ya condenar al SES a colocar al actor en situación de activo en la Bolsa de Trabajo por cuanto tal circunstancia ya se verificó según se indicó en esta sentencia en junio de 2021 .
Segundo. Realizar todas las actuaciones necesarias para su correcta y completa ejecución.
Tercero. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Cuarto. En relación con las cuestiones que se deriven de la presente resolución, podrán los interesados promover el incidente que, en relación con la ejecución de sentencias se previene en el artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Mérida, 31 de octubre de 2022.
El Director Gerente,
CECILIANO FRANCO RUBIO

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