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RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se somete a información pública la relación de bienes y derechos, así como sus propietarios afectados por el: "Modificado n.º 1 de las obras de urbanización de las 2.ª y 3.ª etapa del Proyecto de Interés Regional Plataforma Logística del Suroeste Europeo en Badajoz. 1.ª fase".
DOE Número: 222
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 18 de noviembre de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Expropiaciones.
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TEXTO ORIGINAL
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Para la ejecución del: Modificado n.º 1 de las obras de Urbanización de la 2ª y 3ª etapa del Proyecto de Interés Regional Plataforma Logística del Suroeste Europeo en Badajoz. 1ª Fase , es necesario disponer y proceder a la expropiación de los terrenos cuya ubicación y propietarios se relacionan en el correspondiente ANEXO.
La Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 9.1.38, declara que la Comunidad Autónoma de Extremadura tiene competencia exclusiva para acometer las obras e infraestructuras públicas de interés regional que no tengan la calificación de interés general del Estado y no afecten a otra Comunidad Autónoma y el apartado 39 del mismo artículo le confiere asimismo competencia exclusiva en relación con los Centros de Transporte, logística y distribución situados en Extremadura. Aeropuertos, helipuertos, puertos deportivos y otras infraestructuras de transporte que no sean de interés general.
En el ámbito de esta competencia, la Junta de Extremadura está desarrollando una nueva estrategia logística a nivel regional para favorecer las exportaciones y lograr un sistema de transporte multimodal, seguro, eficiente y sostenible, con el objetivo de mejorar la competitividad de las empresas radicadas en Extremadura y la economía de la región. Dentro del ámbito expuesto, por Decreto 209/2010, de 19 de noviembre (DOE n.º 228, de 26 de noviembre de 2010), se aprueba definitivamente el Proyecto de Interés Regional Plataforma Logística del Suroeste Europeo, 1.ª Fase, en Badajoz, que es modificado posteriormente por Decreto 183/2016, de 22 de noviembre (DOE n.º 229, de 29 de noviembre de 2016), por el que, la Junta de Extremadura ejecutará las obras comprendidas o derivadas de la modificación del Proyecto de Interés Regional, como promotor.
Por Resolución de la Secretaría General de Economía e Infraestructuras de 23 de mayo de 2019 (DOE n.º 112, de 12 de junio), se somete a información pública el proyecto, aprobado el 3 de mayo de 2019, correspondiente a la Urbanización de la 2.ª y 3.ª etapa del Proyecto de Interés Regional Plataforma Logística del Suroeste Europeo en Badajoz. 1.ª fase , siendo declarada la urgencia del procedimiento de expropiación por Decreto 137/2019, de 3 de septiembre (DOE n.º 174, de 10 de septiembre de 2019).
Ante la nueva situación creada por la reestructuración operada en la Junta de Extremadura tras la aprobación y publicación del Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, en relación con Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se estima competente para la continuación del procedimiento la actual Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda.
Con fecha 13 de julio de 2022, se aprueba el proyecto modificado n.º 1. de las Obras de Urbanización de la 2ª y 3ª etapa del Proyecto de Interés Regional Plataforma Logística del Suroeste Europeo en Badajoz 1ª Fase , que contiene una nueva relación de bienes, derechos y titulares afectados, por lo que procede conforme a lo dispuesto en la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 (en adelante LEF), artículo 2.2, en relación con el artículo 18 y concordantes de su reglamento, abrir un período de información pública por término de 15 días para que cualquier persona pueda aportar los datos oportunos, por escrito, para rectificar posibles errores en la relación que se publica, u oponerse por razones de fondo o de forma, a la necesidad de ocupación. En este caso indicará los motivos por los que debe considerarse preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos y no comprendidos en la relación.
De conformidad con el artículo 52.1º de la LEF, en estos casos, se entenderá cumplido el trámite de declaración de necesidad de la ocupación de los bienes y derechos afectados, según el proyecto y replanteo aprobados y los reformados posteriormente, y dará derecho a su ocupación inmediata.
Las alegaciones podrán dirigirse bien al correo electrónico expropiaciones@juntaex.es o por escrito a la Secretaría General de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda en Mérida, Av. de las Comunidades, s/n, pudiendo asimismo examinar los Planos del trazado de la correspondiente obra, en cualquiera de las direcciones anteriormente citadas.
El presente anuncio y la relación que se acompaña se publicarán en el DOE, Prensa regional y BOP y será expuesto al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento del municipio afectado, además de notificarse individuamente a los particulares afectados. No obstante, la relación con los bienes y derechos afectados cuyos titulares no haya sido posible su identificación o su domicilio sea desconocido se publicará en el BOE.
A efectos de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se pone en conocimiento de todos los interesados que sus datos personales serán incorporados a un fichero automatizado titularidad de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, siendo tratados por ésta con la finalidad de gestionar los expedientes de expropiación. Dichos datos serán cedidos a la Consejería de Hacienda y Administración Pública.
Asimismo, se pone en conocimiento de los afectados la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo una notificación a la dirección an­teriormente citada.
Mérida, 28 de octubre de 2022.
La Consejera
PD, Re­solución de 13 de noviembre de 2019,(DOE núm. 229, de 27 de noviembre)
La Secretaria General,
MARÍA LUISA CORRALES VÁZQUEZ
RELACION DE AFECTADOS

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