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RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que ordena la publicación de sanción firme por la comisión de una infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales.
DOE Número: 233
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 05 de diciembre de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Sentencias. Ejecución.
Página Inicio: 60123
Página Fin: 60124
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Visto el expediente sancionador del orden social núm. 06/0162/22 incoado frente a la empresa Diego Salazar Montañez, con NIF ---063---, en calidad de promotor de obra de construcción, con domicilio en la calle Gregorio López de Tovar, núm. 21 - Bajo de 06008 Badajoz, por la comisión de una infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, y teniendo en cuenta:
Primero. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Badajoz levantó con fecha 19 de mayo de 2022 acta de infracción, como acto administrativo de incoación del expediente sancionador 06/0162/22. En dicha acta de infracción y dada la calificación como muy grave de la infracción cometida, se propuso su publicación al amparo de lo dispuesto por el artículo 40.2 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (TRLISOS, en lo sucesivo), y de su desarrollo reglamentario operado por el Real Decreto 597/2007, de 4 de mayo.
Segundo. Una vez concluida la tramitación del citado procedimiento sancionador conforme dispone la normativa vigente, con fecha 26/09/2022 se dicta Resolución por la titular de la Dirección General de Trabajo, órgano competente para ello, en la que se acuerda confirmar la sanción inicialmente propuesta en el acta, aplicando el 40 por ciento de reducción, en base al reconocimiento de la responsabilidad por el sujeto responsable y pago voluntario de la sanción en el plazo establecido al efecto, resultando un importe de 29.508,60 euros. De acuerdo con lo previsto en el artículo 14.6 del Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, el sujeto responsable ha renunciado al ejercicio de cualquier acción, alegación o recurso en vía administrativa contra la sanción.
Tercero. Esta Dirección General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura resulta competente para ordenar la publicación de las sanciones firmes muy graves impuestas en materia de prevención de riesgos laborales a tenor de lo dispuesto por el artículo 2.2 del citado Real Decreto 597/2007, de 4 de mayo, en relación con el artículo 20.2 del Decreto 187/2018, de 13 de noviembre, sobre distribución de competencias y sobre creación de registros públicos en materia de ejecución de la legislación laboral. Son objeto de publicación los datos enumerados por el artículo 3.1 del Real Decreto 597/2007.
En virtud de cuanto antecede y en ejecución de las resoluciones sancionadoras mencionadas
ACUERDO
Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente resolución para hacer pública la sanción administrativa referida, impuesta por la comisión de una infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales.
Segundo. Ordenar la inscripción de los datos objeto de publicación en el registro público de empresas sancionadas por la comisión de infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales adscrito a esta Dirección General de Trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto 187/2018, de 13 de noviembre, sobre distribución de competencias y sobre creación de registros públicos en materia de ejecución de la legislación laboral.
Mérida, 22 de noviembre de 2022.
La Directora General de Trabajo,
MARÍA SANDRA PACHECO MAYA

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