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RESOLUCIÓN de 30 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se cita a los interesados para el levantamiento de las actas previas a la ocupación en el proyecto de infraestructura de evacuación de la energía generada por la instalación fotovoltaica "Carmonita I", en el término municipal de Mérida (Badajoz), Expte.: GE-M/36/18 (Expte. expropiatorio EXP-AT/03/22).
DOE Número:
236
Tipo:
Ordinario
Fecha Publicación:
lunes, 12 de diciembre de 2022
Apartado:
V ANUNCIOS
Organismo:
CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango:
RESOLUCIÓN
Descriptores:
Expropiaciones. Citación.
Página Inicio:
61192
Página Fin:
61194
Otros formatos:
PDF
XML
TEXTO ORIGINAL
Con fecha 18 de junio de 2021 se dictó Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorgó la autorización administrativa de construcción a la sociedad Absalon Solar, SL, para la instalación fotovoltaica Carmonita I ubicada en el término municipal de Montánchez (Cáceres), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada, expediente GE-M/36/18 y con fecha 31 de marzo de 2022 se dictó Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se declaró, en concreto, de utilidad pública la infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada a la citada instalación, una vez cumplidos los trámites reglamentarios. Dicha declaración, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos de artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1.954.
En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en el mencionado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se convoca a los titulares de los bienes y derechos afectados a que después se hace mención, al día y hora que se indica en el ANEXO de este documento para, de conformidad con el procedimiento que establece el citado artículo 52, llevar a cabo el levantamiento de actas previas a la ocupación.
Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del impuesto sobre bienes inmuebles, pudiéndose acompañar, a su costa, de sus peritos y un notario, si lo estima oportuno.
El orden del levantamiento de actas figura igualmente en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Mérida y se comunicará a cada interesado mediante oportuna cédula de citación, significándose que esta publicación se realiza, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para la notificación de la presente resolución en los casos de titular desconocido o domicilio ignorado.
En el expediente expropiatorio, la sociedad Absalon Solar, SL, asume la condición de beneficiaria.
Mérida, 30 de noviembre de 2022. El Director General de Industria, Energía y Minas, SAMUEL RUIZ FERNÁNDEZ.
ANEXO
RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS DE NECESARIA EXPROPIACIÓN AFECTADOS POR LA INFRAESTRUCTURA DE EVACUACIÓN DE LA ENERGÍA GENERADA POR INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE MÉRIDA (BADAJOZ), EXPEDIENTE: GE-M/36/18 (EXPEDIENTE EXPROPIATORIO EXP-AT/03/22).
LUGAR: AYUNTAMIENTO DE MÉRIDA.
CITACIÓN
PROPIETARIO
DATOS DE LA FINCA
ZONA AFECTADA LÍNEA AÉREA DE EVACUACIÓN
DÍA
HORA
TÉRMINO MUNICIPAL
POL. N.º
PARC. N.º
N.º APOYO
SERVIDUMBRE OCUPACIÓN APOYO
SERVIDUMBRE DE VUELO COND.
OCUPACIÓN TEMPORAL
SERV. DE PASO
USO
Num.
m²
m
m²
m²
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1 DE FEBRERO DE 2023
10:00
HEREDEROS DE GARCÍA DE BLANES CHICO DE GUZMÁN, MARÍA ROSARIO ISABEL DE FÁTIMACARLOS GARCÍA DE BLANES CHICO DE GUZMÁNISABEL GARCÍA DE BLANES CHICO DE GUZMÁNJOAQUÍN GARCÍA DE BLANES CHICO DE GUZMÁN
MÉRIDA
12
2
8,9
2
77
941
31.013
1.200
1.582
Encinar/Labor Secano
14
7
119
3.493
Encinar/Labor Secano
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