Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

RESOLUCIÓN de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se hace pública la composición de las Comisiones de Baremación para la valoración de méritos de las personas participantes en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
DOE Número: 241
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 19 de diciembre de 2022
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Concurso de méritos. Personal Docente.
Página Inicio: 62564
Página Fin: 62569
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Con fecha 18 de noviembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 222, la Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Cuerpo de Maestros, para plazas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La Base V, en su punto 5.5 de la Resolución de 14 de noviembre de 2022, señala que Dado el carácter extraordinario de este procedimiento selectivo, que consta únicamente de fase de concurso, el Tribunal de Selección, de conformidad con el artículo 6.5 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, la asignación de la puntuación que corresponda a los aspirantes por los apartados del baremo de méritos, se llevará a efecto por Comisiones de Baremación, constituidas al efecto. Función que se llevará a cabo por encomendación del tribunal de selección, remitiendo a los mismos las puntuaciones asignadas a cada candidato .
En esa línea, la citada norma establece en su Base 6 que se constituirán tres comisiones de valoración que serán las encargadas de asignar la puntuación que corresponda a cada aspirante en aplicación del baremo de méritos, recogido en el Anexo III de la citada Resolución de 14 de noviembre de 2022.
La Comisiones de Baremación estarán integradas por una Presidencia y, al menos, cuatro vocalías, una de las cuales ejercerá las funciones de Secretaría.
Su composición será publicada en el Diario Oficial de Extremadura, mediante Resolución de la Dirección General de Personal Docente.
En su virtud, esta Dirección General de Personal Docente de acuerdo con las atribuciones conferidas,
RESUELVE:
Primero. Nombrar a las personas integrantes de las Comisiones de Baremación I, II y III relacionadas en los ANEXOs I, II y III, respectivamente, que se acompañan a la presente Resolución, en referencia a los procedimientos convocados mediante Resolución de 14 de noviembre de 2022 de la Dirección General de Personal Docente, y cuyas funciones serán las señaladas en la Base 6 de la citada Resolución:
a) Valorar los méritos de los aspirantes según el baremo, ANEXO III.
b) Asignar las puntuaciones provisionales de los méritos de los aspirantes. Esta valoración se hará en nombre del Tribunal de Selección, según lo recogido en el apartado 5.4 de la presente norma y se publicará mediante Resolución de la Dirección General de Personal Docente.
c) Resolver las reclamaciones presentadas contra las puntuaciones provisionales.
d) Asignar las puntuaciones definitivas de los méritos de los aspirantes, que se publicarán mediante Resolución de la Dirección General de Personal Docente.
e) Elevar al Tribunal de Selección las puntuaciones definitivas.
f) Levantar acta de todas las actuaciones realizadas.
g) Confeccionar el expediente de su actuación para su remisión a la comisión de selección.
Segundo. De acuerdo con lo señalado en la Base 6, apartado 6.5 de la Resolución de 14 de noviembre de 2022, el personal integrante de las Comisiones de Baremación tendrán la categoría primera del Decreto 287/2007, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
Tercero. Aquel personal integrante de las Comisiones que se halle incurso en alguna de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, deberá abstenerse de intervenir en el procedimiento, debiendo comunicarlo para su resolución a la Dirección General de Personal Docente por escrito, en el plazo de diez días naturales contados a partir de la publicación de la presente, en el Diario Oficial de Extremadura.
Asimismo, según se determina en el artículo 24 de la citada Ley, el personal aspirante que participe en estos procedimientos podrá recusar al personal integrante de las Comisiones por alguno de los motivos establecidos en el artículo 23 mencionado en el párrafo anterior.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, el personal interesado podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Dirección General de Personal Docente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 102 y 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o bien en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del domicilio de la persona demandante o el correspondiente a la sede de este órgano administrativo, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Mérida, 7 de diciembre de 2022.
La Directora General de Personal Docente,
(PD, Resolución de 13 de noviembre de 2019,DOE n.º 223, de 19 de noviembre).
EVA MARTÍN LÓPEZ
ANEXO I
COMISIÓN DE BAREMACIÓN I
Presidente:
D.ª María José Díaz Corcobado.
Vocales:
D.ª María José Gragera Gamonal.
D. María Jesús Núñez Liviano.
D.ª María Elena Martínez Gil.
D. Francisco Javier González Martín.
D.ª María del Pilar Rodríguez Barquero, que actuará como Secretaria.
ANEXO II
COMISIÓN DE BAREMACIÓN II
Presidenta:
D. José Luis Lázaro Regidor.
Vocales:
D.ª Belén Fernández Durán.
D.ª María Esperanza Gómez Pérez.
D.ª María Carmen Bermúdez Martín.
D.ª Gema Bartolomé Álvarez.
D.ª María Inmaculada Suero Paniagua.
D.ª Clementina del Sol Bravo.
D.ª Beatriz Jiménez Miguel, que actuará como Secretaria.
ANEXO III
COMISIÓN DE BAREMACIÓN III
Presidente:
D. David Rodríguez Campón.
Vocales:
D. Rosendo Alfonso Espinosa Calvo.
D. Miguel Ángel Cuéllar Ávila.
D.ª Antonia María Pérez Pérez.
D.ª María Luisa Guerrero Martínez.
D.ª Belén Viejo Sánchez.
D.ª Yolanda Tinoco García.
D. David Guerra Ramos.
D. Jesús Folgoso Olmo.
D. Abel García Bermejo.
D.ª Dolores García Rodríguez.
D. Juan Antonio Tierno Nicolás.
D. Jaime Enrique Amaya Salguero.
D. Francisco Javier González García.
D.ª María Pilar Navarro Arteaga, que actuará como Secretaria.

Otras Opciones

2024 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal