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RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 1179/2022, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Supremo en el recurso de casación n.º 3791/2021.
DOE Número: 247
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 28 de diciembre de 2022
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Sentencias. Ejecución.
Página Inicio: 66894
Página Fin: 66895
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Por la Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Supremo se ha dictado la sentencia núm. 1179/2022, de 18 de mayo, en recurso de casación núm. 3874/2021, seguido a instancias de la Junta de Extremadura contra la sentencia 126/2021, de 12 de abril de 2021, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el recurso contencioso-administrativo 111/2020.
Dicha sentencia es firme, estimando la Sala el recurso de casación interpuesto por la recurrente, debiéndose proceder a la ejecución de lo dispuesto en el fallo de la misma.
El artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, establece que el titular del órgano competente dictará la correspondiente resolución en orden al cumplimiento de la sentencia.
Por tanto, en uso de las competencias atribuidas por la legislación vigente,
RESUELVO:
Proceder a la ejecución del fallo de la sentencia núm. 1179/2022, de 22 de septiembre, dictada por la Sala de la Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Supremo dictada en recurso de casación núm. 3791/2021, llevando a puro y debido efecto el fallo, cuya parte dispositiva dice:
1.º Declarar ha lugar, y por tanto estimamos el recurso de casación 3791/2021, interpuesto por el Letrado de la Comunidad Autónoma de Extremadura contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura n.º 126/2021, de 12 de abril (rec. 1117/2020), que casamos y anulamos.
2.º Estimar el recurso interpuesto por D.ª Purificación Barriga Castaño contra la resolución de 2 de marzo de 2020 de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura.
Y anular la resolución de 11 de octubre de 2019 de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, declarando el derecho del recurrente a obtener la prima correspondiente al primer movimiento de 78 animales, realizados dentro del plazo de 7 días hábiles, desestimando los demás pedimentos.
3º No procede hacer condena en costas a ninguna de las partes ni respecto de las costas de instancia ni las de casación.
Mérida, 16 de diciembre de 2022.
El Director General de Política Agraria Comunitaria,
JAVIER GONZALO LANGA

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