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ANUNCIO de 18 de mayo de 2022 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal.
DOE Número: 100
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 26 de mayo de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE MUNICIPIOS "GUADIANA"
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Oferta de Empleo Público.
Página Inicio: 24640
Página Fin: 24641
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Acuerdo de 18 de mayo de 2022 de la Junta de Gobierno por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal de la Mancomunidad Integral de Municipios Guadiana
La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en su artículo 2 regulador de los procesos de estabilización de empleo temporal, autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre 2020 .
Dicha norma, señala en su punto 2, que el nuevo proceso de estabilización, deberán aprobarse y publicarse en los respectivos diarios oficiales antes del 1 de junio de 2022 , que la publicación de las convocatorias de los procesos selectivos para la cobertura de las plazas incluidas en las Ofertas de Empleo Público deberá producirse antes del 31 de diciembre de 2022 , y que “la resolución de estos procesos selectivos deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024”, debiendo situarse la tasa de cobertura temporal de las plazas estructurales por debajo del ocho por ciento.
Los criterios generales de la presente oferta han sido los establecidos en la citada norma, incluyéndose aquellas plazas consideradas como estructurales, debiendo respetarse los sistemas de provisión establecidos en la misma.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Conforme a las competencias conferidas por el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases del Régimen Local, la Junta de Gobierno
HA ACORDADO:
Primero. Aprobar la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal de la Mancomunidad Integral de Municipios Guadiana , en base a lo establecido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, integrada por las plazas que se detallan en el presente acuerdo.
Este proceso de estabilización deberá garantizar, en todo caso, el cumplimiento de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y de su resolución no podrá resultar, en ningún caso, incremento de gasto ni de efectivos.
Segundo. Lo ordenado en la presente resolución, será publicado en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial de la Provincia y se procederá a efectuar los demás trámites necesarios para llevar a cabo la presente oferta.
Plazas de régimen laboral: 1 plaza
Denominación plaza (sub) Grupo % jornada N.º plazas
Auxiliar Administrativo C2 100% 1
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Presidente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Extremadura o, a su elección, el que corresponda a su domicilio o se halle la sede del órgano autor del acto originario impugnado, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Medellín, 18 de mayo de 2022. El Presidente, ANTONIO AGUILERA VALVERDE.

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