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ANUNCIO de 16 de mayo de 2022 sobre la Oferta de Empleo Público para el 2022.
DOE Número:
101
Tipo:
Ordinario
Fecha Publicación:
viernes, 27 de mayo de 2022
Apartado:
V ANUNCIOS
Organismo:
AYUNTAMIENTO DE GARGÁLIGAS
Rango:
ANUNCIO
Descriptores:
Oferta de Empleo Público.
Página Inicio:
24817
Página Fin:
24817
Otros formatos:
PDF
XML
TEXTO ORIGINAL
Por Resolución de Alcaldía de la Entidad Local Menor de Gargáligas de fecha 16 de mayo de 2022, se aprobó la Oferta de Empleo Público correspondiente a las plazas que a continuación se indican para el año 2022.
Denominación de la plaza
Jornada
Grupo
Plazas
Acceso
Asesor jurídico
62,5%
A1
1
Concurso
Auxiliar Administrativo/a
100%
C2
1
Concurso-oposición
Tecnico/a Educación Infantil
100%
C2
1
Concurso-oposición
Peón Mantenimiento
100%
E
1
Concurso-oposición
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal de la Entidad Local Menor de Gargáligas, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente: recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, conforme con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida o al que corresponda el domicilio del interesado en los términos de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de conformidad con el artículo 46 de esa misma ley. La interposición recurso de reposición potestativo no permite interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso o reclamación que pudiera estimarse más conveniente.
Gargáligas, 16 de mayo de 2022. El Alcalde, ANDRÉS BRAVO CARRASCO.
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