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ANUNCIO de 30 de mayo de 2022 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal.
DOE Número: 1
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 31 de mayo de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: AYUNTAMIENTO DE VALDECABALLEROS
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Oferta de Empleo Público.
Página Inicio: 45
Página Fin: 45
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Mediante Resolución de la Alcaldia num. 0031/2022, de fecha 30 de mayo, se ha aprobado la Oferta de Empleo Publico para la estabilizacion del empleo temporal de este Ayuntamiento al amparo de las previsiones de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reduccion de la temporalidad en el empleo publico, la cual esta integrada por las siguientes plazas:
Personal laboral:
Vacantes Puesto Jornada Procedimiento selección
1 Encargado Completa Concurso
1 Conductor Completa Concurso
1 Monitor biblioteca Parcial (4 horas/ semana de lunes a viernes) Concurso
1 Monitor Universidad Popular Parcial (5 horas/ semana de lunes a viernes) Concurso
2 Limpieza Parcial (4 horas/ semana de lunes a viernes) Concurso
Lo que, en cumplimiento de los artículos 2.2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, 70.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y 29.1 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Funcion Publica de Extremadura, se hace publico para general conocimiento.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Badajoz en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Valdecaballeros, a 30 de mayo de 2022. El Alcalde, GREGORIO RODRÍGUEZ DUEÑAS.

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