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ANUNCIO de 30 de mayo de 2022 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para estabilización del empleo público.
DOE Número: 1
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 31 de mayo de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: AYUNTAMIENTO DE PASARÓN DE LA VERA
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Oferta de Empleo Público.
Página Inicio: 35
Página Fin: 35
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Por Acuerdo de Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 30 de mayo de 2022, se aprobó la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal, correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan:
Personal laboral:
Grupo de clasificación Categoría laboral Vacantes Causa de inclusión Ley 21/2021
A2 Enfermero/a 1 Artículo 2.1
C1 Dinamizador/a sociocultural 1 Disposición adicional sexta
C2 Pinche de cocina 2 Disposición adicional sexta
C2 Gerocultor/a 3 Artículo 2.1
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal del Ayuntamiento de Pasarón de la Vera, en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Cáceres o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Pasarón de la Vera, 30 de mayo de 2022. El Alcalde, SAMUEL MARTÍN GARCÍA.

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