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ANUNCIO de 4 de julio de 2022 por el que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto de subestación eléctrica colectora de 30/220 kV "Hybrex" en el término municipal de Robledillo de Trujillo y línea aérea - subterránea de alta tensión 220 kV S/C en los términos municipales de Robledillo de Trujillo, Santa Ana, Ibahernado y Trujillo. Expte.: IA21/1121.
DOE Número: 132
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 11 de julio de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 33366
Página Fin: 33370
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Con fecha 27 de septiembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura Anuncio de 22 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por el que se sometió a información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto Subestación Eléctrica Colectora de 30/220 kV Hybrex en el término municipal de Robledillo de Trujillo y línea aérea de alta tensión 220 kV S/C en los términos municipales de Robledillo de Trujillo, Santa Ana, Ibahernado y Trujillo , de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Como resultado del trámite de consultas a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas emite informe desfavorable al discurrir la línea eléctrica aérea de alta tensión dentro de la Zona de Importancia Prioritaria (ZIP) y la Zona de Alto Interés (ZAI) de la ZEPA Llanos de Trujillo , al establecer el Plan Director de la Red Natura 2000 (Anexo II del Decreto110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la red ecológica europea Natura 2000 en Extremadura) que no podrán instalarse dentro de ZIP, y se instalarán preferentemente fuera de ZAI, cuando estas zonas se hayan zonificado por su valor para la conservación de las aves esteparias, los tendidos eléctricos aéreos de más de 1000 voltios (apartado 4.3.3.C.1.2).
El promotor del proyecto, Instituto de Energías Renovables, SL, a los efectos de continuar con la tramitación del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, presenta, tras la realización de los iniciales trámites de información pública y de consultas a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas (artículos 66 y 67 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura), un nuevo estudio de impacto ambiental para el proyecto L.A.A.T. 220 KV S/C SET COLECTORA HYBREX “SET LA SOLANILLA , en el que se incluye una nueva alternativa que presenta un tramo intermedio soterrado de 11,70 km que discurre por la ZEPA Llanos de Trujillo.
El artículo 38.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, establece que Si, como consecuencia del trámite de información pública y de consultas a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas, el promotor incorporare en el proyecto o en el estudio de impacto ambiental modificaciones que supongan efectos ambientales significativos distintos de los previstos originalmente, se realizará un nuevo trámite de información pública y consultas ( ), que en todo caso, será previo a la formulación de la declaración de impacto ambiental . Al amparo de esta previsión legal, la Dirección General de Sostenibilidad somete a un nuevo trámite de información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto, a la vista del contenido y alcance de las modificaciones introducidos en el mismo por el promotor, en los términos arriba indicados.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 66.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que el estudio de impacto ambiental correspondiente al proyecto de Subestación eléctrica 30/220 kV Hybrex y Línea Aérea - Subterránea de Alta Tensión 220 kV S/C , podrá ser examinado, durante un plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en la sede electrónica del órgano ambiental
http://extremambiente.juntaex.es/Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos/Evaluación Ambiental Ordinaria/.
Durante dicho plazo, las personas físicas o jurídicas podrán presentar las sugerencias y alegaciones que estimen pertinentes, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas a la Unidad de Evaluación Ambiental de Energías Renovables de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Dicho proyecto se encuentra sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria al estar incluido en el Grupo 3, letra g) del Anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura: Construcción de líneas de transmisión de energía eléctrica con un voltaje igual o superior a 220 kV y una longitud superior a 15 km o una longitud superior a 3 km en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, salvo que discurran íntegramente en subterráneo por suelo urbanizado, así como sus subestaciones asociada .
El proyecto consiste en la construcción, instalación, operación y mantenimiento de las infraestructuras de evacuación para el acceso a la red de transporte de energía de parques eólicos y plantas fotovoltaicas en el entorno.
Dicha infraestructura de evacuación se compone de una subestación colectora 30/220 kV Hybrex y línea aérea de evacuación 220 kV con origen en la subestación Hybrex y final en subestación “La Solanilla”, subestación que no es objeto de este proyecto.
La subestación colectora Hybrex se ubicará en el polígono 9 parcela 479 del término municipal del Robledillo de Trujillo (Cáceres).
La subestación Hybrex, contará con 3 parques de 30 kV interiores para los parques eólicos Alijares, Astorgano y Castillejo, 3 posiciones de transformador 30/220 kV, para cada una de los parques anteriores. Dispondrá de una posición de línea de 220 kV para la llegada de la evacuación de la SET Montánchez I (evacuación del parque Montánchez I,), una posición de salida de 220 kV para la evacuación hasta la subestación La Solanilla y una barra colectora 220 kV.
La línea de evacuación que conectará la SET Colectora Hybrex y la Set La Solanilla será aérea con una tensión de 220 kV, de simple circuito con un conductor por fase. La longitud total de la línea de evacuación tendrá una longitud de 22.049 m, de los cuales de 21.759 m constituirán el tramo aéreo y 290 m el tramo subterráneo. La línea de evacuación eléctrica discurrirá por los términos municipales de Robledillo de Trujillo, Santa Ana, Ibahernando y Trujillo.
Las coordenadas UTM (ETRS89 H30) del trazado correspondiente a la línea son las siguientes:
TRAMO 1: LÍNEA AÉREA
N.º Apoyo Tipo Apoyo UTM ETRS89 H30
X (m) Y (m)
Pórtico SET Hybrex Pórtico 220 kV 241.043,90 4.350.548,08
1 COD-18000-D5 241.017,99 4.350.577,99
2 COD-3000-D5E 241.206,14 4.350.787,93
3 COD-3000-D5E 241.377,95 4.350.979,65
4 COD-9000-D5 241.607,57 4.351.235,88
5 COD-3000-D5E 241.762,54 4.351.589,11
6 COD-3000-D5E 241.916,62 4.351.940,31
7 COD-3000-D5E 242.070,57 4.352.291,22
8 COD-3000-D5E 242.221,07 4.352.634,26
9 COD-9000-D5 242.363,43 4.352.958,75
10 COD-3000-D5E 242.410,72 4.353.282,82
11 COD-9000-D5 242.457,83 4.353.605,62
12 COD-3000-D5E 242.674,66 4.354.007,22
13 COD-3000-D5E 242.857,81 4.354.346,44
14 COD-9000-D5 243.083,60 4.354.764,64
15 COD-3000-D5E 243.226,12 4.355.240,35
16 COD-3000-D5E 243.351,19 4.355.657,82
17 COD-3000-D5E 243.453,27 4.355.998,58
18 COD-3000-D5E 243.586,26 4.356.442,50
19 COD-3000-D5E 243.703,38 4.356.833,43
20 COD-9000-D5 243.835,20 4.357.273,43
21 COD-3000-D5E 243.898,36 4.357.538,00
22 CO-18000-PAS 243.959,53 4.357.794,18
TRAMO 2: LÍNEA SUBTERRÁNEA
N.º Vértice UTM ETRS89 H30
X (m) Y (m)
Apoyo 22 243.988,97 4.357.917,48
1 244.134,14 4.358.525,55
2 245.874,80 4.361.526,80
3 248.431,42 4.365.503,48
4 248.712,27 4.366.402,25
Apoyo 53 248.940,82 4.368.275,73
TRAMO 3: LÍNEA AÉREA
N.º Apoyo Tipo Apoyo UTM ETRS89 H30
X (m) Y (m)
53 CO-18000-PAS 248.940,82 4.368.275,73
54 COD-3000-D5E 248.979,82 4.368.595,36
55 COD-9000-D5 249.017,35 4.368.903,05
56 COD-3000-D5E 248.898,02 4.369.214,95
57 COD-3000-D5E 248.743,67 4.369.618,35
58 COD-3000-D5E 248.659,63 4.369.837,99
59 CO-18000-PAS 248.521,66 4.370.198,60
La promotora del proyecto es la sociedad Instituto de Energías Renovables, SL.
El órgano competente para el otorgamiento de la autorización sustantiva es la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativa al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 d) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad. Así mismo, la declaración de impacto ambiental producirá en sus propios términos los efectos de la calificación urbanística, acreditando la idoneidad urbanística de los bienes inmuebles sobre los que pretende implantarse la actividad, por disponerlo así el artículo 71.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 4 de julio de 2022. El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PÉREZ.

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