Junta de Extremadura
Página Web del Diario Oficial de Extremadura
Ultimos Diarios Oficiales
AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.
Menú principal
Búsqueda
Calen
d
ario
A
vanzada
Comprobar autenticidad
De copia
i
mpresa
De PDF firmad
o
Pub
l
icar en DOE
Tasas del DOE
Protección de datos de carácter personal
DOE a la
c
arta
Menú Derecha
Su
g
erencias
Carta de Servicios
Danos tu opinión
Co
n
solidación normativa
Otros Boletines
B
OE
Autonó
m
icos
Pro
v
inciales
Unión
E
uropea
Tu Atención
ANUNCIO de 13 de julio de 2022 de aprobación del Acuerdo de la concentración parcelaria de las "Arenas o Dehesa de Guareña" en el término municipal de Guareña.
DOE Número:
140
Tipo:
Ordinario
Fecha Publicación:
jueves, 21 de julio de 2022
Apartado:
V ANUNCIOS
Organismo:
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
Rango:
ANUNCIO
Descriptores:
Concentración parcelaria.
Página Inicio:
35466
Página Fin:
35466
Otros formatos:
PDF
XML
TEXTO ORIGINAL
En la concentración parcelaria de la zona de Las Arenas o Dehesa de Guareña en el término municipal de Guareña, declarada de utilidad pública y urgente ejecución por Decreto 153/2017, de 12 de septiembre, de la Junta de Extremadura, se ha aprobado el día 13 de julio de 2022, por el Secretario General de Población y Desarrollo Rural el Acuerdo de concentración parcelaria, sometido a dicha aprobación por la Comisión Local de concentración parcelaria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 152 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura.
Las transmisiones o modificaciones de derechos que se produzcan no producirán efecto en el expediente administrativo después de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura. El Acuerdo establece la nueva ordenación de la propiedad mediante la determinación de las fincas que reemplazarán a las aportaciones de las personas participantes afectadas y, sobre las que recaerán inalterados el dominio y los demás derechos reales y situaciones jurídicas que tenían por base las parcelas sujetas a concentración. La resolución administrativa que aprueba el Acuerdo, no agota la vía administrativa, y contra ella podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación individual de dicha resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El recurso de alzada que en su caso pudiera interponerse se dirigirá al Servicio de Infraestructuras del Medio Rural, de la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura y podrá presentarse en cualquiera de los registros de entrada de documentos, Oficinas de Respuesta Personalizada, Centros de Atención Administrativa o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 13 de julio de 2022. La Jefa del Servicio de Infraestructuras del Medio Rural, BEATRIZ MARÍA ROCHA GRANADO.
Subir
^
Otras Opciones
2024 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados
Normativa
E
LI
R
SS
Acce
s
ibilidad
Mapa del si
t
io
Aviso Legal