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ANUNCIO de 3 de agosto de 2022 por el que se somete a un nuevo trámite de información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas superficiales del embalse de Gargáligas (río Guadiana), para una superficie de riego de 291,7051 ha", en el término municipal de Casas de Don Pedro (Badajoz). Expte.: IA18/2187.
DOE Número: 154
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 11 de agosto de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 39736
Página Fin: 39738
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 38.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se comunica al público en general que el estudio de impacto ambiental correspondiente al proyecto de Concesión de aguas superficiales del embalse de Gargáligas (río Guadiana), para una superficie de riego de 291,7051 ha , en el término municipal de Casas de Don Pedro (Badajoz), podrá ser examinado, durante un plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en la sede electrónica del órgano ambiental
http://extremambiente.juntaex.es/Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos/Evaluación Ambiental Ordinaria/
Durante dicho plazo, las personas físicas o jurídicas podrán presentar las sugerencias y alegaciones que estimen pertinentes, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Dicho proyecto se encuentra sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria al estar incluido dentro en el Grupo I, letra b) del Anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Proyectos de gestión o transformación de regadío con inclusión de proyectos de avenamientos de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor a 100 ha o de 10 ha cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad .
El proyecto de referencia ya fue sometido al trámite de información pública mediante Anuncio de 18 de marzo de 2019 publicado en el DOE n.º 85, de 6 de mayo de 2019, dando cumplimiento al artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo y de manera simultánea, en cumplimiento del artículo 67 de la Ley 16/2015, se realizaron consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.
Con fecha 1 de julio de 2019, se remitieron al promotor los informes y alegaciones recibidas en los trámites de información pública y de consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, para su consideración en la redacción, en su caso, de la nueva versión del proyecto y en el estudio de impacto ambiental.
Con fecha 4 de febrero de 2020, el promotor del proyecto presenta ante el órgano ambiental escrito de contestación a la remisión de la información pública y consultas. Posteriormente, con fecha 29 de abril de 2022, el promotor presenta nueva versión del estudio de impacto ambiental del proyecto de referencia, en el que, como consecuencia del trámite de información pública y de consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, el promotor incorpora en la nueva versión del estudio de impacto ambiental modificaciones que suponen efectos ambientales significativos distintos de los previstos originalmente, por lo que, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 38.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se realiza un nuevo trámite de información pública y consultas en los términos previstos en la citada Ley, de manera previa a la formulación de la declaración de impacto ambiental.
Inicialmente, el proyecto consistía en la transformación de secano a regadío para una superficie de 301,28 ha y la implantación de cultivos de olivar superintensivo (marco de 3x1,5 m) y almendros (marco de 7x5 m), instalando un sistema de riego por goteo cuyo punto de captación de agua se sitúa en el embalse de Gargáligas.
El nuevo estudio de impacto ambiental incorpora una serie de modificaciones respecto al proyecto inicial, consistentes fundamentalmente en la renuncia a la transformación de una parte de la superficie solicitada inicialmente, así como cambios en los cultivos originales y modificar sus marcos de plantación, pasando a implantarse almendros con marco de plantación de 3,5x1,25 m y pistachos con marco de plantación de 7x5 m.
Los promotores del proyecto son D. Juan Carlos Arroyo Arroyo y D. Sebastián Arroyo Arroyo.
El órgano competente para el otorgamiento de la concesión de aguas para riego es la Confederación Hidrográfica del Guadiana. Por otra parte, a la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, le corresponde la planificación de los recursos hídricos con interés agrario, dentro del ámbito de competencias propio de la Comunidad Autónoma. También las competencias derivadas de la aplicación de la Ley 16/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las actuaciones en materia de regadíos.
Asimismo, aquellos terrenos en los que se pretende implantar el nuevo cultivo de olivos y que se encuentren dentro del ámbito de aplicación del Decreto 57/2018, por el que se regulan los cambios de uso forestal a cultivos agrícolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, requerirán autorización por parte de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura.
El órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 d) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 3 de agosto de 2022 El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PÉREZ.

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