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ANUNCIO de 21 de septiembre de 2022 por el que se someten a información pública la solicitud de autorización ambiental integrada y el estudio de impacto ambiental del proyecto de una planta de producción de diamantes sintéticos, cuya promotora es Diamond Foundry Europe, SL, en el término municipal de Trujillo. Expte.: AAI22/023.
DOE Número: 185
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 26 de septiembre de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 46484
Página Fin: 46487
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 13 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura; al artículo 16 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación y al artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental integrada y el estudio de impacto ambiental del proyecto de planta de producción de diamantes sintéticos promovidos por Diamond Foundry Europe, SL, a ubicar en el término municipal de Trujillo (Cáceres), podrán ser examinados, durante 30 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, sitas en avda. Valhondo, s/n., de la localidad de Mérida, previa cita solicitada a través del correo electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es.
Por otra parte, la solicitud de autorización ambiental integrada y el estudio de impacto ambiental han sido remitidos por la Dirección General de Sostenibildiad al Ayuntamiento de Trujillo, al cual se le ha solicitado que promueva la participación de los interesados en el procedimiento.
Es Órgano competente para el otorgamiento de la autorización ambiental integrada y para formular la declaración de impacto ambiental relativas al proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 d) y e) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Estas figuras administrativas autorizan y condicionan la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme a lo dispuesto en el artículo 11, apartados 2 y 4 y en el artículo 91.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el otorgamiento de la autorización ambiental integrada precede a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas, no pudiendo autorizarse o ejecutarse el proyecto sin que previamente se haya formulada la declaración de impacto ambiental, incluyéndose las actuaciones relativas a la evaluación de impacto ambiental del proyecto en la autorización ambiental integrada.
Los datos generales del proyecto son:
— Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre. La actividad es encuadrable en la categoría 4.2.e de su anejo I, relativa a Industrias químicas: Instalaciones químicas para la fabricación de productos químicos inorgánicos como: e) No metales, óxidos metálicos u otros compuestos inorgánicos como el carburo de calcio, el silicio, el carburo de silicio.
— Ley 21/2013, de 9 de diciembre. Evaluación de impacto ambiental: el proyecto se somete al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria al encontrarse incluido en su ANEXO I de la Ley 21/2013, en particular en el grupo 5.a.2º.v, relativo a Industria química, petroquímica, textil y papelera. a) Instalaciones para la producción a escala industrial de sustancias mediante transformación química o biológica, de los productos o grupos de productos siguientes: 2º. Productos químicos inorgánicos: v) No metales, óxidos metálicos u otros compuestos inorgánicos como el carburo de calcio, el silicio, el carburo de silicio.
— Actividad: El proyecto consiste en la construcción y puesta en funcionamiento de una instalación destinada a la fabricación de diamantes sintéticos mediante el método de deposición química de vapor.
— Capacidad: La planta se proyecta para un funcionamiento a tres turnos, durante todos los días del año. Su ejecución se prevé en tres fases, que quedan definidas por tres edificios de producción similares.
— Ubicación: La instalación industrial se ubicará en el Polígono Industrial Arroyo Caballo, Sector 10, subparcelas 1, 31, 43-47, 52-73, 75, Z.D., CT2, P-1 (futura parcela 189), del término municipal de Trujillo (Cáceres). Las coordenadas geográficas representativas del centro de la instalación son: X: 254.078; Y: 4.374.565; ETRS89, huso 30.
El proyecto ocupará una superficie total de 83.993 m2; y el acceso a las instalaciones proyectadas se realizará desde la N-V y la A-5 que cuentan con salida directa al Polígono, además de carretera directa desde el casco urbano de Trujillo.
— Infraestructuras, instalaciones y equipos principales:
Infraestructuras
Tres edificios de producción, en una planta: 8.506,26 m2 construidos cada uno.
Edificio de control de la subestación, de 288,28 m2 construidos.
Edificio de incendios, de 100 m2 construidos.
Caseta de control de accesos, con 36 m2 construidos.
Viales interiores.
Instalaciones y equipos principales
Reactores de plasma.
Generadores de hidrógeno.
Sistema de refrigeración.
Instalación exterior de depósitos de gases comprimidos (CH4, H2, O2, y otros gases inertes), e instalación asociada para alimentación a reactores.
Instalación de aire comprimido.
Sistema de almacenamiento de producto terminado.
Instalación de climatización y ventilación.
Otras instalaciones: suministro de agua; instalación eléctrica en media tensión; instalación eléctrica de baja tensión; alumbrado exterior; subestación eléctrica; alumbrado; sistema de comunicaciones y control; sistema de protección contra incendios; redes separativas de saneamiento (pluviales, proceso y sanitarias).
Línea de conexión a red eléctrica.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Electrónico de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 21 de septiembre de 2022. El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PÉREZ.

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