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ANUNCIO de 7 de noviembre de 2022 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de planta de gestión de residuos metálicos, cuyo titular es Alonso Rastrollo Salguero, en el término municipal de Mérida (Badajoz).
DOE Número: 223
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 21 de noviembre de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 57202
Página Fin: 57205
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) del proyecto de planta de gestión de residuos metálicos, promovido por Alonso Rastrollo Salguero, en el término municipal de Mérida, podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, avenida Valhondo, s/n., de Mérida.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 31 y en la disposición transitoria segunda del Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
Categoría Ley 16/2015:
Grupo 9.3 del ANEXO II, relativas a Instalaciones de gestión de residuos mediante almacenamiento de los mismos, con carácter previo a su valorización o eliminación, excepto los puntos limpios .
Ubicación:
Polígono Industrial El Prado del término de Mérida en la Calle Zaragoza n.º 15 N, con referencia Catastral 6822838QD2162S0001BP.
Actividad:
La actividad propuesta es una instalación de gestión de residuos mediante la clasificación y almacenamiento temporal de los mismos, con carácter previo a su recogida por gestor autorizado para su posterior valorización y/o eliminación. Aproximadamente el 60% de los residuos almacenados son procedentes de la construcción, un 30% de metales procedentes de talleres, y/o particulares y otro 10% de baterías de plomo.
El proceso es el de recoger los productos limpios, bien en origen o recepcionándolos en la propia instalación, clasificarlos y almacenar adecuadamente las piezas y material, ajustándose a lo establecido por la administración para la reutilización de piezas y el resto para su posterior recogida y transporte a instalaciones de fragmentación y reciclado de componentes. En este caso, concretamente dejándolo preparado para que la empresa gestora, proceda a retirar los residuos seleccionados.
La actividad está ubicada en el interior de nave industrial.
Infraestructuras, instalaciones y equipos principales:
La nave cuenta con una superficie de 305 m2, y su distribución es la siguiente:
Zona de oficinas y aseo: Contará con una superficie de 22,35 m2.
Zona de aseos públicos: Contará con una superficie de 12,80 m2.
Báscula: Cuya superficie ocupada será de 2 m2.
Zona de almacenamiento de residuos metálicos: Esta zona en el interior de la nave será destinada al almacenamiento temporal tras su clasificación de los distintos tipos de metales y chatarra. Dispone de superficie de solera de hormigón impermeable. Los residuos metálicos serán clasificados según sean:
Zona de almacenamiento de mezcla de chatarra I.
Para el almacenamiento temporal de los residuos que contienen en su mayor parte hierro, con una superficie de 15 m2.
Zona de almacenamiento de mezcla de chatarra II.
Para el almacenamiento temporal de los residuos que contienen en su mayor parte Bronce, (fundamentalmente griferías y otros elementos que contienen este metal), Contará con una superficie de 1,20 m2. El volumen de almacenamiento de este tipo de resido será de 0,810 m3.
Zona de almacenamiento de Zinc y Cobre.
Para el almacenamiento temporal de los residuos que contienen en su mayor parte mezcla de Zinc y Cobre. Contará con una superficie de 1.20 m2.
El volumen de almacenamiento de este tipo de resido será de 0,810 m3.
Zona de almacenamiento de Cobre limpio.
Para el almacenamiento temporal de este residuo que contienen Cobre, fundamentalmente de cableados sin recubrimiento. Contará con una superficie de 1 m2. El volumen de almacenamiento de este tipo de resido será de 0,2 m3.
Zona de almacenamiento Cobre PVC.
Para el almacenamiento temporal de los residuos que contienen Cobre, fundamentalmente procedente de cableados con recubrimiento, Contará con una superficie de 1.20 m2. El volumen de almacenamiento de este tipo de resido será de 0,810 m3.
Zona de almacenamiento de Aluminio sucio.
Para el almacenamiento temporal de los residuos que contienen fundamentalmente partes de Aluminio. Contará con una superficie de 1,50 m2. El volumen de almacenamiento de este tipo de resido será de 1 m3.
Zona de almacenamiento de Aluminio.
Para el almacenamiento temporal de los residuos de Aluminio, contará con una superficie de 5,10 m2. El volumen aproximado de este residuo almacenado sería de unos 3 m3.
Zona de almacenamiento de Acero.
Para el almacenamiento temporal de los residuos de Acero, Contará con una superficie de 5,95 m2. El volumen de almacenamiento de este tipo de resido será de aproximadamente unos 3,6 m3.
Zona de almacenamiento de Plomo.
Para el almacenamiento temporal de los residuos de Plomo, Contará con una superficie de 1 m2. El volumen de almacenamiento de este tipo de resido será de aproximadamente unos 200 L
Zona de almacenamiento de baterías fuera de uso.
Para el almacenamiento temporal de los baterías de arranque fuera de uso, la superficie a ocupar será de 4,80 m2, que son las dimensiones que ocupan los cuatro contenedores, cada uno con una capacidad de 810 L. Siendo la capacidad de almacenamiento total de 3,24 m3. El total de almacenamiento de este tipo de residuo será como máximo de 10 Toneladas/año,
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Mérida, 7 de noviembre de 2022. El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PÉREZ.

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