Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

ANUNCIO de 2 de diciembre de 2022 sobre convocatoria de empleo para la estabilización de empleo temporal para el año 2022.
DOE Número: 236
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 12 de diciembre de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Pruebas selectivas.
Página Inicio: 61284
Página Fin: 61306
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
De acuerdo con lo aprobado por los Consejos de Administración de las empresas Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes y Extremadura Avante SLU, con fecha 23 de mayo del 2022 y 25 de mayo del 2022 respectivamente, se aprobó la oferta de empleo público de estabilización de empleo temporal.
De esta forma, con el fin de atender los servicios que presta y con la finalidad de adoptar medidas de reducción de la temporalidad como objetivo prioritario establecido en materia de empleo público y atendiendo a la necesidad de la prestación de un servicio público de calidad y de acuerdo con lo establecido con la legislación vigente y previa consulta y supervisión con los Representantes Legales de los trabajadores el pasado día 4 de Noviembre del 2022 del procedimiento de desarrollo de los procesos de estabilización del empleo temporal, se publica la presente convocatoria de empleo público para la apertura de procesos de selección para la estabilización del empleo temporal, en virtud de lo establecido en el artículo 2 y D.A. séptima de la Ley 20/2021, de 28 de Diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
BASES DE LA CONVOCATORIA
Primera. Normas Generales.
1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema concurso- oposición, 16 plazas de clasificación profesional Grupo I y 2 plazas del Grupo II atendiendo a la clasificación profesional del II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante SLU y sus Sociedades Filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente, cuya cobertura atienden al cumplimiento de las medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, de acuerdo a las plazas que a continuación se expresa:
a. 16 plazas del Grupo I (Clasificación profesional según el II Convenio Colectivo para las empresas Extremadura Avante SLU y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente)
b. 2 plazas del Grupo II (Clasificación profesional según el II Convenio Colectivo para las empresas Extremadura Avante SLU y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente)
En el ANEXO I de la presente convocatoria se clasifican las plazas que se convocan por Área o Programa, con la definición de los requisitos de titulación solicitados, como la descripción de funciones de cada uno de los puestos.
2. Esta convocatoria cumplirá el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, así como la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura.
3. Las bases de la presente convocatoria, así como todos sus ANEXOs, documentos relacionados con el proceso selectivo, como aquella comunicación o reclamación que quiera realizar cualquier aspirante o candidato, se realizarán a través de la dirección candidato.extremaduraavante.es
Además, a efectos informativos, se hará pública en la misma dirección de internet, la relación de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, provisional y definitivamente, las relaciones de aprobados/as de la prueba de conocimiento, y la puntuación de la fase de concurso, provisional y definitiva, como la definitiva de cada candidato.
Segunda. Requisitos de los aspirantes.
1. Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo correspondiente, los/as aspirantes deberán poseer al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la contratación los siguientes requisitos de participación:
1.1. Nacionalidad
a. Nacionalidad española
b. Nacionalidad de algunos de los Estados Miembros de la Unión Europea.
c. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, las personas que sean cónyuge de alguna de las referidas en los dos apartados anteriores, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d. Personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.
1.2. Tener cumplidos 16 años y no exceder en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa.
1.3. Titulación. Estar en posesión de la titulación que se especifica en el ANEXO I para cada Grupo, Área o programa o cumplir las condiciones para obtenerla en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. No obstante, podrá presentarse a esta convocatoria quien acredite la titulación exigida, de superior nivel académico, en el ámbito de la especialidad requerida.
1.4. Capacidad funcional. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de los puestos a los que se aspiran.
1.5. Condiciones disciplinarias. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente, ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2. Todos los requisitos establecidos en esta Base, deberán cumplirse en el momento de finalización del plazo de presentación de instancias, mantenerse durante el proceso selectivo hasta el momento de la firma del contrato, y acreditarse, en su caso, de superarse el concurso oposición, del modo que se establezca en estas bases.
Tercera. Solicitudes.
1. Plazo de presentación:
El plazo de presentación de solicitudes será de 4 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
2. Presentación de solicitudes:
Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas serán cumplimentadas a través de la dirección web candidato.extremaduraavante.es.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la no admisión de la persona aspirante al proceso de selección.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentación de las solicitudes, se publicará en el plazo que cada Órgano de Selección necesite o estime para verificar los datos, las listas aspirantes admitidos/as y excluidos/as, señalando un plazo de 2 días hábiles para subsanación de defectos y reclamaciones. Asimismo, aquellos/as aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Los/as aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidos/as en la relación de admitidos/as, serán definitivamente excluidos/as de la realización de las pruebas.
Una vez finalizado el tiempo de cualquier reclamación o subsanación, se publicarán las listas definitivas en la dirección web candidato.extremaduraavante.es y en ella se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de la prueba de conocimiento, tal como se establece en el punto sexto de estas bases.
Quinta. Órgano de selección
1. Cada Órgano de Selección será nombrado por el Director General o Consejero Delegado y estará compuesto por:
— Presidencia: La persona Coordinadora del Departamento de RRHH.
— Secretaria: Técnico/a con Responsabilidad del área de Formación y Desarrollo de Personas.
— Vocal: Persona con funciones de Responsabilidad o Coordinación en el organigrama funcional del grupo Extremadura Avante.
2. Una vez nombrada la persona componente de cada órgano de selección la renuncia por causa justificada deberá ser apreciada por el Director General o Consejero Delegado de la empresa convocante, previa acreditación de las circunstancias que la motivan y requerirá de aceptación para que surta efecto.
Una persona de cada organización sindical, que a su vez sea Representante Legal de los trabajadores y las trabajadoras de la empresa convocante, podrá participar como observadora durante el desarrollo del proceso de selección.
Cada Órgano de Selección no podrá constituirse ni actuar sin la presencia del Presidente y el Secretario o de quienes, en su caso, los sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros.
Las personas componentes de cada Órgano de Selección deberán abstenerse de intervenir en el proceso, cuando en ellos se de cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 del referido texto legal, los interesados podrán promover recusación en los casos previstos en el apartado anterior, en cualquier momento de la tramitación del procedimiento.
Cada Órgano de Selección podrá contar con la ayuda de asesores/as especialistas para las pruebas correspondientes a la prueba de conocimiento que estime necesario, limitándose dichos asesores/as a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
Corresponderá al Órgano de Selección la determinación concreta del contenido de la prueba y su calificación adoptando, en su caso, las medidas oportunas para garantizar el correcto desarrollo del proceso selectivo, así como resolver todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las presentes convocatoria y la resolución de aquellas cuestiones no previstas en las mimas.
Cada Órgano de Selección actuará con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad técnica y sus miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas y el estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria.
Sexta. Sistema selectivo.
1. Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección será el de concurso-oposición, y constará de las siguientes fases en el orden que se especifica: oposición y concurso.
2. Fase de Oposición.
La fase de oposición se compondrá de una prueba de conocimiento de carácter eliminatorio. Los temarios están recogidos en los ANEXOs III, IV y V a la presente convocatoria. La prueba de conocimiento se valorará con un máximo de 60 puntos, siendo necesario un mínimo de 30 puntos para aprobar la fase de oposición.
a. Prueba de conocimiento.
La prueba de conocimiento consistirá en contestar en el tiempo máximo que señale el Órgano de Selección de Selección, que no podrá exceder de 55 minutos, un cuestionario formado por 40 preguntas con 4 respuestas alternativas, de las cuales sólo una de ellas será la correcta, de todo el temario, tanto de la parte común como de la específica, recogidos en los ANEXOs III, IV y V.
Los cuestionarios que se propongan a los/as aspirantes contendrán 5 preguntas adicionales tipo test, las cuales sustituirán por su orden correlativamente a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio de la prueba de conocimiento. A este respecto, los/as interesados/as podrán presentar las reclamaciones que estimen procedentes con objeto de impugnar las preguntas formuladas por el Órgano de Selección, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la celebración a la prueba de conocimiento.
Dichas reclamaciones o alegaciones se entenderán resueltas con la decisión que se derive de la publicación definitiva de la plantilla correctora.
Para la valoración de esta prueba de conocimiento se aplicarán los siguientes criterios de calificación:
1.º Cada pregunta correcta puntuará 1,5
2.º Cada 3 preguntas contestadas erróneamente se restará una pregunta contestada correctamente.
3.º Las preguntas en blanco no tendrán ninguna valoración.
La puntuación para esta prueba de conocimiento se obtendrá, una vez aplicados los criterios anteriormente citados. La no superación de la prueba de conocimiento supondrá que la persona aspirante no pase a la fase de concurso.
Una vez finalizada la corrección de la prueba de conocimiento, se publicará por cada Órgano de Selección la relación de los/as aspirantes que han superado el mismo, en el apartado de la web candidato.extremaduraavante.es, disponiendo los interesados/as de un plazo de 3 días hábiles para efectuar reclamaciones ante dicho Órgano.
3. Fase de concurso.
La fase de concurso consistirá en la valoración por el Órgano de Selección de los siguientes méritos, siendo la puntuación máxima alcanzable de 40 puntos.
a.1. Servicios prestados en la empresa convocante como personal temporal en el mismo Grupo o Clasificación profesional y Área o Programa a la que se desea acceder, hasta un máximo de 40 puntos a razón de 0,42 por mes o fracción.
a.2. Servicios prestado como personal temporal en el mismo grupo o categoría profesional adscrito a la empresa convocante, hasta un máximo de 8 puntos a razón de 0,084 puntos por mes o facción.
a.3. Servicios prestados como personal temporal en sector público institucional o empresas públicas estatales o autonómicas con entidad jurídica similar a la empresa convocante cuando el Grupo o Clasificación profesional y Área o Programa, en su caso, donde se haya prestado los servicios sea similar al Grupo o Clasificación profesional y Área o Programa a la que se opta, y siempre que se trate del mismo Grupo, en su caso, de Titulación, hasta un máximo de 4 puntos a razón de 0,042 puntos por mes o facción.
4. Acreditación de méritos de la fase de concurso.
1) Los servicios prestados como personal temporal en la fase del concurso definida anteriormente como a.1. se certificarán de oficio por la Dirección General o Consejero Delegado de la empresa convocante, los cuales se aportarán al Órgano de Selección para su valoración en la fase de concurso, previa comunicación al interesado/a.
2) Los servicios prestados como personal temporal en la fase del concurso definida anteriormente como a.2. se certificarán de oficio por la Dirección General o Consejero Delegado de la empresa convocante, los cuales se aportarán al Órgano de Selección para su valoración en la fase de concurso, previa comunicación al interesado/a.
3) Los servicios prestados como personal temporal en la fase del concurso definida anteriormente como a.3. se certificarán mediante certificación expedida, según modelo que figura en Anexo VI, por el órgano competente donde se hayan prestado los servicios.
Dicha certificación deberá contener, al menos, Grupo o Clasificación profesional y de Titulación y Área o Programa o especialidad, porcentaje de jornada y períodos de tiempo trabajados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicha certificación deberá ir acompañada de una vida laboral del interesado/a junto con el contrato laboral correspondiente, para acreditar los certificados que acompañe a esta fase.
El Órgano de Selección se reservará el derecho de comprobar la veracidad del contenido de las certificaciones aportadas, cuando a juicio de dicho Órgano de Selección se considere necesario.
Los méritos que deban ser acreditados por los/as aspirantes deberán ser presentados, en el apartado de la web candidato.extremaduraavante.es durante el tiempo establecido.
Séptima. Desarrollo del proceso selectivo
1. Los/as aspirantes serán convocados/as para la prueba de conocimiento de la fase de oposición, siendo excluidos/as quienes no comparezcan.
2. Finalizada la fase de oposición, cada Órgano de Selección hará pública la relación de aspirantes que hubieran superado la misma, con expresión de la puntuación obtenida, en la web de Extremadura Avante habilitada para ello. Simultáneamente, cada Órgano de Selección anunciará la apertura del plazo de 5 días hábiles para la presentación de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen para la fase de concurso, según se dispone en la Base Sexta.
3. Finalizado el referido plazo, cada Órgano de Selección pasará a valorar los méritos. De esta forma, los documentos expedidos de oficio por la Dirección General de Extremadura Avante referidos a los apartados a.1 y a.2 descritos en el apartado 3 Fase de concurso de la base sexta, serán remitidos por el Director General o Consejero Delegado de la empresa convocante a cada Órgano de selección. Los méritos del apartado a.3, una vez aportados por los aspirantes en la plataforma habilitado para ello, serán descargados de dicha plataforma por cada Órgano de Selección para su posterior valoración.
4. Una vez resuelta la fase de concurso, cada Órgano de Selección hará público, por el mismo procedimiento dispuesto para la fase de oposición, la relación de aspirantes que hayan superado la fase anterior, con la puntuación obtenida en el concurso de méritos, disponiendo los/as interesados/as, igualmente, de un plazo de 3 días hábiles para efectuar reclamaciones ante el mismo.
5. En cualquier momento del desarrollo de la prueba de conocimiento, cada Órgano de Selección podrá requerir a los/as aspirantes para que acrediten su identidad.
6. Si durante el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Órgano de Selección o del órgano convocante, que alguno de los/as aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, o bien, que se han producido variaciones de las circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al interesado/a. El órgano convocante, de forma motivada, podrá, en su caso, declarar decaído en su derecho al interesado/a.
Octava. Finalización del proceso selectivo.
1. Finalizado el proceso selectivo, cada órgano de selección, elevará al Director General o Consejero Delegado de la empresa convocante para su aprobación, mediante correspondiente Acta, la propuesta de candidatos/as seleccionados/as para cubrir los puesto convocados, junto con la relación ordenada de los candidatos/as restantes. La propuesta de relación de candidatos seleccionados será por orden de puntuación total, de tal modo que resultarán seleccionados/as aquellos/as aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido hasta el límite de las plazas convocadas.
2. En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. De persistir el empate, se llevará a cabo un sorteo público por el que se determine el orden de actuación y prelación de los/as aspirantes.
3. Se publicará la relación definitiva de aprobados/as en le misma dirección web candidato.extremaduraavante.es
4. No se podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.
Novena. Presentación de documentos.
1. En el plazo de 3 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la relación definitiva de aprobados/as en la dirección web candidato.extremaduraavante.es, los/as aspirantes que figuren en la misma deberán presentar en cualquiera en el registro de la oficina de la sede Central de Extremadura Avante, sita en Avda. José Fernández López, 4, 06800 Mérida, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) Original o Copia auténtica del DNI.
b) Original o Copia auténtica de la titulación académica o del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos para la expedición de dicho título, así como de cualquier otro título o permiso exigido en la convocatoria.
c) Declaración responsable de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio en ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas, o de no estar sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública para los/as aspirantes que no posean la nacionalidad española, según el modelo que figura como ANEXO VII a esta orden.
d) Los/as aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unión Europea, y las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, y que residan en España, deberán presentar una original o copia auténtica del correspondiente documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador/a comunitario/a fronterizo en vigor.
Los/as aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unión Europea, y las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, y que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberán presentar original o copia auténtica del documento de identidad o pasaporte y del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.
Los familiares de nacionales de la Unión Europea deberán presentar original o copia auténtica o del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o resguardo de haber solicitado la exención del visado y la correspondiente tarjeta. También deberán presentar la documentación expedida por las autoridades competentes que acrediten el vínculo del parentesco y una declaración jurada o promesa del español o nacional de la Unión Europea, con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo
3. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la Base Segunda, no podrán ser contratado por la empresa convocante, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
Décima. Adjudicación de puestos y contratación.
1. El departamento de RRHH de Extremadura Avante, se pondrá en contacto con los aspirantes que han superado el proceso para transmitirle las indicaciones oportunas para su incorporación y firma de contrato.
2. Los contratos de trabajo suscritos habrán de someterse a lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto de trabajadores y su normativa de desarrollo.
3. Los contratos de trabajo se celebrarán por escrito incluyendo en todos ellos el período de prueba, conforme establece el Estatuto de los Trabajadores. Y que tendrá una duración de dos meses para el acceso a la categoría profesional del Grupos I. Durante dicho período de prueba la Dirección, la Coordinación o el responsable del área evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo.
4. No estarán sujetos al período de prueba aquellos trabajadores que hayan prestado servicios con anterioridad en el centro en la misma categoría profesional, área de actividad, y en su caso especialidad, bajo cualquier modalidad de contratación, durante un período igual o superior al establecido como período de prueba según el grupo del puesto de trabajo a desempeñar.
5. Las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad, durante el periodo de prueba, interrumpen el cómputo del mismo.
6. Transcurrido este periodo de prueba si no hubiera informe desfavorable, quedará automáticamente formalizada la admisión y adquirirá la condición de personal indefinido, siendo computado a la persona trabajadora este periodo a todos los efectos.
Undécima. Bolsa de empleo.
1. Con las personas aspirantes que superen la mínima puntuación de 30 puntos en la prueba de conocimiento, se constituirá una bolsa de trabajo para cubrir posibles sustituciones, vacantes nuevas necesidades del servicio o puestos cuyas características permitan ser cubiertos con profesionales de perfil similar al exigido en la presente convocatoria.
2. El orden de llamamiento será el marcado por la relación de aspirantes de los resultados definitivos del proceso de selección, de mayor a menor, y en base al baremo establecido en estas bases.
3. En caso de empate orden de prelación se establecerá atendiendo a la mayor puntuación en los méritos por el orden en que éstos aparecen.
4. La renuncia supone la exclusión del aspirante de dicha bolsa, salvo que concurra alguna de las siguientes circunstancias que impida el desempeño del puesto y que sean debidamente acreditadas:
— Baja médica por enfermedad
— Parto, baja maternidad o paternidad, o situaciones asimiladas
— Ejercicio de cargo público o representativo que imposibilite la asistencia al trabajo
— Estar en alguna situación de las que, por embarazo, parto o adopción, acogimiento o enfermedad grave de un familiar, están contempladas por la normativa en vigor a los efectos de permisos o licencias, que se acreditará con la documentación oportuna.
— Estar trabajando cuando se realice la oferta, para lo que se deberá presentar contrato o informe de vida laboral.
— Estar cumplimento con un deber inexcusable de carácter público o temporal.
— Por matrimonio o inscripción de pareja de hecho en el Registro Civil, si la renuncia se produce dentro de los 15 días naturales siguientes o anteriores a la celebración o inscripción en el citado registro.
5. En cualquier caso, la utilización de la Bolsa de Trabajo para cubrir una vacante no tendrá carácter obligatorio, correspondiendo única y exclusivamente a la empresa convocante en cada caso adoptar una decisión al respeto.
6. Los motivos por los que los/as aspirante pueden ser excluidos de la correspondiente bolsa son:
— La renuncia o la no finalización de un contrato en el plazo establecido por causas imputables al trabajador, supondrá el paso al último lugar de la bolsa correspondiente. Asimismo, una nueva renuncia supondrá la exclusión definitiva de la bolsa.
— El aspirante que rechace injustificadamente la oferta de trabajo y de forma reiterada (dos convocatorias), será excluido con carácter definitivo de la bolsa.
7. Una vez finalizada la relación laboral con la empresa convocante, la persona volverá a ocupar la posición que tenía en la bolsa de trabajo, siempre que dicha bolsa se encuentre vigente (duración máxima 3 años)
Duodécima. Protección de datos.
El grupo Extremadura Avante y sus sociedades filiales, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, informa que, los datos personales que nos faciliten las personas candidatas por medio del envío de su candidatura, así como los que en su caso se puedan generar como consecuencia de su participación en los procesos selectivos, serán almacenados en un fichero informatizado titularidad de Extremadura Avante SLU con la finalidad de cubrir las plazas convocadas.
La participación en los procesos de selección es voluntaria por lo que la comunicación de sus datos personales al órgano convocante también, entendiendo que el envío de datos personales supone el consentimiento expreso para el tratamiento de dichos datos solicitantes con la finalidad indicada, sin perjuicio de que, al tener dicho tratamiento carácter totalmente voluntario, puedan oponerse en cualquier momento a ello y revocar el consentimiento prestado, así como ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación mediante escrito dirigido a Extremadura Avante SLU, Avenida José Fernández López, 06800 Mérida, ESPAÑA, en los términos previstos en la normativa aplicable.
Finalizado el proceso selectivo se procederá a la destrucción de todos los datos personales, una vez hayan transcurrido los plazos de las auditorías legales correspondientes.
Mérida, 2 de diciembre de 2022. El Consejero Delegado de Extremadura Avante SAP, SLU, MIGUEL BERNAL CARRIÓN.
ANEXO I
ÁREA O PROGRAMA NÚMERO DE PLAZAS TITUALCIONES
Innovación y Financiación I+D+i * 6 Grado o equivalente (Diplomado, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico)
Comercialización e Internacionalización ** 10 Grado o equivalente (Diplomado, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico)
Administrativo *** 2 Bachiller o Técnico Superior Formación Profesional o equivalente
Funciones de los puestos convocados en la presente convocatoria.
* Funciones del Grupo I Innovación y Financiación I+D+i.
— Apoyo técnico de asesoramiento e información específica en materia de financiación, en base a los recursos disponibles en fases intermedias y avanzadas del proceso, e incentivos para llevar a cabo proyectos de I+D+i.
— Apoyo técnico en el impulso de programas y convocatorias de financiación de la I+D+i. Atención Servicio Teléfono Atención a la Financiación I+D+i 900 70 9000 y correo electrónico específico para financiación I+D+i.
— Apoyo técnico para la dinamización y promoción de instrumentos financieros, con entidades externas de apoyo a I+D+i.
— Apoyo técnico en el diseño, desarrollo, y maquetación de material de apoyo a empresas en materia de financiación en I+D+i para empresas, orientadas a convocatorias de ámbito regional (Plan Regional de I+D+i), líneas nacionales (CDTI y Plan Nacional), líneas europeas (Programa Marco de Investigación e Innovación de la Unión Europea Horizonte 2020) y otras líneas alternativas para inversores y captación de fondos (Capital Riesgo, Banca Privada, Banco Europeo de Inversiones y Rondas de Inversores privados).
— Apoyo técnico para promover las Deducciones Fiscales I+D+i y Ventajas en Innovación.
— Apoyo técnico en el fomentar las ventajas fiscales de la I+D+i e impulsar las políticas fiscales a la I+D+i, y las deducciones en I+D+i.
— Apoyo técnico en las acciones para la valoración y evaluaciones técnicas de los proyectos que solicitan acceso a las fórmulas de financiación, convocatorias en el ámbito I+D+i, o complementariedad de inversiones.
— Apoyo técnico en las acciones para conocer las claves de la preparación para la inversión en I+D+i, y sus ventajas financieras.
— Apoyo técnico en la asistencia y acompañamiento técnico para posibilitar la captación de fondos para I+D+i a las empresas a nivel nacional (CDTI /ENISA) y otros recursos convenientes.
— Apoyo técnico en la interconexión con distintos agentes o entidades colaboradoras en programas de financiación de la I+D+i. Tareas de documentación, análisis técnico económico financiero-técnico, y análisis técnico de proyectos de I+D+i para su asesoramiento, evaluación y valoración de las propuestas.
— Apoyo técnico en el Servicio de Apoyo y Seguimiento de las empresas con necesidades de financiación en I+D+i y apoyo técnico en el asesoramiento en proyectos relacionados con la innovación.
— Realización de expedientes de contratación pública relacionadas con programas y/o acciones asignadas para la ejecución de los servicios.
— Realizar aquellas funciones propias de este puesto que le pueda encomendar la persona Responsable del Departamento.
** Funciones del Grupo I Comercialización e Internacionalización
— Realizar tareas que requieren una cualificación técnica especializada e implican la ejecución de políticas y estrategias definidas en los convenios por los que se formalizan las transferencias para el desarrollo de diferentes programas para la internacionalización de las empresas extremeñas.
— Apoyo técnico para el desarrollo y ejecución de programa Formacoex o el que corresponda.
— Apoyo técnico para el desarrollo de las acciones necesarias para la realización de programas relacionados con el comercio minorista de Extremadura.
— Asesoramiento técnico al tejido empresarial extremeño sobre trámites y reglamentaciones específicas de cada uno de los mercados de destino, así como sobre homologación de productos y registro de marcas.
— Apoyo técnico para dinamizar el tejido empresarial extremeño en materia de internacionalización (jornadas de sensibilización, programas de dinamización, licitación internacional, promoción, difusión, etc )
— Asesorar técnicamente a la empresa extremeña sobre trámites y reglamentaciones específicas de cada uno de los mercados de destino, así como sobre homologación de productos y registro de marcas.
— Poner en marcha las acciones de promoción (ferias, visitas profesionales, misiones comerciales, etc) relacionadas con los países objetivos, desarrollo de labores de análisis y prospección de mercados, trámites requeridos que garanticen la presencia extremeña, cobertura presencial a las acciones, informes de resultados, etc.
— Hacer de enlace entre las empresas y los delegados y representantes comerciales de los países objetivos.
— Realización de expedientes de contratación pública relacionadas con programas y/o acciones asignadas para la ejecución de los servicios.
— Realizar aquellas funciones propias de este puesto que le pueda encomendar la persona Responsable del Departamento.
*** Funciones del Grupo II Administrativo
— Desarrolla tareas administrativas especializadas de soporte y apoyo al Departamento.
— Solicitud de presupuestos a proveedores de acuerdo con los requerimientos que le indique.
— Tramitación de solicitudes de compras que le sean requeridas para la consecución de los objetivos del departamento.
— Tareas administrativas de apoyo al Área asignada tanto para la puesta en marcha de los nuevos proyectos, como el seguimiento de los ya existentes, o para los que se puedan gestionar en un futuro.
— Gestión y archivo de la documentación técnica que se genere en el área o departamento.
— Tareas de apoyo administrativo para la gestión de la documentación en relación con procesos de contratación pública que se ejecuten en el Área.
— Recopilación de datos para la elaboración de informes.
— Gestionar los pedidos de material específico del grupo Extremadura Avante.
— Mantener y actualizar bases de datos, archivos o cualquier registro de información y/o documentos.
— Realizar funciones propias de este puesto que le pueda encomendar la persona Responsable del Departamento.
ANEXO II
D./D.ª _______________________________________________________________________ con domicilio en ______________________________________________________________ y nacionalidad ____________________
Declaro a efectos de ser contratado como personal indefinido en la empresa_______________________________ de conformidad a lo dispuesto en el Anuncio____________________________________________________________________________
Que soy cónyuge de un español o nacional de un país miembro de la Unión Europea y que no estoy separado/a de derecho.
O que soy descendiente de un español o nacional de países miembros de la Unión Europea, o descendiente del cónyuge, menor de veintiún años, o mayor de dicha edad que vivo a sus expensas.
En ______________________ a _______ de ______________ de _______
(firma)
ANEXO III
TEMARIO ESPECÍFICO
GRUPO I ÁREA O PROGRAMA FINANCIACIÓN I+D+i
Tema 1: Ley 17/2022, de 5 de septiembre de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. BOE n.º 214, de 06/09/2022.
Tema 2: Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. BOE n.º 131, de 02/06/2011.
Tema 3: Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura. DOE n.º 223, de 19 de noviembre de 2010. BOE n.º 300, de 10 de diciembre de 2010.
Tema 4: Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión Europea de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado . Diario Oficial de la Unión Europea. L187/1.
Tema 5: Decreto 91/2017, de 20 de junio, por el que se aprueba el VI Plan Regional de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (2017- 2020). DOE n.º 121. De 26/07/2017.
Tema 6: RIS3 Extremadura 2027 Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente de Extremadura que durante el periodo 2021 2027
Tema 7: Resolución de 29 de diciembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda sobre modificación y prórroga al Convenio por el que se formaliza una trasferencia específica de carácter plurianual a favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para financiar la realización del Plan de financiación de la I+D+i, en el ámbito de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación (actual Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad) de la Consejería de Economía e Infraestructuras (actual Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital) para el periodo 2017-2020. DOE n.º 1 de 14/01/2021.
Tema 8: Orden de 23 de octubre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental realizados por las empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura de 23 de octubre de 2020. DOE n.º 211 de 30/10/2020.
Tema 9: Ley 10/2010 de 16 de noviembre, de la ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura. BOE n.º 300 de 10/12/2010.
Tema 10: Pacto por la Ciencia y la Tecnología en Extremadura.
GRUPO I ÁREA O PROGRAMA COMERCIALIZACIÓN E INTERNACIONALIZACIÓN
Tema 1: Comercio Exterior de Extremadura: Mercados prioritarios. Estadísticas de exportación.
Tema 2: La pyme extremeña: Características. Principales sectores productivos. Situación actual de la economía extremeña.
Tema 3: Fiscalidad internacional: Normativa española sobre fiscalidad internacional. Convenios de doble imposición. El IVA en las operaciones internacionales.
Tema 4: Medios de Cobro y Pago Internacional: Tipología de medios de cobro y pago y documentación asociada. Riesgo país en las operaciones internacionales.
Tema 5: Aduanas y documentación exportación: Exportaciones y entregas intracomunitarias. El valor de la mercancía en aduanas.
Tema 6: INCOTERMS y Logística internacional: Clasificación de INCOTERMS. Medios de transporte internacional.
Tema 7: Unión Europea y política económica exterior: Países miembros y candidatos. Instituciones de las UE. Funciones y líneas de trabajo.
Tema 8: Cooperación al desarrollo y Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS): Organismos de cooperación internacional al desarrollo. Objetivos de desarrollo sostenible de Naciones Unidas.
Tema 9. Acuerdo de Schengen: Países participantes. Principios del Acuerdo de Schengen.
Tema 10: Contratos internacionales: Principales tipos de contratos.
ANEXO IV
TEMARIO COMÚN PARA EL GRUPO I
Tema 1: Ley de Concentración Empresarial Pública en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Régimen Jurídico. Objeto Social y actuaciones.
Tema 2: II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante SLU y sus Sociedades Filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente.
Tema 3: Código ético y política de gestión ética del Grupo Extremadura Avante.
Tema 4: Conocimiento generales del Grupo Extremadura Avante. Áreas, proyectos. Contenidos en la página web oficial de Extremadura.
Tema 5: La contratación del sector público (I): Disposiciones generales sobre la contratación del sector público. Partes en el contrato.
Tema 6: La contratación del sector público (II): Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. Garantías exigibles en la contratación del sector público.
Tema 7: La contratación del sector público (III): De la preparación de los contratos de las Administraciones Públicas.
Tema 8: La contratación del sector público (IV): De la adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas.
Tema 9: Ley de contratación pública socialmente responsable de Extremadura.
Tema 10: Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación, y definiciones. Derechos y obligaciones.
Tema 11: Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura: Disposiciones generales. Integración de la perspectiva de Género en las Políticas Públicas. Violencia de Género: Derechos de las mujeres en situaciones de violencia de género a la atención integral y efectiva.
Tema 12: La Protección de Datos de Carácter Personal: Principios. Derechos.
ANEXO V
TEMARIO ÚNICO PARA GRUPO II ADMINISTRATIVO
Tema 1: Ley de Concentración Empresarial Pública en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Régimen Jurídico. Objeto Social y actuaciones.
Tema 2: II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante SLU y sus Sociedades Filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente.
Tema 3: Código ético y política de gestión ética del Grupo Extremadura Avante.
Tema 4: Conocimiento generales del Grupo Extremadura Avante. Áreas, proyectos. Contenidos en la página web oficial de Extremadura.
Tema 5. Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación, y definiciones. Derechos y obligaciones.
Tema 6: Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la violencia de género en Extremadura: Disposiciones Generales. Transversalidad de Género: Derechos de las mujeres en situaciones de violencia de género a la atención integral y efectiva.
Tema 7 Sistemas operativos Windows 10: Entorno gráfico: Ventanas, iconos, menús contractuales, cuadros de diálogo. El escritorio y sus elementos. El explorador de Windows. Gestión de Carpetas y archivos. Operaciones de búsqueda. Correo electrónico: conceptos elementales y funcionamiento. Nociones básicas de seguridad informática.
Tema 8: Ofimáticas Microsoft Office 365: Word: El entorno de trabajo. Tratamiento de caracteres y párrafos. Formato de documentos. Gestión, grabación, recuperación e impresión de ficheros. Tablas. Revisión ortográfica. Combinar correspondencia. Fórmulas. Gráficos.
Tema 9: Hoja de cálculo Excel: El entorno de trabajo, Libros, hojas y celdas. Introducción y edición de datos. Fórmulas y Funciones. Gráficos.
Tema 10: La Protección de Datos de Carácter Personal: Principios. Derechos.
ANEXO VI
D/D.ª _____________________________________________ con DNI _________________, como ________________________________________________ (cargo) de la Empresa _______________________________ con CIF _________________ e inscrita en el Sistema de la Seguridad Social con C.C.C principal _________________,
CERTIFICA
Que D./D.ª _____________________________________________ con DNI ________________ ha prestado para la misma lo servicios que se relacionan a continuación:
— Prestación de servicios como 1 ______________________________________________
— Titulación Universitaria 2 ___________________________________________________
— Área ó programa _________________________________________________________
— Fecha de inicio y fecha de fin _______________________________________________
— Jornada % ______________________________________________________________
Y para que así conste, a los efectos de los previsto en el apartado 4.3 de la Base Sexta, de la convocatoria de la prueba selectivas convocada por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU, expide el presente certificado.
En ______________________ a _______ de ______________ de _______
(firma)
1 Grupo o clasificación profesional.
2 Nivel de titulación exigida para el acceso al puesto.
ANEXO VII
DECLARACIÓN RESPONSABLE
D/D.ª ______________________________________________________, con domicilio en _____________________________________, con Documento Nacional de Identidad n.º _____________________ y nacionalidad ________________________
Declaro a efectos de se contratado por la empresa Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, de conformidad con lo dispuesto en el Anuncio _____________________________
— Que poseo la capacidad funcional necesaria para el desempeño del puesto al que he sido seleccionado.
— Que no he sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no me hallo inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas en España.
— O en su caso, que no estoy sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en mi Estado el acceso a la función pública.
En ______________________ a _______ de ______________ de _______
(firma)

Otras Opciones

2024 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal