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ANUNCIO de 12 de diciembre de 2022 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de modificación sustancial de autorización ambiental unificada del proyecto de planta de tratamiento de alperujo y planta de cogeneración, solicitado por Troil Vegas Altas, SC, en el término municipal de Valdetorres.
DOE Número: 246
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 27 de diciembre de 2022
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 65185
Página Fin: 65189
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto- Ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de modificación sustancial de autorización ambiental unificada (AAU), del proyecto de planta de tratamiento de alperujo y planta de cogeneración, solicitado por Troil Vegas Altas, SC, en el término municipal de Valdetorres, podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, Avenida Valhondo, s/n., de Mérida.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto- Ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 31 y en la disposición transitoria segunda del Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
Categoría Ley 16/2015:
Categoría 3.2.b del ANEXO II, relativa a Instalaciones para tratamiento y transformación, diferente al mero envasado, de las siguientes materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios o piensos a partir de materia prima vegetal, sean fresca, congelada, conservada, precocinada, deshidratada o completamente elaborada, de una capacidad de producción de productos acabados igual o inferior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en caso de que la instalación funcione durante un periodo no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera, y superior a 20 toneladas por día , categoría 4.3., relativa a Instalaciones de cogeneración, calderas, hornos, generadores de vapor o cualquier otro equipamiento o instalación de combustión existente en una industria, sea ésta o no su actividad principal; con una potencia térmica de combustión inferior a 50 MW y superior a 2,3 MW y categoría 9.1 del anexo II, relativa a “Instalaciones para la valoración o eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el Anexo I.
Actividad:
La actividad que se desarrolla en la industria consiste principalmente en la recepción, almacenamiento, procesado y secado de alperujos (residuo procedente de almazaras de aceituna que trabajan en dos fases).
Además de las instalaciones de procesamiento de alperujo, en la planta existe un sistema de cogeneración consistente en 3 motogeneradores de gas natural. La energía eléctrica producida se emplea para autoconsumo y comercialización en la red, mientras que la energía térmica residual se utiliza para el secado del alperujo.
Con la nueva ampliación se añade un nuevo proceso de encapsulación de nano partículas de hierro, a través del uso del alpechín.
Ubicación:
La instalación se ubica en la parcela 5018 del polígono 3 del término municipal de Valdetorres (Badajoz), en una parcela de aproximadamente 10 ha. El acceso a la parcela se realiza desde la carretera comarcal EX 105, de Don Benito a Guareña. Las coordenadas geográficas representativas de su ubicación son las siguientes: X = 756.123, Y = 4.306.748; huso 29; datum ED50.
Infraestructuras, instalaciones y equipos principales:
Las construcciones de la industria son las siguientes:
Edificio de producción de 1.600 m2.
Edificio social de 160 m2.
2 balsas de almacenamiento de alperujo (22.400 m3 de capacidad total).
Balsa pulmón de alperujo de 562 m3 de capacidad.
Balsa de almacenamiento de alperujo de 20.000 m3 de capacidad.
Balsa de evaporación de 7.500 m2 de superficie y 1,5 m de profundidad total.
Acondicionamiento de patio para recogida de aguas pluviales
Balsa de almacenamiento de alperujos, de 40.000 m3 de capacidad.
Sala de control de 40 m2.
Troje de almacenamiento de alperujo de 300 m2.
Nueva nave de envasado y almacenamiento de hueso, de 500 m2 de superficie.
Nueva sala de calderas, de 100 m2 de superficie.
Ampliación de la sala de filtrado de alpechín. 200 m2.
Obras auxiliares necesarias para el montaje de equipos y montaje de instalaciones técnicas (bancadas, cimentaciones, estructuras, cubetos, zanjas para instalaciones enterradas, solera de hormigón, ayudas de albañilería, etc.).
Las instalaciones de la industria son las siguientes:
Línea de extracción de aceite y almacenaje.
Línea de secado de alperujo.
Separadora de pulpa-hueso en seco.
Grupos generadores de electricidad, accionados por motores a gas natural.
Planta de gas natural licuado.
Instalaciones técnicas (aire comprimido, contra incendios, detección de gases, depuradora de aguas sanitarias, báscula, torre de evaporación, instalación eléctrica, etc.).
Balsa de almacenamiento de alperujos, de 40.000 m3 de capacidad.
Cintas transportadoras de alperujo.
Sinfín de extracción de alperujo en la balsa de 40.000 m3.
Bomba de pistón para enviar el alperujo desde nuevo sinfín a sala de extracción.
Catalizadores de gases en las tres chimeneas de los motogeneradores.
Puertas automáticas enrollables en los tres trojes de productos finales.
Sistema de monitorización de energía en los cuadros eléctricos.
Decanter de 400 Tm/24 h, en sustitución de los tres decantes existentes.
Nueva línea de concentración de alpechín: Compuesta por caldera de agua caliente de 1 Mw y dos torres de evaporación de 80 m3/h de caudal y 1.848 kW de potencia a disipar, cada una.
Ampliación de la instalación ultrafiltración del alpechín concentrado: Compuesto por equipos para conseguir una capacidad de 1.350 l/h.
Nueva línea de encapsulación de nano partículas de hierro: Compuesta por reactor de 10 m3 y 50 bar, depósitos auxiliares, sistema de calentamiento y agitación.
Nueva línea completa de centrifugación 3 fases.
Implantación de nuevo sistema ERP (sistema de planificación de recursos empresariales) para gestión económica y eficiencia energética.
Nuevo centro de transformación de 630 kVA y línea eléctrica en AT.
Nueva bomba centrífuga.
Depósitos de alpechín.
Instalaciones técnicas auxiliares.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Mérida, 12 de diciembre de 2022. El Director General de Sostenibilidad, JESÚS MORENO PÉREZ.

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